Jorge Enrique Ibáñez, nuevo presidente de la Corte Constitucional, le envió pulla a Petro: “Ningún magistrado es agente del Gobierno”

Jorge Enrique Ibáñez afirmó que los magistrados de la Corte Constitucional tampoco son “agentes de de otras cortes” y su rol es garantizar la supremacía de la Constitución

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Jorge Enrique Ibáñez, nuevo presidente
Jorge Enrique Ibáñez, nuevo presidente de la Corte Constitucional de Colombia - crédito Camila Díaz/Colprensa

Jorge Enrique Ibáñez, recién nombrado presidente de la Corte Constitucional, reafirmó la independencia y autonomía de los magistrados frente al poder político.

En entrevista con El Tiempo, Ibáñez afirmó que “ningún magistrado es agente del Gobierno o de otras cortes”, al ser cuestionado sobre la influencia política en las decisiones del alto tribunal.

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Para Ibáñez, el rol de la corte es garantizar la supremacía de la Constitución y asegurar que los derechos fundamentales de los ciudadanos sean respetados, sin que las decisiones judiciales estén sometidas a presiones externas.

Ibáñez expresó que la responsabilidad que conlleva liderar la Corte Constitucional es enorme.

“Es un honor muy alto ser presidente de la Corte Constitucional, hoy nuestra máxima corte de justicia. Esa es una aspiración que uno, como abogado, tiene desde cuando entra a estudiar derecho en la facultad”, afirmó al citado medio.

Jorge Enrique Ibáñez expresó que
Jorge Enrique Ibáñez expresó que la responsabilidad que conlleva liderar la Corte Constitucional es enorme - crédito Carlos Ortega/EFE

Sin embargo, subrayó que más allá del reconocimiento, la tarea que tiene por delante es una enorme responsabilidad.

“Es una gran responsabilidad, ya que el país ve en ella un baluarte muy importante, no solamente para la garantía de los derechos fundamentales, sino también para garantizar el equilibrio del poder y el freno al ejercicio arbitrario del poder público”, expresó Ibáñez al citado medio.

Al abordar el control que el alto tribunal ejerce sobre las decisiones del Gobierno, Ibáñez recordó que la Corte Constitucional ha jugado un papel crucial en la limitación del poder ejecutivo a lo largo de la historia del país, especialmente en lo que se refiere a las declaratorias de estados de emergencia.

La Corte, independientemente de quién sea el presidente de la República, ejerce un control constitucional para garantizar el trabajo armonioso de los poderes públicos. En ese sentido, la Corte ha sido fiel a su misión de velar por la supremacía de la Constitución”, dijo Ibáñez.

El magistrado Ibáñez también se refirió a las tensiones pasadas entre el Gobierno y la Corte Constitucional, mencionando cómo varios presidentes, incluyendo a los exmandatarios Gaviria y Samper, se mostraron en desacuerdo con las decisiones del alto tribunal, pero con el tiempo reconocieron la validez constitucional de las sentencias.

“Generalmente, los gobiernos se muestran molestos cuando la Corte Constitucional toma decisiones que afectan sus políticas, pero después han reconocido que muchas de nuestras decisiones están bien fundamentadas y son razonables”, indicó.

En cuanto a la independencia judicial, Ibáñez insistió en que la Corte Constitucional no responde a intereses políticos, sino que su labor está guiada por el respeto a la Constitución y la ley.

“Nosotros no somos políticos, somos una Corte que cumple unas funciones estrictamente judiciales. Y en el caso del orden público, como ha sucedido con el estado de emergencia económica y ahora con la conmoción interior, tenemos que examinar debidamente varios presupuestos”, explicó.

Para Ibáñez, la función principal de la Corte es garantizar que el legislador y el Gobierno actúen dentro de los límites establecidos por la Constitución.

Jorge Enrique Ibáñez explicó que
Jorge Enrique Ibáñez explicó que la función principal de la Corte es garantizar que el legislador y el Gobierno actúen dentro de los límites establecidos por la Constitución - crédito Corte Constitucional

A propósito de la reciente discusión sobre el estado de conmoción interior, Ibáñez detalló el proceso que la Corte sigue para verificar si se cumplen los requisitos constitucionales para la declaratoria de emergencia.

“Hoy, la Corte Constitucional tiene que garantizar que la declaratoria del estado de excepción, sea de emergencia o de conmoción interior, se ajuste a la Constitución”, dijo a El Tiempo.

Recordó que en los casos previos, como en 1993 y 1996, la Corte ya había declarado inconstitucionales estados de emergencia por no cumplir con los requisitos exigidos por la Constitución.

Además, abordó el tema de la salud y la seguridad social en Colombia, específicamente en relación con las órdenes de la Corte que buscan resolver problemas estructurales en el sistema de salud desde 2008.

Según Ibáñez, la Corte ha venido adoptando medidas de seguimiento para garantizar que las políticas públicas en esta área se implementen adecuadamente, pero también ha tenido que declarar el desacato en algunos casos por el incumplimiento de las órdenes previas.

“La sala de seguimiento ha verificado problemas graves en el funcionamiento de las EPS y el flujo de recursos a las IPS, lo que afecta la atención de los usuarios. Ante estos incumplimientos, hemos declarado el desacato de las órdenes impartidas por la Corte”, explicó al citado medio.

Según Ibáñez, la Corte ha
Según Ibáñez, la Corte ha venido adoptando medidas de seguimiento para garantizar que las políticas públicas en esta área - crédito Colprensa

Por otro lado, Ibáñez aclaró que la Corte está en proceso de revisar varias demandas de inconstitucionalidad, incluyendo algunas relacionadas con la ley tributaria y la ley de regalías, que han sido objeto de controversia.

“Aunque no podemos pronunciar una sentencia antes de la sanción de la ley, estamos analizando las demandas presentadas para garantizar que las leyes sean acordes con la Constitución”, puntualizó.

Al concluir la entrevista, Ibáñez subrayó que la labor de la Corte Constitucional es fundamental para el Estado de Derecho y para garantizar que la democracia en Colombia siga funcionando de acuerdo con los principios constitucionales.

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