
El alcalde de Chía, Leonardo Donoso, anunció mediante el Decreto 345 una modificación en la fecha de inicio de la restricción de vehículos de carga pesada en el municipio. Inicialmente estaba programada para el 29 de abril, pero la medida entró en vigor a partir del lunes 6 de mayo de 2024.
La restricción aplica para automotores con cargas superiores a las 3.4 toneladas y tiene como objetivo principal mejorar la calidad de vida de los habitantes, reducir emisiones y ruido, así como optimizar los tiempos de viaje en las vías municipales, que están colapsadas.
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La normativa establece horarios específicos para la restricción del tráfico pesado. De lunes a sábado, los vehículos de carga no podrán circular desde las 6 de la mañana hasta las 8 de la noche, mientras que los domingos la restricción será de 3 de la tarde a 8 de la noche. El Observatorio de Movilidad del municipio justificó esta medida tras evidenciar un aumento en los tiempos de desplazamiento en Chía.
Sin embargo, se han contemplado 19 excepciones a esta medida, las cuales fueron detalladas por el alcalde Donoso. Estas funcionan así:
Vehículos de carga que podrán circular de lunes a domingo de 6:00 a. m. a 8:00 p. m.
- Camiones que transportan periódico con ediciones del día.
- Oxígeno medicinal en estado gaseoso y líquido.
- Combustibles.
- Desechos sólidos y líquidos.
- Maquinaria o herramienta para atender emergencias en las vías como oleoductos.
- Residentes del municipio.
- Elementos de construcción.
- Vehículos que realizan acarreos dentro del municipio.
- Productos perecederos.
- Flores.
- Vehículos que prestan servicio a personas jurídicas con domicilio en el municipio de Chía.
Vehículos de carga que podrán circular de lunes a sábado entre las 9:00 a. m. y las 4:00 p. m.

- Ganado de lidia.
- Especies pecuarias.
- Especies avícolas.
- Equinos de competencia o exposición.
- Que transporten arroz, maíz, sorgo, soya, caña de azúcar, carne, lácteos, huevos, frutas, verduras y hortalizas.
- Vehículos dotados para el tratamiento de redes de servicios públicos.
- Cargue y descargue de concreto.
Estas son las últimas excepciones
A continuación, los camiones que podrán transitar de lunes a domingo de 6:00 a. m. a 9:00 a. m. y desde las 4:00 p. m. hasta las 8:00 p. m.
- Vehículos de recolección y transporte de leche procesada y sin procesar.
- Grúas.
- Maquinaria de obra pública y privada.

Los conductores y vehículos que se beneficien de estas excepciones deben presentar la documentación necesaria que respalde su actividad comercial. Esto incluye contratos, facturas o remisiones que evidencien que el origen y destino de la carga es el municipio de Chía.
Las vías restringidas para vehículos con más de 3,4 toneladas incluyen:
- Avenida Pradilla desde el sector Colombia hasta el restaurante El Corral en ambos sentidos.
- Avenida Chilacos en ambos sentidos desde la variante Cota-Chía en la glorieta de Shapeli hasta la intersección con la carrera Segunda este
- Vía desde la carrera Novena (límite con Cajicá) en ambos sentidos hasta la intersección con la calle 17 por el sur.
- Están incluidos el anillo vial de las veredas Cerca de Piedra, Fonquetá, Tíquiza y Fagua, así como todas las vías secundarias y terciarias urbanas y rurales del municipio.

Esto fue lo que dijeron los transportadores al conocer la restricción
La Federación de Empresarios del Transporte de Carga, Fedetranscarga, ha presentado una solicitud a la Alcaldía de Chía para modificar la franja horaria con el fin de que se encuentra un espacio que no afecte la operación del transporte de carga ni la movilidad de los residentes de Chía.
Según la Federación, el decreto de la Alcaldía se basa en un estudio de accidentalidad del Observatorio de la Secretaría de Movilidad de Chía, el cual consideran carece de fundamentos, ya que no muestra los parámetros de medición ni la responsabilidad de los camiones en los accidentes.

Además, la Federación señala que el estudio utilizado por la Alcaldía indica que los automóviles están involucrados en el 60% de los accidentes. También critican la falta de una ruta alterna para los vehículos de carga que no estén dentro de las excepciones del decreto, lo que obligaría a transitar en horarios nocturnos, exponiendo a conductores y mercancías a riesgos de seguridad.
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