
En la tarde del miércoles 26 de febrero de 2025, se conoció que la Corte Suprema de Justicia denegó la solicitud de cesación de procedimiento presentada por el defensor del congresista Pedro José Suárez Vacca.
Una solicitud de cesación es una petición formal en un proceso judicial para detener el procedimiento antes de su conclusión, generalmente debido a causales objetivas como prescripción, muerte del acusado, o desistimiento, evitando así la continuación innecesaria del juicio.
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Por lo tanto, este fallo mantiene vivo el proceso penal en contra del representante a la Cámara por el departamento de Boyacá, que está acusado de prevaricato por acción agravado en modalidad de delito continuado.
La decisión, emitida por la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, se basó en un análisis de los antecedentes fácticos y probatorios del caso.
Según la resolución, no se evidenciaron irregularidades sustanciales en la providencia calificadora que justifiquen la cesación del proceso.
¿Por qué es investigado Suárez Vacca?
El caso se remonta a 2008 y 2009, cuando Pedro José Suárez Vacca se desempeñaba como juez Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad en Tunja, Boyacá.
Durante su gestión, Suárez Vacca habría proferido decisiones contrarias al ordenamiento jurídico, específicamente relacionadas con la concesión irregular de subrogados o sustitutos de sanciones penales.
Uno de los casos más controvertidos involucró a Lelio Nevardo Ávila Santana, que fue condenado a 17 años de prisión por tráfico de estupefacientes y a tres años por secuestro simple.
Suárez Vacca concedió a Ávila Santana la sustitución de prisión intramural por domiciliaria, una decisión que posteriormente fue revocada y finalmente consolidada en 2009.
Por tal motivo, la Sala Instructora consideró que estas decisiones posiblemente contrariaron el ordenamiento legal, especialmente en lo relativo a la prohibición de sustitución de prisión domiciliaria para delitos como el secuestro.

Argumentos para la solicitud de cesación
El defensor de Suárez Vacca argumentó que no se cumplían los presupuestos para considerar el delito como continuado, y que, sin esta modalidad, la acción penal habría prescrito durante la etapa instructiva.
La defensa también cuestionó la validez de ciertos testimonios y la existencia de un plan preconcebido que justificara la modalidad de delito continuado.
Sin embargo, la Sala Especial de Primera Instancia rechazó estos argumentos, señalando que la resolución de acusación emitida por la Sala de Instrucción es clara y no ambigua en su motivación.
Por lo tanto, la Corte sostuvo que la modalidad de delito continuado está debidamente fundamentada en los elementos fácticos, jurídicos y probatorios del caso.

Implicaciones de la decisión
La denegación de la cesación de procedimiento implica que el proceso penal contra Suárez Vacca continuará su curso.
Frente a este escenario, la Corte dejó en claro que la prescripción de la acción penal no es aplicable en este caso, dado que la pena máxima por prevaricato por acción agravado, considerando la modalidad de delito continuado, no ha alcanzado el límite temporal para la prescripción.
La decisión también subrayó la importancia de la resolución de acusación como ley del proceso, delimitando el objeto de juzgamiento y estableciendo el marco conceptual, fáctico, jurídico y probatorio dentro del cual se desarrollará la etapa de juicio.
Pruebas admitidas y denegadas
En cuanto a las pretensiones probatorias, la Corte admitió varios testimonios y documentos que podrían ser relevantes para el caso.
Entre los testimonios que serán incluidos en el proceso se encuentran los de funcionarios judiciales y personas cercanas al procesado, que podrían arrojar luz sobre las decisiones controvertidas tomadas por Suárez Vacca.
Sin embargo, la Corte denegó la admisión de ciertas pruebas consideradas impertinentes o redundantes, incluyendo entrevistas y documentos que ya forman parte del expediente.
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