JEP abre proceso contra el alcalde de Sincelejo, Yahir Acuña, por no acatar orden sobre custodia de cementerio

La magistrada María del Pilar Valencia, de la Sala de Reconocimiento de Verdad, tomó la decisión al considerar que el mandatario local no ha cumplido con las directrices relacionadas con la custodia

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Fotografía de archivo en la
Fotografía de archivo en la que se registró un logo de la Jurisdicción Especial para la Paz en Colombia (JEP). EFE/Carlos Ortega

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) inició un incidente de medidas correccionales contra el alcalde de Sincelejo, Yahir Acuña, tras su incumplimiento de una orden emitida por el tribunal desde el año pasado.

La magistrada María del Pilar Valencia, de la Sala de Reconocimiento de Verdad, tomó la decisión al considerar que el mandatario local no ha cumplido con las directrices relacionadas con la custodia de un cementerio donde reposan víctimas del conflicto armado.

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Colprensa/Archivo
Colprensa/Archivo

Esta medida se enmarca dentro del caso 08, que investiga violaciones a los derechos humanos en los Montes de María y otras zonas aledañas, cometidas por miembros de la Fuerza Pública y civiles.

Como parte de este proceso, la JEP había solicitado que la Alcaldía de Sincelejo elaborara un informe detallado sobre el seguimiento y protección de la manzana 6 del Cementerio Central de la ciudad, donde está prevista la exhumación de los restos de Julio César Blanco Vides y otras víctimas del conflicto.

Pese a que la JEP emitió dos autos, uno en 2024 y otro este año, para exigir el cumplimiento de estas medidas, el informe de seguimiento no ha sido entregado.

Ante esta omisión, el tribunal reiteró que “mientras tanto este despacho no decrete el levantamiento de la medida, situación que no ha ocurrido, persiste la obligación de la entidad de garantizar su cumplimiento”.

La JEP considera que la falta de acción por parte de la administración municipal pone en riesgo la integridad de los cuerpos que deben ser exhumados y, al mismo tiempo, vulnera los derechos de las víctimas.

En su resolución, el tribunal enfatizó que “la apertura de este trámite correccional se justifica en la importancia de asegurar el correcto funcionamiento de la administración de justicia y con él la garantía de los derechos de las víctimas”.

Otro de los factores que llevó a la JEP a tomar esta decisión es la urgencia de preservar los restos óseos en condiciones adecuadas, evitando daños por factores ambientales o tafonómicos.

En su pronunciamiento, la entidad recordó que “las órdenes dadas a la Alcaldía municipal de Sincelejo requieren de su estricto cumplimiento con urgencia, en aras de preservar y conservar las estructuras óseas por parte de las autoridades competentes la afectación de estas por factores tafonómicos”.

Este incidente pone en el centro del debate la responsabilidad de las autoridades locales en el cumplimiento de las medidas de protección de sitios que contienen restos de víctimas del conflicto.

La JEP ha insistido en que la memoria y la reparación a las víctimas dependen de que estas acciones sean ejecutadas de manera rigurosa y en los tiempos establecidos.

Con la apertura de este proceso, el alcalde Yahir Acuña deberá responder ante el tribunal por el incumplimiento de esta directriz, mientras que la JEP seguirá evaluando las medidas necesarias para garantizar que se respete la integridad de las exhumaciones programadas en el Cementerio Central de Sincelejo.