Un nuevo proyecto de ley presentado por la senadora María Fernanda Cabal y el representante a la Cámara Cristian Munir Garcés busca modificar la regulación actual sobre los vidrios polarizados en vehículos en Colombia, según informó un análisis reciente.
La propuesta, contenida en un documento de diez páginas, plantea transferir la autoridad reguladora del Ministerio de Transporte a los consejos municipales y distritales, lo que podría generar un cambio relevante en la manera en que se gestionan estas normativas en el país.
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De acuerdo con el análisis realizado por el creador de contenidos de movilidad y tránsito, el Señor Biter, actualmente el artículo 166 del Código Nacional de Tránsito establece que el Ministerio de Transporte es el encargado de regular el uso de vidrios polarizados en los vehículos.
Sin embargo, la propuesta legislativa presentada busca descentralizar dicha competencia, otorgando a los consejos municipales y distritales la potestad de establecer las reglas sobre el porcentaje de oscuridad permitido en los vidrios de los automóviles. Lo anterior implicaría que cada ciudad o municipio podría definir sus propios parámetros, lo que podría derivar en una falta de uniformidad en las normativas a nivel nacional.
“Tienes carro, camioneta, taxi, furgón, buseta. Pues resulta que los vidrios polarizados como los conocías, van a cambiar”, advirtió Biter en su video, publicado a través de la plataforma web de YouTube.
![Actualmente, el Ministerio de Transporte](https://www.infobae.com/resizer/v2/6IOSWRJSXNGPBKO7Z7FQJIUTDU.jpg?auth=6fb8f5b975fd53aa82f827de55a8faee457f21102c5f6192e3b961d4322e5c15&smart=true&width=350&height=197&quality=85)
Impacto en la movilidad y posibles complicaciones para los conductores
El análisis del proyecto de ley destaca que esa descentralización podría generar complicaciones para los conductores, especialmente aquellos que se desplazan entre diferentes ciudades o municipios. Por ejemplo, en Cali, el porcentaje máximo de oscuridad permitido podría ser del 50%, mientras que en otra ciudad o municipio podría ser del 20% o 40%.
Eso significaría que un conductor que viaje entre diferentes localidades tendría que ajustar el nivel de polarización de sus vidrios para cumplir con las normativas locales, lo que podría resultar en sanciones si no se cumplen las reglas específicas de cada lugar.
Además, según el análisis de Biter, esa situación podría derivar en multas adicionales y, en algunos casos, incluso en la inmovilización del vehículo, dependiendo de las disposiciones de cada territorio. Dicho panorama plantea un desafío logístico y económico para los propietarios de vehículos, quienes tendrían que invertir en la modificación de los vidrios polarizados cada vez que se desplacen a una nueva jurisdicción con normativas diferentes.
Costos asociados al cambio de polarización
El costo de instalar vidrios polarizados varía dependiendo del material y la calidad. Según un experto consultado por Biter, los precios pueden oscilar entre 150.000 y 1.000.000 de pesos colombianos (aproximadamente entre 37 y 250 dólares estadounidenses). Eso representa una inversión significativa para los conductores, especialmente si se ven obligados a realizar cambios frecuentes en la polarización de sus vehículos debido a las diferencias normativas entre municipios.
![Cada municipio tendría autonomía para](https://www.infobae.com/resizer/v2/NDBBGOUTYRFWPN2UVYO4JTRJ6M.jpg?auth=8320763e4b1df3179ab250fc5ec4cd5a614e8c69e97300b82237e39ffb36ecec&smart=true&width=350&height=214&quality=85)
El análisis también señala que, en caso de que la propuesta sea aprobada, los conductores podrían enfrentarse a la necesidad de retirar y reemplazar los vidrios polarizados cada vez que ingresen a una nueva ciudad o municipio con regulaciones más estrictas. Esto no solo implicaría un gasto adicional, sino también una pérdida de tiempo y posibles inconvenientes en la movilidad.
Otro aspecto destacado en el análisis es la preocupación sobre cómo se aplicarán las normativas en caso de que la propuesta sea aprobada. Actualmente, la regulación establece que las autoridades de tránsito deben utilizar dispositivos técnicos, como fotómetros o luxómetros, para medir el grado de luminosidad de los vidrios polarizados y evitar decisiones basadas en criterios subjetivos.
No obstante, la descentralización de la regulación podría generar inconsistencias en la manera en que se realizan estas mediciones y en la aplicación de las sanciones. “No es que yo esté muy de acuerdo con la norma actual acerca de los polarizados, pero comparado con esto, desde mi opinión personal, mejor dejémoslo quieto”, sumó Biter.
Para Biter, en ciudades como Bogotá, donde las autoridades de tránsito ya enfrentan críticas por su enfoque en la recaudación de multas, existe el temor de que la nueva normativa pueda ser utilizada como una herramienta para endurecer las restricciones y aumentar los ingresos por sanciones.
Según el creador de contenidos, lo anterior podría derivar en una mayor presión económica para los conductores, quienes ya enfrentan múltiples costos asociados al mantenimiento y operación de sus vehículos. “Como mi querida Bogotá, que le encanta la plática a la Secretaría de Movilidad”.
![Conductores podrían enfrentar multas, inmovilizaciones](https://www.infobae.com/resizer/v2/4LGJINF2CZB7VI3KHNSCO4M3S4.jpg?auth=42d674ce5879a50880d89a9bf3ad3483dd3bed681aa11dba22bc3caadfa4f23b&smart=true&width=350&height=197&quality=85)
Normativa actual de polarizados
La regulación vigente sobre vidrios polarizados en Colombia se encuentra establecida en la Resolución 3777 de 2003, que lleva más de 20 años en funcionamiento. En 2017, se introdujeron disposiciones adicionales para garantizar que las mediciones del grado de polarización se realicen de manera objetiva, utilizando dispositivos técnicos. Las medidas buscan evitar que las sanciones se basen en la percepción subjetiva de los agentes de tránsito.
En cuanto a los límites específicos, la norma establece los siguientes:
- Parabrisas: transmisión luminosa igual o superior al 70%.
- Vidrios laterales delanteros: transmisión luminosa igual o superior al 70%.
- Vidrios laterales traseros: transmisión luminosa igual o superior al 55%.
- Vidrio trasero: transmisión luminosa igual o superior al 55%.
En el caso de las camionetas, la ley precisa que:
- Panorámico: 70% luminosidad - 30% de opacidad.
- Vidrios laterales delanteros: 70% - 30%.
- Vidrios laterales traseros: 55% - 45%.
- Vidrio posterior y otras ventanas traseras, si las hay: 14% - 86% el más oscuro.
Y es que el incumplimiento de los límites puede derivar en sanciones económicas. De acuerdo con la Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito), exceder los niveles permitidos de polarización constituye una infracción B10, que equivale a $321.800, según valores del 2025.
Por ahora, el futuro de la propuesta legislativa sigue siendo incierto, y su aprobación dependerá del debate en el Congreso y de la aceptación por parte de los diferentes sectores involucrados. Sin embargo, lo que es claro es que, de ser aprobada, la medida podría transformar significativamente la manera en que se regulan los vidrios polarizados en el país, con impactos tanto positivos como negativos para los conductores y las autoridades locales.
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