Después del retiro forzoso hay opciones laborales: qué trabajos se pueden realizar

Para el sector público, los funcionarios pueden trabajar después de la edad de pensión definida en el sector privado; pero aún después de cruzar la edad del retiro forzoso pueden seguir laborando

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Los mayores de 70 años
Los mayores de 70 años pueden seguir trabajando en cargos de elección popular, docencia, contratistas y asesorías - crédito Colprensa

En Colombia, la edad para pensionarse, de acuerdo con la reforma pensional, es de 62 años para los hombres y 57 años para las mujeres.

Pero, al margen de las edades de jubilación, existe otro concepto que aplica para los funcionarios públicos y es la edad de retiro.

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Ley 1821 de 2016 establece que los servidores públicos deben retirarse obligatoriamente. Como sintetiza Función Pública, que “aquel servidor público que ha cumplido la edad de 70 años, se encuentra inhabilitado para seguir trabajando en una entidad pública, de manera que el trabajador que cumpla 70 años deberá será retirado del servicio independientemente si cuenta o no con fuero sindical.”

Sin embargo, esta normativa incluye ciertas excepciones que permiten a las personas seguir desempeñándose en ciertos cargos.

Lo que implica la edad de retiro forzoso

La ley estipula que, al cumplir 70 años, los servidores públicos deben dejar su cargo de manera, sin posibilidad de reintegro, de manera que se pueda fomentar la renovación generacional en el sector estatal.

Aunque la medida genera debates sobre la pérdida de experiencia en áreas importantes del sector público, disposición no afecta el derecho a la pensión, que sigue regulado por la normativa vigente sobre seguridad social.

En 2023, se conoció el
En 2023, se conoció el proyecto de ley para excluir altos funcionarios de la edad de retiro forzoso - crédito redes sociales/X

Entonces, los trabajadores del sector público que hayan alcanzado los requisitos para jubilarse pueden continuar trabajando en su cargo hasta cumplir los 70 años, siempre que sigan aportando al sistema de seguridad social.

Además, las entidades públicas están obligadas a planificar adecuadamente estas transiciones para evitar posibles conflictos legales y garantizar el cumplimiento de la norma.

Excepciones al retiro forzoso

Aunque la mayoría de servidores públicos están sujetos al retiro obligatorio, existen excepciones que les permiten seguir trabajando después de los 70 años. De acuerdo con un informe que realizó Caracol Radio, estas son:

  1. Cargos de elección popular: los funcionarios elegidos por voto popular, como alcaldes, gobernadores, congresistas, concejales y diputados, no están sujetos al límite de edad establecido por la ley.
  2. Contratistas: otro de los cargos que pueden ejercer mayores de 70 años incluyen la prestación de servicios mediante contratos civiles o de prestación de servicios, tanto en entidades públicas como privadas.
  3. Docentes de cátedra: no hay límites de edad para enseñar en universidades públicas y privadas, los profesores de cátedra pueden ser contratados sin restricciones de edad, dependiendo de las políticas internas de cada institución.
  4. Notarios: según informó el medio, los notarios suelen retirarse a los 70 años, pero pueden seguir ejerciendo en propiedad hasta que se complete el proceso de nombramiento de su reemplazo.
  5. Asesores y consultores: muchos profesionales mayores de 70 años son contratados como asesores o consultores debido a su experiencia y conocimientos especializados.

Detalles del retiro forzoso

La normativa sobre retiro forzoso aplica únicamente al sector público. En el ámbito privado, la jubilación no depende de la edad, sino de cumplir con los requisitos pensionales establecidos.

Los docentes también pueden trabajar
Los docentes también pueden trabajar después de los 70 años - crédito Colprensa

Además, quienes opten por seguir trabajando después del retiro pueden continuar aportando al sistema de seguridad social mediante contratos independientes, lo que les permite mantenerse activos laboralmente y contribuir a sus ingresos.

Colpensiones anuncia la creación de su propio fondo privado de pensiones bajo la reforma pensional

Colpensiones, la entidad estatal encargada de administrar el régimen de prima media en Colombia, confirmó que lanzará su propia administradora de ahorro individual como parte de los cambios introducidos por la nueva reforma pensional.

Este anuncio, realizado por el presidente de la entidad, Jaime Dussán Calderón, es inusual en el sistema de pensiones del país, ya que busca ofrecer una alternativa adicional a los trabajadores que no cumplan con los requisitos para permanecer en el régimen de prima media.

Según informó Noticias RCN, esta nueva administradora llevará el nombre de Accai (Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual) y entrará en funcionamiento una vez obtenga la aprobación de la Superintendencia Financiera.

El auxilio funerario de Colpensiones
El auxilio funerario de Colpensiones será equivalente al último salario base de cotización o a la última pensión recibida por el fallecido - crédito Colpensiones/Colprensa

La reforma pensional, aprobada recientemente por el Congreso, establece que los actuales fondos privados de pensiones serán reemplazados por las Accai, entidades que tendrán la responsabilidad de gestionar los ahorros individuales de los trabajadores.

Este cambio, que entrará en vigor en julio de 2025, obliga a los cotizantes a elegir una nueva entidad para administrar sus aportes. De acuerdo con lo dispuesto en la ley, aquellos trabajadores que actualmente cotizan en Colpensiones pero que no cumplen con el mínimo de semanas requeridas para acceder a una pensión en el régimen de prima media deberán trasladarse a una Accai.

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