En su último viaje a Colombia, el creador de contenido Daniel Lechuga fue víctima de la inseguridad que a diario aqueja a los bogotanos.
Originario de México, Lechuga regresó al país para grabar contenido en compañía de otros influencers, pero la noche del domingo, 2 de febrero, fue interceptado por una banda delincuencial que le hizo el “famoso” paseo millonario.
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“Wey, acabo de vivir la experiencia más horrible de toda mi vida aquí en Colombia. Ayer en la noche salí por algo de cenar, iba caminando y me interceptaron unas personas. Me llevaron con ellos”, advirtió a través de su perfil en la plataforma Tiktok, la mañana siguiente a ser retenido.
Durante más de 12 horas estuvo en manos de sus raptores que, no desaprovecharon el tiempo, pues, tomaron una a una sus tarjetas y cuentas de banco para desocuparlas: “Me tuvieron ahí con ellos por horas y yo pensaba que ya no me iban a soltar. Aún no lo proceso, pero me soltaron hace como tres horas, a las 10:00 de la mañana, aproximadamente, pero aún tengo miedo”.
La denuncia fue publicada el lunes, 3 de febrero, por la mañana, cuando Lechuga logró volver a su Airbnb y tomó un celular de emergencia que guardaba en la habitación para avisar a sus padres y dar a conocer el caso, masivamente, en plataformas digitales:
“Me hicieron vaciar mis cuentas, wey, fue un desmadre, yo tenía mucho miedo y, obviamente, se quedaron con todo. Por suerte tengo este celular (con el que estoy grabando) aquí en el Airbnb, que no lo saco, es de emergencia... pude contactar a mi familia y ya me quiero largar de aquí, ya me quiero ir a mi país, no quiero estar aquí”.
Se desconoce si interpuso o no una denuncia, antes de salir del país, pero su caso es una nueva alerta para las autoridades bogotanas y quienes decidan visitar la ciudad en sus próximas vacaciones.
“Ya me quiero ir de Colombia y falta mucho para mi vuelo. Intenté cambiarlo con mi hermana, pero no hay vuelos. Tengo mucho miedo y grabo porque no sé qué más hacer. Ya estoy guardando mis cosas para irme al aeropuerto y me quedaré ahí hasta que salga mi vuelo”, explicó el influencer en el último video que se conoce de él, en las redes.
El “paseo millonario” y marco penal: diferencias entre Colombia y México
En Colombia, el “paseo millonario” se clasifica como una modalidad de secuestro extorsivo, según lo estipula el Código Penal del país. Este delito implica la retención de una persona con el objetivo de obtener un beneficio económico, como el vaciado de cuentas bancarias o la apropiación de bienes materiales. Según una investigación criminológica realizada por la Policía, esta conducta delictiva se diferencia del hurto simple debido a la privación de la libertad que sufren las víctimas, lo que constituye un elemento clave para su tipificación.
El Código Penal colombiano, en su artículo 169, establece que el secuestro extorsivo ocurre cuando una persona es arrebatada, retenida u ocultada con el propósito de obtener un provecho económico, exigir algo a cambio de su libertad o con fines políticos o publicitarios. La pena para este delito oscila entre 320 y 504 meses de prisión, además de una multa que puede ir desde 2.666,66 hasta 6.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes. De acuerdo con lo detallado en el texto, esta normativa también aplica cuando la retención se realiza de manera temporal en un medio de transporte, siempre que exista una amenaza y un objetivo económico.
En contraste, en México, el “secuestro express” se considera un delito independiente, con una penalización distinta a la del secuestro extorsivo. Este enfoque legal refleja una diferencia significativa en la manera en que ambos países abordan delitos que, en esencia, comparten características similares. La divergencia en la clasificación legal ha llevado a analizar a las autoridades colombianas si es necesario que el “secuestro express” sea tratado como un delito autónomo o si debería ser considerado como un concurso de delitos, tal como lo sugiere el académico Martiñón en un texto del 2009.
En el caso colombiano, el “paseo millonario” se distingue del hurto simple debido a la retención de la víctima. Los delincuentes no solo despojan a la persona de sus pertenencias, también la privan de su derecho a la libre locomoción hasta que logran vaciar sus cuentas bancarias o apropiarse de todos los bienes posibles. Esta retención es lo que permite clasificar el delito como secuestro extorsivo, ya que implica una negociación directa entre la víctima y los perpetradores, sin la necesidad de involucrar a un tercero.
La Corte Suprema de Justicia de Colombia, en un fallo del 2006, aclaró que no es indispensable que exista una negociación con un tercero para que se configure el secuestro extorsivo. Según este tribunal, la negociación de la libertad de la víctima ocurre directamente entre esta y los delincuentes, lo que refuerza la tipificación del “paseo millonario” dentro de esta categoría penal.
Mientras que algunos expertos, como Martiñón, consideran que el “secuestro express” no presenta diferencias sustanciales con otros delitos como el hurto, la extorsión o el secuestro extorsivo. Desde esta perspectiva, sería más adecuado tratarlo como un concurso de delitos en lugar de establecerlo como una figura penal independiente. Este enfoque busca simplificar la legislación y evitar redundancias en la tipificación de conductas delictivas.
En México, sin embargo, el “secuestro express” se aborda como un delito autónomo, lo que refleja una estrategia legal distinta. Esta diferencia en la clasificación puede responder a factores contextuales y a las particularidades de cada sistema jurídico, pero también plantea interrogantes sobre la eficacia de las normativas en la lucha contra este tipo de crímenes.
La clasificación del “paseo millonario” como secuestro extorsivo en Colombia permite imponer penas más severas a los responsables, lo que podría actuar como un disuasivo para la comisión de este delito. Sin embargo, también plantea desafíos en términos de prueba, ya que es necesario demostrar la privación de la libertad y el propósito extorsivo para que se configure el delito.
En México, la existencia de una figura penal específica para el “secuestro express” podría facilitar la identificación y el procesamiento de estos casos, pero también podría generar debates sobre la necesidad de armonizar las legislaciones con otros países de la región.