
La Sala Plena de la Corte Constitucional analizó una demanda en contra del numeral quinto del artículo 154 del Código Civil que establece que una causal de divorcio en Colombia es el uso habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes, excepto cuando se consuman por prescripción médica.
De acuerdo con el alto tribunal, “quien no consuma drogas dentro de la relación podrá solicitar la disolución del vínculo matrimonial, mas no podrá reclamar el pago de alimentos ni la revocatoria de las donaciones que hubiere hecho al cónyuge consumidor por causa del matrimonio”.
Ahora puede seguirnos en nuestro WhatsApp Channel y en Facebook.
Esta decisión se tomó teniendo en cuenta los derechos al libre desarrollo de la personalidad de las personas involucradas en la relación. Por lo que la persona no consumidora, no tiene ninguna obligación de tener un vínculo con una pareja que no coincida con su proyecto de vida; y el del consumidor, para que no pueda ser sancionado por su comportamiento que tendría un problema fisiológico.

Por lo que la Corte estableció que el numeral quinto del artículo 154 del Código Civil, no da lugar al pago de alimentos previsto ni a la revocación de las donaciones que hubiese hecho por causa del matrimonio el cónyuge que reclama la disolución del vínculo matrimonial, prevista en el artículo 162 del Código Civil.
Esta decisión se tomó luego de que un ciudadano interpusiera una tutela contra ese artículo del Código porque, en su criterio, violaba el derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad y el principio de la dignidad humana.
A lo que la Corte respondió que era necesario resolver la discusión contemplada en la demanda porque se estaba comprometiendo la libertad individual de la persona que consideraba perjudicial convivir con un consumidor frecuente; y al consumidor que podría ver frustrada su conducta en derecho.
Antecedentes de la norma

La decisión va de la mano con un concepto firmado por la Procuraduría General en la que cita que el uso constante de estupefacientes es una causa válida para solicitar el divorcio. Este documento fue presentado ante la Corte Constitucional, durante el debate de las causas de divorcio en Colombia.
“Se trata de una causal de disolución del vínculo matrimonial que hace efectivo el deber de respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios”, mencionó la procuradora Margarita Cabello.
A su vez, desde el Instituto de Bienestar Familia se aseguró que debe mantenerse esa causal de divorcio para proteger los derechos de los menores al interior del matrimonio.
“El Estado, la familia y la sociedad tienen el deber de proteger a los menores de edad frente a condiciones extremas que amenacen su desarrollo armónico, tales como el consumo de sustancias psicoactivas, estupefacientes o alcohólicas”.
Causales por las que puede solicitar el divorcio en Colombia

Según la jurisprudencia del país, existen varias situaciones que le permiten a los ciudadanos presentar una demanda de divorcio ante un juez y así dar por terminada la comunidad de bienes que existía entre los integrantes.
Según el artículo 154 del Código Civil, entre las razones que son aceptadas por la justicia colombiana para presentar la solicitud están:
- Las relaciones sexuales extramatrimoniales de uno de los cónyuges.
- El grave o injustificado incumplimiento por parte de alguno de los cónyuges de los deberes que la ley les impone y como padres.
- Los ultrajes, el trato cruel y los maltratamientos.
- La embriaguez habitual de uno de los cónyuges.
- El uso habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes, salvo prescripción médica
- Toda enfermedad o anormalidad grave e incurable, física o síquica, de uno de los cónyuges, que ponga en peligro la salud mental o física del otro cónyuge e imposibilite la comunidad matrimonial.
- Toda conducta de uno de los cónyuges tendientes a corromper o pervertir al otro, a un descendiente, o a personas que estén a su cuidado y convivan bajo el mismo techo.
- La separación de cuerpos, judicial o de hecho, que haya perdurado por más de dos años.
- El consentimiento de ambos cónyuges manifestado ante un juez competente y reconocido por este mediante sentencia.
Más Noticias
Vicky Dávila y Abelardo de la Espriella ya tienen fecha para oficializar su inscripción en la Registraduría: superaron el millón de firmas
Los dos precandidatos presidenciales convocaron a sus simpatizantes para acompañarlos en la entrega de los documentos que, según instrucciones de la Registraduría, deben estar auditadas y verificadas internamente

Lina Garrido se fue en contra de Vicky Dávila por sus críticas a Abelardo de la Espriella: “Ni Day Vásquez le dio tan duro a Nicolás Petro”
Luego de la publicación de la encuesta presidencial de Invamer, Garrido criticó la postura de Dávila contra De la Espriella, y comparó la intensidad de sus comentarios con los de la expareja del hijo del presidente

Así reaccionó el cantante Giovanny Ayala a la liberación de su hijo tras dos semanas de secuestro: “Gracias a Dios”
El cantante usó su perfil de Instagram para agradecer a Dios y al Gaula de la Policía por los esfuerzos que significaron la liberación de su hijo Miguel Ayala, y su mánager

Estos son los grupos que le ha tocado enfrentar a la selección Colombia en la historia de las Copas del Mundo
En tres de los seis mundiales en los que Colombia participó avanzó a la segunda ronda del campeonato; Brasil 2014 fue la mejor actuación en la historia de la Tricolor

A lo Anuel AA: rapero condenado a más de 10 años usa TikTok para contar su vida en prisión y promocionar su música
El recluso explicó por qué está en la cárcel y ha mostrado su día a día tras las rejas, mientras hace canciones inéditas, lo que ha generado debate sobre el uso de redes sociales en prisión


