La Fiscalía General de la Nación identificó a siete presuntos integrantes de una red delincuencial dedicada a la captación y explotación de menores de edad para la realización de videos con contenido sexual explícito en la ciudad de Cúcuta, Norte de Santander.
Los señalados responden a los nombres de Deysi Liliana Castro Navarro, Héctor Manuel Molina Hernández, Waldo Enrique Miranda Carreño, Carlos Oviedo Villamizar Gelves, Alexander Adolfo Torres Paz, Diego Alejandro Vielma Márquez y Emir Armando González Palacios.
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Estas personas fueron capturadas en un operativo conjunto realizado por el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y la Policía Nacional en una vivienda ubicada en el barrio Comuneros de la ciudad.
Durante las diligencias, las autoridades lograron rescatar a cinco adolescentes que, según las investigaciones preliminares, estarían siendo explotadas sexualmente. Las víctimas fueron puestas bajo la protección del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf), que se encargará del restablecimiento de sus derechos y la atención psicológica y social correspondiente.
En el operativo, las autoridades incautaron diversos elementos de prueba, entre los que se destacan un dispositivo de grabación de video digital, un computador portátil, varios teléfonos celulares, discos duros, y 98 documentos de identificación pertenecientes a ciudadanos colombianos, venezolanos, guatemaltecos y chilenos, así como licencias de conducción y otros documentos, lo que podría indicar un esquema más amplio de delitos relacionados con la falsificación de documentos.
Un fiscal de la Seccional Norte de Santander presentó a los capturados ante un juez de control de garantías. Durante la audiencia, les imputó los delitos de trata de personas, pornografía con menor de 18 años, proxenetismo en menor de edad y falsedad material en documento público. Sin embargo, los imputados no aceptaron los cargos.
Detalles de la diligencia
El fiscal del caso, detalló que en octubre de 2024 la Policía Nacional realizaron un registro de allanamiento en dicho domicilio, “encontrando un establecimiento que presta servicios de contenido sexual”.
El fiscal detalló que el dueño del lugar es Waldo Enrique Miranda Carreño, donde también se encontraba Emir González Palacios, quien fue hallado con dos menores de edad en el apartamento.
“Dentro del apartamento también se encontraba el señor Carlos Oviedo Villamizar teniendo relaciones sexuales con menores”, detalló el fiscal del caso.
Cómo denunciar casos de explotación sexual a menores de edad
El Icbf como la Fundación Renacer hacen un llamado a la ciudadanía para que informe cualquier situación sospechosa a las autoridades competentes. Las entidades resaltan la importancia de utilizar los canales de denuncia establecidos, como la línea 123 de la Policía, el 122 de la Fiscalía o la línea nacional 141 del Icbf.
En primer lugar, se recomienda que la denuncia se presente ante la Fiscalía General de la Nación, donde el menor afectado puede estar acompañado por un familiar o un adulto responsable. En caso de falta de acompañamiento, la Fiscalía asignará un Defensor de Familia para asistir al menor durante el proceso.
En segundo lugar, las denuncias pueden ser presentadas en los Centros de Atención a las Víctimas de Agresión Sexual (Caivas), las Unidades de Reacción Inmediata (URI), las Salas de Atención al Usuario (S.A.U) y las Casas de Justicia. Si no es posible acudir directamente a la Fiscalía, el Icbf y la Fundación Renacer aconsejan dirigirse al cuadrante de la Policía Nacional del barrio o a la Comisaría de Familia más cercana, quienes canalizarán la denuncia hacia la autoridad competente.

Después de la denuncia, el menor será remitido al Instituto de Medicina Legal para evaluar su estado físico y psicológico. Los Caivas disponen de profesionales médicos para garantizar una atención inmediata y adecuada. Para aquellos que requieran orientación adicional sobre el proceso de denuncia, se sugiere acercarse a la Personería, Defensoría del Pueblo o Consultorios Jurídicos del municipio correspondiente.
Asimismo, se proporcionan referencias legales pertinentes, como la Ley 599 de 2000, artículo 218, que trata sobre el acceso carnal abusivo con menores de 14 años, y la Ley 1236 de 2008, artículo 4, que aumenta las penas en casos de acceso carnal abusivo.
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