Congresista del Partido Liberal en problemas por recibir dos sueldos: no le alcanzaba con más de $45 millones al mes

Flora Perdomo es una congresista proveniente del departamento del Huila, que años atrás ejerció como docente, cargo del cual estaba recibiendo una ‘pensión gracia’, por ser profesora municipal

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La senadora se encuentra en
La senadora se encuentra en el ojo del huracán debido a que continuó recibiendo su pensión como docente, pese a su desempeño como congresista - crédito Congreso y Colprensa

La representante a la Cámara huilense Flora Perdomo Andrade, del Partido Liberal y que hace parte de la Comisión Quinta de la Cámara, deberá devolver al Estado las mesadas pensionales que habría recibido de manera irregular mientras ocupaba su curul en la Cámara de Representantes.

De acuerdo con un detallado reporte periodístico que publicó el diario La Nación del Huila, la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional (Ugpp) inició un proceso de cobro coactivo para recuperar los montos pagados simultáneamente con su salario como legisladora, algo prohibido por la Constitución.

De hecho, la Carta Magna de los colombianos establece, en su Artículo 128 que, “nadie podrá desempeñar simultáneamente más de un empleo público ni recibir más de una asignación que provenga del tesoro público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado, salvo los casos expresamente determinados por la ley. Entiéndese por tesoro público el de la Nación, el de las entidades territoriales y el de las descentralizadas”.

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De acuerdo con la información que conoció el diario huilense, desde su llegada al Congreso en 2014, Perdomo Andrade ha recibido su sueldo de congresista junto con la “pensión gracia” adquirida previamente por su labor como docente. La Ugpp identificó esta irregularidad mediante un cruce de bases de datos con la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila) y procedió a suspender los pagos, además de ordenar el reintegro de los valores recibidos indebidamente.

Por su parte, la respuesta de Perdomo Andrade fue que la suspensión de su pensión gracia fue arbitraria y vulneró su derecho de defensa.

La congresista Flor Perdomo, del
La congresista Flor Perdomo, del departamento del Huila - crédito Facebook

“La suspensión de los pagos de la “pensión gracia” se hizo de manera unilateral, vulnerando mi derecho de defensa y contradicción. La “pensión gracia” goza de presunción de legalidad, además de haber nacido a la vida jurídica cuando cumplí los requisitos para adquirir esta prestación especial”, aseguró la congresista.

A su vez, defendió la legalidad de los pagos recibidos. “Resalto que dichas mesadas han sido canceladas bajo los postulados de buena fe y confianza legítima, toda vez que se me concedió por cumplir con los requisitos establecidos en la ley y la jurisprudencia para ello”, dijo, citada por La Nación. También subrayó que solicitó la suspensión de su pensión de jubilación ante la autoridad competente en Neiva para evitar inhabilidades.

De qué trata la “pensión gracia”

Esta modalidad de pensión fue creada por medio de la Ley 114 de 1913 como una forma de retribuir el compromiso de los docentes con la educación pública en Colombia. Este beneficio está dirigido a aquellos profesores que han trabajado en instituciones educativas adscritas al Gobierno Nacional, ya sea en el ámbito municipal, departamental, distrital o nacional.

Para ser considerados elegibles, los docentes deben haber ingresado al sistema educativo público a través de procesos formales, como las convocatorias del Sistema Maestro del Ministerio de Educación o los concursos organizados por la Comisión Nacional del Servicio Civil (Cnsc).

Los decentes departamentales, municipales o
Los decentes departamentales, municipales o distritales con más de 20 años en el servicio educativo público pueden acceder a la pensión gracia - crédito Ministerio de Educación

Una vez vinculados al Estado, los profesores tienen la posibilidad de afiliarse al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (Fomag), lo que les permite acceder a beneficios como primas, cesantías, servicios de salud y, eventualmente, la pensión. Una sentencia del 2024 determinó que este beneficio solo podría ser impartido a docentes con más de 20 años en el servicio educativo público.

La Upgg no cree en la compatibilidad que argumenta la congresista

La pensión gracia le fue otorgada en 2009 tras 27 años de servicio como docente y reconocida por la extinta Caja Nacional de Previsión. De hecho, según la funcionaria, al asumir su curul en 2014, Perdomo solicitó la suspensión de su pensión de jubilación, pero no hizo lo mismo con la “pensión gracia”, la cual, según ella, es compatible con su salario como congresista, actualmente de 48,14 millones de pesos mensuales.

De hecho, un análisis que se publicó en el diario La República indicó que la suma de las mensualidades de todos los congresistas de Colombia, de todos los grados, asciende a los más de 172 mil millones de pesos al año, dinero de las arcas del Estado colombiano, que se paga con los impuestos de la ciudadanía.

Pero así no lo considera la Ugpp, que sostiene que existe incompatibilidad, ya que la Constitución prohíbe recibir simultáneamente más de una asignación del Tesoro Público, salvo excepciones como los docentes universitarios y el personal de las Fuerzas Militares y Policía.

Estas son las personas que
Estas son las personas que pueden tener doble asignación en un empleo público, según la Constitución Política de Colombia - crédito Constitución/Función Pública

“Una vez revisada la información que reposa en los aplicativos de consulta de esta Unidad, se evidencia que existió a su favor, simultaneidad en el pago por concepto de salario y pensión provenientes del tesoro público en los mismos periodos, contrariando lo dispuesto en el artículo 128 de nuestra Carta Política y a su vez, lo determinado en el artículo 19 de la Ley 4 de 1992″, señaló Karen Patricia Ayos Vargas, subdirectora de Nómina de Pensionados, citada por el mismo diario local.

La entidad ha argumentado que la compatibilidad de la pensión gracia con otra pensión solo aplica para docentes que continúan en ejercicio, no para aquellos que ocupan cargos públicos ajenos a la enseñanza.

“La señora Flora Perdomo Andrade, por el ejercicio de su cargo como congresista, no guarda relación con la actividad docente, motivo por el cual las asignaciones resultan incompatibles”, afirmó la Subdirección de Asesoría y Conceptualización Pensional.

Por ello, la Ugpp ordenó la suspensión de pagos desde junio de 2023 y exigió el reintegro de los montos percibidos indebidamente, que ascienden a 36,54 millones de pesos, más los intereses por mora, de acuerdo a lo que publicó el medio.

“De conformidad con lo anteriormente señalado, se concluye que la señora Flora Perdomo adeuda al Sistema General de Pensiones por conducto del Tesoro Público, las mesadas pensionales recibidas de más en calidad de docente (pensión gracia)”.

Ante esta determinación, la congresista interpuso acciones legales, pero una tutela fue fallada en su contra en primera y segunda instancia. “La Unidad de Gestión Pensional (Ugpp) abusando de su condición de pagadora de la mesada pensional, dispuso unilateralmente una orden de no pago a partir de la nómina de junio del año 2023, sin que previo a dicha determinación, la misma hubiese adelantado el procedimiento administrativo”, denunció su abogado, Medardo Garzón Polanía. El caso ahora está en manos del Juzgado Sexto Administrativo de Neiva, Tolima.

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