
El juez séptimo Penal del Circuito Especializado de Bogotá tomó la decisión de absolver a tres jóvenes que fueron señalados de haber agredido a tres integrantes de la Policía Nacional durante el estallido social de 2021.
Los tres jóvenes son Elkin Duván Peña Maldonado, Deiver Daniel Gómez y Juan David López, quienes habían sido acusados por los delitos de terrorismo y violencia contra servidor público.
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Según el juez, la decisión se tomó por dudas razonables sobre la responsabilidad penal de los imputados. La Fiscalía General de la Nación los señaló de haber estado dentro de un grupo de manifestantes que atacó un vehículo de la Policía Nacional, que dejó herido a dos uniformados.

“La responsabilidad penal debe basarse en pruebas sólidas, libres de dudas razonables”, aseveró el juez séptimo Penal del Circuito Especializado de Bogotá.
Durante el proceso, el ente acusador presentó testimonios, grabaciones y reconocimientos fotográficos que acusaban a las tres personas mencionadas como los responsables de los hechos.
No obstante, la defensa argumentó que los tres jóvenes no se encontraban presentes durante los desmanes, debido a que habían sido detenidos días antes de las protestas, razón por la cual explicó que las reseñas tomadas en esa ocasión fueron utilizadas de manera inapropiada para el caso.
El fallo también analizó la cadena de la custodia de pruebas, así como la elaboración de plantillas fotográficas utilizadas para los reconocimientos, pero concluyeron que estas presentaron fallas que generaron dudas sobre la fiabilidad del procedimiento empleado.

“Obtuvimos sentido del fallo absolutorio a favor de jóvenes que protestaron en el estallido social y que habían sido señalados de terrorismo y violencia contra servidor público. Los pusieron a estrenar la cédula en una cárcel, hoy celebran en libertad”, indicó Rubén Darío Acosta Ortiz, defensor de Elkin Duván Peña Maldonado, Deiver Daniel Gómez y Juan David López.
Así las cosas, se espera que la lectura del fallo se lleve a cabo el próximo 19 de febrero de 2025.
Condena por incendiar CAI en Bogotá
Un juzgado especializado de Bogotá emitió sentencias contra Edwin Raúl Murcia Rodríguez y Kevin Sebastián Hernández Socha por su participación en los ataques al CAI del barrio La Aurora, en la localidad de Usme, durante las protestas del estallido social en mayo de 2021. El asalto a la estación fue el 4 de ese mes.
Ambos fueron condenados por los delitos de terrorismo agravado y violencia contra servidor público. Durante el juicio, se presentaron pruebas documentales y testimoniales que demostraron la responsabilidad de los acusados en los ataques contra 15 policías que se encontraban refugiados en medio de las violentas movilizaciones en el CAI.
Según lo que informaron las autoridades, los agentes de la institución fueron agredidos con piedras, palos y bombas incendiarias, conocidas como “molotov”, mientras se resguardaban en las instalaciones del CAI, ubicado al suroriente de la capital colombiana.
El juez quinto especializado de Bogotá determinó que, aunque no se pudo demostrar más allá de toda duda razonable la participación de los acusados en los delitos de daño en bien ajeno agravado y empleo o lanzamiento de sustancias u objetos peligrosos, sí se estableció su responsabilidad en los ataques directos a los policías. Por este motivo, fueron absueltos de los cargos de daño en bien ajeno agravado, como informó Semana.
Los testimonios de los policías fueron cruciales en todo el proceso y en el juicio. Los agentes relataron cómo los manifestantes rompieron vidrios y arrojaron bombas incendiarias que destruyeron el lugar, además de quemar una motocicleta de la Policía.
Los policías también recordaron que fueron golpeados con diversos objetos y amenazados con ser quemados vivos si no abandonaban el CAI.
En 2021, la Fiscalía sostuvo que existían pruebas contundentes que vinculaban a estas personas con los hechos. De hecho, el fiscal delegado explicó, en ese momento, que los detenidos tenían como objetivo atentar contra la integridad de los policías, y querían impedir que estos cumplieran con su función de garantizar la seguridad y la convivencia pacífica en la comunidad.
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