A partir del primero de enero de este año, los ciudadanos en Colombia tienen la posibilidad de activar procesos de revocatoria de mandato para alcaldes y gobernadores, un mecanismo de participación ciudadana que permite la destitución anticipada de estos funcionarios.
Este procedimiento, regulado por la Constitución y la Ley 1757 de 2015, ya ha comenzado a generar movimientos en varias regiones, como en Cali, donde un comité promotor busca la salida del alcalde Alejandro Éder.
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La revocatoria del mandato, establecida en los artículos 40 y 103 de la Constitución, no aplica para diputados, concejales, congresistas ni para el presidente de la República. Este mecanismo se activa cuando los ciudadanos consideran que el mandatario no ha cumplido con su plan de gobierno, un motivo que, según la normativa, es subjetivo y depende de la percepción de insatisfacción de la población.
¿Cómo funciona el proceso de revocatoria?
El primer paso para iniciar una revocatoria es la inscripción de un comité promotor ante la Registraduría correspondiente. Este comité puede estar conformado por ciudadanos, organizaciones sociales, movimientos o partidos políticos. Una vez inscrito, el Consejo Nacional Electoral (CNE) convoca a una audiencia pública en la que participan todas las partes interesadas, incluido el mandatario en cuestión.
Tras la audiencia, el comité recibe los formularios necesarios para recolectar firmas. Según la ley, el número mínimo de firmas debe superar el 30% de los votos obtenidos por el mandatario en las elecciones que lo llevaron al cargo. Este proceso tiene un plazo inicial de seis meses, que puede extenderse tres meses más si se presenta una situación de fuerza mayor.
Una vez recolectadas las firmas, la Registraduría cuenta con 45 días calendario para verificar su validez. Si las firmas son aprobadas, el registrador correspondiente notifica al gobernador o al presidente de la República, dependiendo del caso, para que convoque a nuevas votaciones.
Para que un alcalde o gobernador sea destituido, deben cumplirse dos condiciones fundamentales. En primer lugar, los votos a favor de la revocatoria deben ser al menos la mitad más uno del total de ciudadanos que participaron en las elecciones en las que el mandatario fue elegido.
En segundo lugar, la participación en la votación debe alcanzar al menos el 40% del total de votantes registrados en esas elecciones.
Si no se cumplen estos requisitos, el proceso de revocatoria se da por terminado y no puede reiniciarse durante el resto del mandato del funcionario. En caso de que la revocatoria sea aprobada, se convocan nuevas elecciones en un plazo máximo de dos meses. Durante este periodo, el cargo será ocupado por un mandatario encargado designado por el gobernador o el presidente, según corresponda.
Cifras necesarias en las principales ciudades del país
De acuerdo con Colprensa, las cifras para activar una revocatoria varían según la cantidad de votos obtenidos por el mandatario en las elecciones de 2023. En Bogotá, donde el alcalde Carlos Fernando Galán fue elegido, se requieren al menos 449.279 firmas válidas para convocar a elecciones. En caso de que estas se validen, deben participar al menos 1.249.718 votantes, de los cuales 624.860 deben apoyar la revocatoria para que esta prospere.
En Medellín, el alcalde Federico Gutiérrez enfrentaría un umbral de 206.856 firmas para iniciar el proceso. Si se llega a las urnas, se necesitaría la participación de 388.615 ciudadanos, con 194.307 votos a favor de la revocatoria.
En Cali, donde ya existe un comité promotor contra el alcalde Alejandro Eder, se requieren 94.680 firmas válidas. Para que la revocatoria sea efectiva, deben votar al menos 329.707 personas, de las cuales 164.854 deben estar a favor de la destitución.
En Barranquilla, el alcalde Alejandro Char necesitaría enfrentar un proceso que comienza con la recolección de 124.690 firmas. Si se convocan elecciones, al menos 191.549 ciudadanos deben participar, y 95.776 deben votar a favor de la revocatoria.
Finalmente, en Cartagena, el alcalde Dumek Turbay podría ser sometido a este mecanismo si se recogen 47.858 firmas válidas. En caso de que se convoquen elecciones, se necesitaría la participación de 167.390 votantes, con 83.696 votos a favor de la revocatoria.
Un mecanismo poco utilizado
Desde la promulgación de la Constitución de 1991, solo dos mandatarios han sido revocados en Colombia: el alcalde de Tasco, Boyacá, en 2018, y la alcaldesa de Susa, Cundinamarca, en 2022. Este dato refleja que, aunque la revocatoria es un derecho ciudadano, su aplicación efectiva enfrenta múltiples desafíos, desde la recolección de firmas hasta la movilización de votantes en las urnas.
Este mecanismo no puede activarse si falta menos de un año para que termine el mandato del alcalde o gobernador en cuestión. Esto limita el tiempo disponible para que los ciudadanos organicen y ejecuten un proceso de revocatoria, lo que podría explicar en parte su baja frecuencia de uso.
Las revocatorias del 2025
Apenas tres semanas después del inicio de 2025, la Registraduría Nacional del Estado Civil ya ha recibido las primeras solicitudes de revocatoria de mandato. Hasta el momento, se han inscrito cinco procesos. Entre los casos más destacados se encuentra el del alcalde de Cali, Alejandro Eder, quien enfrenta una iniciativa ciudadana para ser removido de su cargo.
Además de Eder, otros cuatro mandatarios locales están siendo objeto de iniciativas similares. Estos son Carlos Alexis Prieto, alcalde de Pandi, en Cundinamarca; Árbenz Pérez Quintero, de Valparaíso, en Caquetá; Alcira Sandoval Ibáñez, de Soledad, en Atlántico; y Diego Mauricio Grisales, de Guarne, en Antioquia.
Con cinco procesos de revocatoria ya inscritos en las primeras semanas del año, 2025 podría ser un periodo clave para evaluar el impacto de este mecanismo en la política colombiana. El caso de Alejandro Eder será especialmente relevante, no solo por la magnitud de las firmas requeridas, sino también por el tiempo que tomará completar el proceso.