En la mañana de este martes 3 de diciembre de 2024, la Corte Suprema de Justicia notificó la condena a cinco años de prisión contra César Mauricio Velásquez, exjefe de prensa de la Casa de Nariño, y Edmundo del Castillo, exsecretario jurídico de Palacio, durante la administración de Álvaro Uribe Vélez, por el delito de concierto para delinquir.
La decisión fue dictada por la magistrada Rosa Elena Suárez Díaz, conjuez de la Sala Penal del alto tribunal, quien ratificó el fallo condenatorio contra los dos exmiembros del gabinete de Uribe, por este escándalo que marcó el periodo presidencial del actual líder del partido Centro Democrático.
“La Sala encontró que los argumentos esgrimidos por los impugnantes no logran demostrar yerros atribuidos al tribunal, que por primera vez halló penalmente responsables de la conducta de concierto para delinquir a los enjuiciados César Mauricio Velásquez y Edmundo del Castillo Restrepo, razón para que el fallo condenatorio sea confirmado”, declaró la juez en la audiencia.
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Del mismo modo, la togada manifestó que los dos condenados “no realizaron ninguna referencia a la dosificación de la pena o al examen de los subrogados penales que efectuó el tribunal (...) aspectos que destaca la Sala son objetivos que están sustentados adecuadamente y se ajustan a la normativa que establece”.
Tanto Velásquez como del Castillo quedaron sin posibilidad de otros recursos judiciales, por lo que el primero fue llevado a un establecimiento carcelario donde cumplirá una pena de 63 meses de prisión, mientras que el segundo exfuncionario fue cobijado con medida de detención domiciliaria, debido a su constante presencia en todas las audiencias realizadas en el país.
“En su labor de protección de garantías, la Sala ha verificado la integridad del trámite y el contenido completo de las decisiones de fondo registradas durante el proceso, sin encontrar ninguna violación significativa que exija un pronunciamiento”, se lee en el fallo emitido por la Corte Suprema de Justicia.
De acuerdo con el informe presentado por el periodista Daniel Coronell, de W Radio, de los siete magistrados habilitados para votar la decisión, cinco fueron a favor y dos presentaron salvamento, al considerar que la prescripción de la acción penal estaba surtida, es decir, que los dos procesados no podían ser nuevamente condenados por la justicia.
Así fue la investigación contra los exfuncionarios de Álvaro Uribe
La decisión se refiere al caso judicial por un supuesto plan de desprestigio contra las altas cortes, así como por la investigación del conocido caso de chuzadas del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), en el año 2007, durante el conocido caso de la parapolítica.
Los dos funcionarios habían sido declarados como responsables en septiembre de 2021, por el Tribunal Superior de Bogotá, al mencionar que fueron parte de una organización criminal para obtener información y así elaborar un plan de desprestigio contra la labor de la Corte Suprema en esa época, así como a los opositores del Gobierno de Uribe.
“La Sala subrayó que los actos aislados de los acusados, como recibir documentos o asistir a reuniones, no pueden desvincularse del contexto global del impacto criminal”, señaló el tribunal bogotano en su momento.
También, el tribunal de justicia resaltó que Velásquez había participado en las reuniones donde varios integrantes del gabinete del líder de derecha planeaba dar golpes mediáticos al alto tribunal, donde se recogieron información relacionada con los casos de Paseo y Yidispolítica.
Entre tanto, Edmundo del Castillo había sido vinculado en el caso Paseo, en la que una de las asesoras recogió información con supuestas irregularidades del viaje de los magistrados a la ciudad de Neiva en esa época.
César Mauricio Velásquez se encuentra en Roma, luego de ejercer como embajador colombiano en el Vaticano, designado por Álvaro Uribe, en la que vivido bajo la protección del Opus Dei de la Pontificia Universidad de la Santa Croce de Italia.
Se espera que la Corte Suprema de Justicia pedirá en extradición al exfuncionario para que pueda cumplir su condena en territorio colombiano.