Abogado que tumbó restricciones al aguardiente advirtió “engaño” de gobernadores en la Corte Constitucional

Pablo Felipe Robledo, exsuperintendente de Industria y Comercio, resaltó que, lejos de representar una pérdida económica para las regiones, la medida podría traducirse en un incremento en la renta de las gobernaciones

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La Corte Constitucional anuló restricciones
La Corte Constitucional anuló restricciones departamentales sobre la distribución del aguardiente, abriendo el mercado a más competencia - crédito EFE

En una decisión de gran impacto para el mercado de licores en Colombia, la Corte Constitucional dejó sin efecto la facultad que tenían algunos gobernadores para restringir la comercialización del aguardiente en sus respectivas regiones. Esta medida, que fue impugnada ante el alto tribunal, generó reacciones inmediatas entre quienes promovieron la demanda, entre ellos Pablo Felipe Robledo, exsuperintendente de Industria y Comercio, que analizó las implicaciones del fallo y lanzó duras críticas a los mandatarios departamentales que defendían dichas restricciones.

Robledo enfatizó en Semana que la decisión de la corte transformaría por completo el panorama de la comercialización del aguardiente en el país, eliminando cualquier tipo de limitación impuesta por los gobernadores y abriendo el mercado a una mayor competencia.

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Gobernadores defendían facultades para limitar
Gobernadores defendían facultades para limitar la oferta de aguardiente, pero el fallo judicial priorizó la libre elección del consumidor - crédito Fábrica de Licores de Antioquia

Según explicó, esta nueva realidad obligaría a las administraciones departamentales a buscar estrategias diferentes para fortalecer sus ingresos, en lugar de depender de barreras comerciales artificiales que restringían la oferta para los consumidores. Además, resaltó que, lejos de representar una pérdida económica para las regiones, la medida podría traducirse en un incremento en la renta que perciben las gobernaciones.

En sus declaraciones, el exsuperintendente expresó su inconformidad con los argumentos presentados por algunos gobernadores ante la Corte Constitucional, al considerar que intentaron desinformar al tribunal para mantener sus privilegios. “Los gobernadores que se opusieron, que perdieron en la Corte Constitucional, de una u otra manera pretendían engañar a la Corte a través de una falacia, es decir, a través de una mentira con ropaje de verdad. Los ingresos del árbitro rentístico aumentarán de manera considerable en todos los departamentos cuando se levanten las salvaguardas, por un tema sencillo, porque el consumidor va a tener la posibilidad de escoger no solo un aguardiente, sino muchísimos aguardientes”, manifestó Robledo.

Así mismo, explicó que, a partir de ahora, la comercialización de este licor deberá ajustarse a las normas generales del mercado. “Los aguardientes, al igual que cualquier otro licor, deben circular libremente por el territorio colombiano, eso sí, claramente pagando los impuestos en el departamento en donde se van a consumir, impuestos que se pagan a favor del departamento, que es lo que se llama el árbitro rentístico”, señaló.

En su fallo, la Sala Plena de la Corte Constitucional declaró que la facultad de restringir el mercado del aguardiente era contraria a la Constitución, ya que fomentaba monopolios rentísticos y limitaba tanto la libre competencia como la libertad de elección de los consumidores. La Corte precisó que, aunque los departamentos mantienen el control sobre las rentas derivadas de la producción y venta de aguardiente, no pueden arrogarse el dominio del mercado, pues este debe permanecer abierto a la competencia.

La sentencia declaró que monopolios
La sentencia declaró que monopolios rentísticos en torno al aguardiente violaban principios de libre competencia y acceso al mercado - crédito Luisa González/REUTERS

“Los departamentos son los dueños de las rentas, de la producción, de la venta del aguardiente y de los tributos, pero no son los dueños del mercado. En el mercado todos pueden concurrir y todos deben competir, y esa competencia la ganarán los empresarios que logren tener unos productos que consigan conquistar el bolsillo y el corazón de los consumidores”, afirmó.

Por su parte, la determinación de la Corte Constitucional representa un giro definitivo en la comercialización del aguardiente en Colombia, al establecer que este licor podría ser vendido sin restricciones en todas las regiones del país. Con esta medida, se puso fin a una larga controversia sobre la libre elección de los consumidores dentro de este mercado, asegurando que cualquier marca de aguardiente pudiera competir en igualdad de condiciones sin que los gobiernos departamentales impusieran barreras a la entrada de otras marcas.

El exsuperintendente acusó a los
El exsuperintendente acusó a los opositores de intentar desinformar al tribunal con falacias para mantener privilegios - crédito Licorera de Caldas

Uno de los argumentos expuestos durante el debate fue el impacto financiero que la decisión podría tener en los departamentos que tradicionalmente han producido y comercializado su propio aguardiente. En ese sentido, el gobernador de Cundinamarca, Jorge Emilio Rey, señaló en su momento que, si el departamento mantenía la exclusividad en la venta de su licor, los ingresos obtenidos por este concepto serían considerablemente mayores.

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