La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ordenó compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación, a través de la Dirección de Justicia Transicional, con el propósito de que avance en la investigación contra Rodrigo Pérez Alzate, conocido como ‘Julián Bolívar’, exlíder paramilitar de las extintas Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) sobre su posible incumplimiento en sus obligaciones ante el Tribunal de Paz del ente acusatorio.
De acuerdo con el tribunal, la decisión se da a conocer tras la absolución del defensor de derechos humanos David Rabelo Crespo, quien había sido acusado por su responsabilidad en el crimen del ingeniero David Núñez Cala, quien era candidato a la Alcaldía de Barrancabermeja (Santander), ocurrido el 5 de abril de 1991.
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“‘Julián Bolívar’ habría expresado interés en que se hicieran incriminaciones contra Rabelo Crespo y, presuntamente, habría ordenado que se utilizaran unas fotos compradas a un periodista para ese efecto. Todo esto en un contexto en el que el señor Rabelo (Crespo) estaba haciendo activas denuncias por la relación entre personajes políticos y miembros de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) en Barrancabermeja”, se lee en el fallo del alto tribunal.
Adicionalmente, la JEP explicó que, además de la versión de Crespo ante la justicia, también se consideraron otros elementos como los testimonios de 19 testigos del hecho, así como informes documentados por la JEP y más de 30 pruebas documentales.
“En el trámite ante la JEP se demostró que los señalamientos de Jaimes Mejía y los testimonios rendidos contra el señor David Rabelo Crespo por parte de Fremio Sánchez Carreño, alias ‘El loco Esteban’, y Dairo Arrieta Bandera, alias ‘Chicharrón’, no merecían la credibilidad que les dio la justicia ordinaria”, indicó la JEP en el fallo.
Cronología del caso
El caso se remonta al año 2008, cuando el también exparamilitar Mario Jaimes Mejía, alias El Panadero, rindió su testimonio ante el Tribunal de Justicia y Paz, en la que confesó su responsabilidad en el homicidio del político santandereano David Núñez Cala, en 1991.
En su declaración, según información revelada por El Tiempo, Jaimes Mejía incriminó al defensor de derechos humanos David Rabelo Crespo y al entonces congresista José Andrade como los autores principales del candidato a la alcaldía de Barrancabermeja.
Para ese entonces, Andrade, al ser parlamentario, fue juzgado por la Corte Suprema de Justicia, pero que fue absuelto por el caso. Mientras que Crespo fue condenado por el alto tribunal en 2012, y ratificada por el Tribunal Superior de Bucaramanga en 2013.
Durante su estadía en prisión, el defensor de derechos humanos mantuvo su inocencia, y su caso llegó en 2018 a la Sección de Revisión de la JEP, donde fue acusado como presunto guerrillero.
Tras siete años de investigación, el tribunal determinó su inocencia, al considerar que no formó parte de las extintas Farc-EP, lo que llevó a la anulación de su condena y a la orden de su libertad definitiva.
“El señor Rabelo Crespo no fue parte de la antigua guerrilla de las Farc-Ep, por lo que se aclaró que esta circunstancia no implica falta de competencia para fallar el caso, en la medida en que se trató de una persona sindicada injustamente de serlo (...) David Rabelo Crespo es inocente del homicidio del ingeniero David Núñez Cala, quien en ese entonces era candidato a la alcaldía de Barrancabermeja”, manifestó la JEP.
El tribunal también destacó las graves consecuencias que una condena injusta puede tener sobre el esclarecimiento del conflicto armado en Colombia. En este sentido, la JEP subrayó que decisiones judiciales basadas en pruebas cuestionables no solo afectan a los individuos involucrados, sino que también obstaculizan los esfuerzos por alcanzar la verdad y la reconciliación en el país.
La decisión de la JEP no estuvo exenta de debate interno. El fallo contó con el salvamento de voto de la magistrada Claudia López Díaz, mientras que los magistrados Gloria Amparo Rodríguez y Adolfo Murillo Granados presentaron aclaraciones de voto. Este caso, que ha sido objeto de atención nacional e internacional, pone de relieve las implicaciones de las condenas erróneas en el contexto del conflicto armado colombiano.