
Al principio de la semana, la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip) notificó que el decreto electoral 1702 de 2022 del Ministerio del Interior, tenía varios artículos problemáticos que implican una violación a la libertad de prensa.
Cuando se dio a conocer la alerta emitida por la Flip, el ministro del Interior, Luis Fernando Velasco, aseguró que se trataba del mismo decreto de los años pasados, por lo que cuestionó por qué en años anteriores no se hicieron los mismos reclamos. No obstante, el Gobierno decidió aclarar los alcances de la norma.
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La aclaración se hizo a través de una circular cuyo asunto es: “Precisiones respecto a los artículos 4,7 y 13 del decreto 1702 de 2023″. En el documento, el Ministro de Interior revisó uno por uno los reparos hechos por la Flip y explicó los alcances que tendría el cuestionado decreto.
La circular está firmada por los ministros Luis Fernando Velasco (Interior) e Iván Velásquez (Defensa), así como el viceministro de las TIC Gabriel Jurado. Allí se comienza dando crédito a la labor periodística, además de su importancia tanto a nivel constitucional como en los distintos tratados firmados por el país.

Con base en lo anterior, los ministerios fundamentan los detalles aclaratorios. Por ejemplo, en la parte donde se refiere a las restricciones de entrevistas con “fines político-electorales”, la circular explica que no hace referencia a la labor informativa sino que se refiere a “las comunicaciones públicas con fines electorales o proselitistas durante el día de elecciones”. El documento deja claro que tal restricción “está prevista en las leyes 130 de 1994, 163 de 1994 y 1475 de 2011″ por lo cual no está directamente ligada con la labor periodística de entrevistar a los actores del proceso electoral.
Por el lado del segundo reclamo, el cual está relacionado con la necesidad de tener un permiso de la Registraduría para que los medios de comunicación puedan estar en los puestos de votación cubriendo el proceso, se señala que “las personas que ejercen el periodismo podrán acudir libremente a los puestos de votación con los dispositivos necesarios para realizar su trabajo”. Con lo cual la única restricción establecida es que todo cubrimiento debe hacerse “respetando en todo momento el secreto del voto y sin interferir con este”, tal y como lo dice la Registraduría.
A los hechos se refirió Luis Fernando Velasco indicó que “con la propia Flip, la dirección de democracia de mininterior y la dirección de derechos humanos, nos sentamos a trabajar todo el día, de manera que este evento queda totalmente superado. El objetivo es facilitarle la vida al elector y en vez de quitarle el celular decirle ‘mire cuando esté votando no saque el celular y no le tome fotos’, porque con esa foto es que se cobra lo que hacen las mafias cuando se vota por alguien en especial. Está claro que la prensa puede entrar a los puestos de votación, solo les decimos ‘vaya y regístrese’ para que la Registraduría le entregue una credencial que lo acredite como medio”.
En cuanto al último punto, el cual obligaba a los medios a revelar exclusivamente información de orden público proveniente de fuentes oficiales, la aclaración señala que “los medios de comunicación podrán cubrir sin restricciones, contrastando con fuentes oficiales, la situación de orden público en el país”. Finalmente, se hace un llamado a las autoridades de orden nacional y territorial para que sean garantes de la libertad de prensa, por eso se le pidió a los servidores públicos que no realicen ningún acto de estigmatización en contra de los periodistas, pues “es una forma de violencia que profundiza los niveles de intolerancia y polarización de la sociedad”.
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