Las autoridades de tránsito en Bogotá seguirán persiguiendo y multando a los conductores de motocicletas y automóviles en los que encuentren calcomanías o colores que no estén registrados en la tarjeta de propiedad del automotor.
Así lo denunció el creador de contenido sobre reglamentación vehicular en Colombia conocido como el Señor Biter, a través de su canal de YouTube “¡Cuidado! La orden es Inmovilizar todo vehículo por calcomanías y color”.
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Después de una reunión que sostuvo el Señor Biter y el concejal Fuchi con el viceministro de Transporte, Carlos Eduardo Enríquez, se logró una circular (20234000000767 del 5-12-2023) por parte de la cartera que aclarara la situación sobre en qué momentos el uso de las calcomanías afecta la apreciación de color predominante y cuál es el proceder que deben cumplir las autoridades tránsito sobre este asunto.
Sin embargo, para la secretaria de Movilidad de Bogotá, Deyanira Ávila, dicha aclaración no afectaría la orden que se tomó de seguir inmovilizando a los vehículos que registren dichos elementos en su carrocería, así no afecte el color predominante.
“No se confíen. Una cosa, al parecer, es lo que dice el viceministro de Transporte y otra, totalmente diferente, lo que dice la Secretaría de Movilidad de Bogotá, que al final lo que pasa en Bogotá termina replicado en todo el país”, precisó el Señor Biter.
Y es que la alerta se dio una vez que la secretaria de Movilidad sostuvo una entrevista el martes 19 de diciembre en la emisora Radio Red, en la que le preguntaron a la funcionaria sobre el tema de las calcomanías en los vehículos.
“El comparendo se impone porque en los tanques de las motos no debe haber calcomanías o algún color que obstruya la visibilidad del tanque o no esté de acuerdo a la tarjeta de propiedad del vehículo. Doy claridad frente a esa situación, los tanques de las motos no deben tener ningún aditamiento sobrepuesto, sobre este tanque; y los vehículos debe aparecer tal cual aparecen en su tarjeta de propiedad”, comentó Ávila.
Ante dicho pronunciamiento, el Señor Biter señaló que las autoridades en Bogotá no tendrán en cuenta lo emitido por el Ministerio de Transporte, puesto que, la orden ya fue tomada y se seguirá inmovilizando aquellos que tenga calcomanías en sus vehículos.
¿Qué dice la circular?
La circular emitida por el organismo nacional de Tránsito pretende atender las situaciones registradas en relación con el control y la vigilancia en vías y el inicio de acciones administrativas e inclusión de la inmovilización de automotores por efecto de la imposición de una falta B7, del Código Nacional de Tránsito.
Sobre el color que se especifica en la tarjeta de propiedad, la circular explica que este (en el caso de las motos) corresponde al de la cubierta del tanque de combustible, carenados diversos (laterales, frontales, de bordes de radiador, si los hay) y puede encontrarse también en la cubierta de elementos mecánicos (esa última no siempre disponible), aclarando que, dependiendo de la configuración, el marco estructural puede ser también visible y podría llevar color para proteger el material o simplemente por razones estéticas.
Es decir, que los componentes del chasis, rines, espejos y mueblería no hacen parte de la carrocería, por lo que sus modificaciones no implicarían cambios en el color estipulado en la tarjera de propiedad.
En cuanto al uso de las calcomanías, la circular señala que: “No existen disposiciones sobre instalación de adhesivos, con excepción de los que instalados en los vidrios del vehículo puedan llegar a impedir la visibilidad (hacia dentro y hacia afuera de los mismos)”.
En otras palabras, que el uso de estos elementos no deber obedecer a una imposición de comparendo B7, solo sí, su empleo no influye directamente en el color predominante y este puede ser detallado con tan solo observarlo.
En caso de que pueda afectar el color predominante del automotor, tanto el Ministerio de Transporte como la norma invitan a los propietarios hacer la modificación de la tarjeta de propiedad para evitar sanciones e imposiciones.
“Colores predominantes diferentes a los registrados en la licencia de tránsito. Se entenderán predominantes los colores no registrados si impiden observar los registrados, o si su área cubierta es superior a aquellos, pues solo en tal caso ameritan ser mencionados en la licencia de tránsito”, dice.
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