La Ley 2381 de 2024, “por medio de la cual se establece el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, la Invalidez y la Muerte”, más conocida como reforma pensional del Gobierno de Gustavo Petro y que se basa en un sistema de pilares (semicontributivo, contributivo, solidario y de ahorro voluntario) busca ofrecer soluciones concretas a los problemas recurrentes que enfrentan los trabajadores respecto al conteo de sus semanas de cotización a pensión.
El panorama es, en particular, relevante para quienes experimentan imprecisiones o pérdida de tiempo acumulado debido a fallos en los reportes. Los cambios introducidos en la reforma están destinados a la protección de empleados y contratistas, así como herramientas claves para rectificar los errores históricos en los registros de cotización.
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Entre las medidas destacadas, se establece que las empresas son responsables de reportar los aportes de los empleados de manera adecuada, mientras que se reconoce el derecho de los trabajadores a hacer reclamos cuando se identifiquen inconsistencias. “La norma dispone que es trabajo de las empresas hacer los respectivos reportes de los aportes y les otorga a los trabajadores el derecho de hacer los reclamos”, se puede leer, al resaltar la importancia de esta responsabilidad corporativa.
Recuperación de semanas perdidas
A falta de la reglamentación específica de ciertos puntos, el texto de la reforma también introduce procedimientos para que los trabajadores puedan recuperar las semanas de cotización perdidas. Se detalla que este mecanismo incluye que la recuperación se puede hacer “realizando una declaración ante el operador de pila que clarifique los cambios en la nómina que no fueron debidamente notificados”.
Además, se indica que los datos ofrecidos deberán estar respaldados por documentos como desprendibles de pago, extractos bancarios o soportes de vínculo laboral.
Un punto central de esta nueva ley es que extiende la protección a los trabajadores independientes. Para este grupo, el pago de los aportes podrá ajustarse según el tiempo efectivamente trabajado. “El pago se puede hacer por días”, dice la norma al resaltar que esta flexibilidad es, en particular, importante para los que tienen jornadas laborales variables.
Entretanto, en el caso de los trabajadores con contrato de prestación de servicios, el empleador será el que efectúe el pago de los aportes a la seguridad social, descontando con anterioridad estos montos de los honorarios y teniendo la autorización del trabajador.
Equidad para los trabajadores
En términos de equidad, la reforma implementa un recorte paulatino en el número de semanas necesarias para que las mujeres puedan acceder a la pensión de jubilación.
El cambio reducirá el requisito actual en Colombia de 1.300 semanas a 1.000 para 2036. Aunque los detalles de implementación están pendientes de reglamentarse, esta medida representa un avance significativo para nivelar las condiciones en un sistema históricamente desigual.
Depuración y actualización de información
Otro aspecto importante de la ley es que obliga a depurar y actualizar la información antigua sobre las deudas por aportes. Esto resulta relevante para los empleados por cuenta propia, quienes a menudo enfrentan fallos en los informes de cotización que resultaron en pérdidas irrecuperables de semanas trabajadas: “El nuevo sistema de retiro obliga al desarrollo de acciones para la depuración de la información sobre deudas por aportes”.
Aunque estas disposiciones ofrecen esperanza para millones de trabajadores colombianos, los expertos advierten que el éxito de la reforma dependerá de la correcta implementación y de la colaboración entre trabajadores, gestores de nómina y las autoridades competentes.
Por otro lado, se puntualiza la importancia de que los empleados estén atentos a sus historiales de aportes y mantengan documentación que respalde cada periodo trabajado, un proceso que podría ser clave si se necesita realizar el reconteo de semanas.