Salvatore Mancuso: Fiscalía sentó su postura ante decreto con el que Gustavo Petro lo designa gestor de paz

En un tribunal de Justicia y Paz de Barranquilla se define el siguiente paso para que el exintegrante de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) pueda ejercer como gestor de paz

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Salvatore Mancuso se encuentra recluido
Salvatore Mancuso se encuentra recluido desde e 27 de febrero en la cárcel La Picota de Bogotá - crédito Policía

En una decisión que iría en el mismo sentido de la tomada por Luz Marina Zamora, jueza de ejecución de penas de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá, el magistrado Carlos Andrés Pérez, que hace parte de la sala de este tribunal transicional en Barranquilla, tomó el miércoles seis de marzo de 2024 una trascendental decisión: la de cancelar las 33 órdenes de capturas vigentes en esta jurisdicción contra el ex jefe paramilitar Salvatore Mancuso.

Pérez respondió de esta forma a la intención del Gobierno de que Mancuso, que regresó el martes 27 de febrero al país, oficie como gestor de paz, aunque dejó en claro que su determinación no está directamente vinculada a una decisión de dejarlo en libertad. En este sentido, aún queda pendiente una decisión crucial en cuanto a las medidas de aseguramiento que aún pesan sobre él, que se resolverá en una próxima audiencia, que fue programada para el 13 de marzo.

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“Se ordena cancelar todas las órdenes de captura, lo cual no equivale a una orden de libertad”, indicó el magistrado Pérez, en relación con el exintegrante de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), que está recluido tras su regreso al país —luego de 15 años, nueve meses y 14 días en Estados Unidos— en la cárcel La Picota de Bogotá. Con esta decisión se mostraron de acuerdo tanto el delegado de la Fiscalía General de la Nación, como el de las víctimas.

El ex jefe paramilitar Salvatore
El ex jefe paramilitar Salvatore Mancuso fue designado por el presidente Gustavo Petro como gestor de paz - crédito Mario Caicedo/EFE

Fiscalía: “Decreto firmado por Petro no es vinculante”

En la audiencia quedó expuesta la posición del ente acusador, a cargo de Magaly Álvarez, que manifestó sus observaciones a la decisión del magistrado, en el sentido de que el decreto firmado por Petro y en el que se nombra a Mancuso como gestor de paz no es vinculante. Y que sería necesario analizar caso por caso, en pro de que se garanticen los derechos de las víctimas; aunque reconoció que la decisión final corresponde a la judicatura, en este caso el togado en mención.

Asimismo, en caso de quedar libre, destacó la importancia de poner en consideración las restricciones de movilidad de Mancuso, en especial en los departamentos donde lideró las AUC. “Si Mancuso queda libre, no podría viajar a algunas regiones del país”, indicó el delegado de la Fiscalía; tal y como había quedado expuesto en la audiencia en la capital, que le prohibió moverse por la costa.

Según se ha reseñado en estas diligencias judiciales, sobre Mancuso hay, en la actualidad, 64.047 hechos; de ellos 37.975 que están relacionados con 45 sentencias; además de 29 procesos de imputación de cargos que corresponden a 15.473 sucesos, y, como si fuera poco, 94 audiencias más por efectuarse.

“Libertad no debe obedecer a un discurso político”

A su turno, la procuradora delegada en esta audiencia, Diana Niño, se mostró en desacuerdo con la postura de la Fiscalía y afirmó que una posible libertad del ex jefe de los paramilitares podría verse motivada por un proceder político, que podría estar impulsado desde el Gobierno nacional.

La procuradora delegada Diana Niño expresó las razones por las cuales el tribunal de Justicia y Paz de Barranquilla no debe dejar en libertad a Salvatore Mancuso - crédito Infobae Colombia

“El tema de la de paz no puede y no debe obedecer a un discurso político, o a la mera retórica, sino a la materialización y concreción de actos que lo disuadan a usted señor magistrado”, afirmó Niño. Y dejó en claro la necesidad de que cualquier suspensión de medidas judiciales ocurra dentro del marco de negociaciones de paz o diálogos políticos. Además, reiteró que Mancuso no cuenta con una autorización del Clan del Golfo para oficiar como vocero o facilitador.

Cabe destacar que el lunes cuatro de marzo, la jueza Zamora otorgó libertad condicionada por cuatro años al exmiembro de los paramilitares, a cambio del cumplimiento de unos requisitos: entre ellos, que no puede residir ni visitar ninguno de los departamentos afectados de manera directa con su accionar delictivo, además de presentarse cada tres meses ante el tribunal de Justicia y Paz de Medellín y, el más importante, que no existan otras órdenes de captura vigentes en su contra.

Llamó la atención que en la presente audiencia Mancuso manifestó sufrir unos problemas de tipo cardiaco, por lo que solicitó permiso al magistrado para someterse a un chequeo médico por parte del personal de salud de La Picota; el procedimiento no se extendería por más de 10 minutos. No obstante, dicha solicitud fue negada por parte del togado.

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