
El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Hacienda, expidió el Decreto 2312 de 2023, el cual permite que se actualicen las tarifas del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat).
Con esta norma, la Superintendencia Financiera podrá revelar las nuevas tarifas del Soat que regirán en 2024.
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La medida dictamina la modificación de un apartado del primer artículo del Decreto 2497 de 2022, por medio del cual “se establecen los rangos diferenciales por riesgo del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat)” y se dictan otras disposiciones.
Por ejemplo, mantiene el beneficio de 50% de descuento para las categorías de vehículos: ciclomotor, motos de menos de 100 cc, motos de 100 cc y hasta 200 cc, motocarros, tricimotos y cuadriciclos, motocarros 5 pasajeros, autos de negocios, taxis y microbuses urbanos, servicio público urbano, buses y busetas y vehículos de servicio público intermunicipal.

Así las cosas, desde el 1 de enero de 2024, este tipo de vehículos serían beneficiarios de la tarifa diferencial, “ajustado anualmente por la variación anual de la UVT correspondiente al respectivo año”.
Aunque la Superfinanciera ya ha preparado la tabla de precios e incluso existe un borrador de los precios actualizados, su divulgación estaba condicionada a la autorización gubernamental, según lo estipulado en el artículo 193 del Plan Nacional de Desarrollo.
Tarifas del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito 2024

Las tarifas del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat) varían según el tipo de automotor. Los precios sin actualizar que prevé el Ministerio de Transporte son los siguientes:
Para los autos familiares y/ particulares, los precios son los siguientes:
- Modelos de 10 años o más: Menos de 1.500 c.c.: $242.200 De 1.500 c.c. a 2.500 c.c.: $295.000 Más de 2.500 c.c.: $344.650
- Modelos de menos de 10 años: Menos de 1.500 c.c.: $242.200 De 1.500 c.c. a 2.500 c.c.: $295.000 Más de 2.500 c.c.: $344.650
Para camionetas y camperos, con capacidad máxima de una tonelada:
- Modelos de 10 años o más: Menos de 1.500 c.c.: $429.400 De 1.500 c.c. a 2.500 c.c.: $512.800 Más de 2.500 c.c.: $601.450
- Modelos de menos de 10 años: Menos de 1.500 c.c.: $516.400 De 1.500 c.c. a 2.500 c.c.: $607.600 Más de 2.500 c.c.: $690.400
Para las motos, las tarifas son las siguientes:
- Todas las motos:
- Menos de 100 c.c.: $267.400
- De 100 c.c. a 200 c.c.: $358.450
- Más de 200 c.c.: $ 701.300
A su vez, los motocarros tendrán un costo aproximado de $404.200; no obstante, esas tarifas, establecidas para 2024, podrán variar con base en lo que se determine en el decreto para el 31 de diciembre de 2023.
Una vez se precisen los valores para 2024, esta tarifa será fija para todo el año, lo que significa que, las aseguradoras no están autorizadas para venderlo a un precio menor o mayor del reglamentado.
Sanciones por tener el Soat vencido
Las leyes colombianas contemplan dos tipos de sanciones para los conductores que no tengan el Soat vigente:
- Multa por Soat vencido: Conducir en Colombia con el Soat vencido es una falta al Código Nacional del Tránsito, lo que equivale a una multa de 30 Salarios Mínimos Diarios Vigentes (SMDV), que corresponden a $1.160.000 (valor 2023).
- Inmovilización del vehículo: Entre las sanciones por no tener el Soat activo, las autoridades pueden inmovilizar su vehículo. Con esta sanción tendrá que hacerse responsable del costo del estacionamiento que generará su vehículo y los servicios de grúa. Esto se traduce en gastos adicionales que pudieran ser superiores incluso al monto que debía pagar inicialmente por la renovación de su SOAT.
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