
En medio de una creciente expectativa e interrogantes sobre las próximas elecciones de este fin de semana en Colombia, el Gobierno Nacional emitió el pasado viernes 20 de octubre el decreto 1702 de 2023. En este se establece una serie de restricciones clave para garantizar la transparencia y la integridad del proceso electoral.

Una de las medidas más destacadas en el decreto es la regulación del uso de dispositivos móviles durante el acto de votación. Según lo estipulado, se prohíbe estrictamente el uso de teléfonos celulares, cámaras fotográficas y de video en el lugar de votación desde las 8 de la mañana hasta las 4 de la tarde.
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El objetivo de esta regulación es preservar la privacidad y el carácter confidencial del voto, evitando cualquier forma de registro visual que pueda comprometer el secreto del sufragio. Por esto, tampoco puede tomar fotografías de su voto.
Aunque no hay una multa o sanción establecida en el decreto, se presume que las sanciones dependerán de las autoridades locales que se encuentren en ese momento cerca a su puesto de votación.

No obstante, el decreto también establece que las personas que cuenten con su documento de identidad en formato digital y deban presentarlo para ejercer su derecho al voto podrán hacerlo sin restricciones, utilizando sus dispositivos móviles para este fin específico.
También se hace una excepción para los medios de comunicación que hayan obtenido el permiso correspondiente de la Registraduría Nacional del Estado Civil para el uso de estos dispositivos en el lugar de votación. Los periodistas debidamente acreditados podrán utilizar aparatos electrónicos para informar sobre el desarrollo de las elecciones.
¿Qué pasa en caso de que sea jurado de votación?
Otra disposición importante del decreto es que los jurados de votación asignados podrán portar sus teléfonos celulares durante la jornada electoral; sin embargo, no estarán autorizados para utilizarlos en ningún momento, a fin de evitar cualquier posible interferencia o influencia en el proceso de votación.
Además de las regulaciones sobre dispositivos móviles, el Gobierno Nacional ha hecho pública una serie de restricciones adicionales que los ciudadanos colombianos deberán respetar al momento de asistir a las urnas.
Más restricciones para asegurar el orden de la jornada electoral
Otras disposiciones importantes que se incluyen en el decreto están relacionadas con las restricciones para hacer campaña política. Según se establece “a partir el lunes 23 de octubre y hasta el lunes 30 de octubre solo podrán efectuarse reuniones de carácter político en recintos cerrados”.
Por ello, no es posible que los candidatos hagan grandes cierres de campaña invitando a la ciudadanía a participar en ellos durante lo que resta de la semana.
En esta misma línea, durante el día de elecciones está prohibido hacer propaganda, manifestaciones, comunicados y entrevistas con fines electorales. Los medios deberán estar en la tarea de informar a la ciudadanía sobre el balance de la jornada sin compartir proselitismo de los candidatos.

Si bien las personas deben asistir de forma individual a ejercer su voto, hay algunas excepciones al respecto para quienes vivan con limitaciones físicas. Es así como estos ciudadanos pueden ir acompañados hasta el cubículo de votación, sin que la presencia de un tercero implique que se permita violar el secreto del voto.
Las demás restricciones incluyen, entre otras cosas, medidas para garantizar la seguridad y la integridad del proceso electoral, como la prohibición de portar armas de fuego en los lugares de votación y la prohibición de realizar actividades de propaganda política a menos de 100 metros del centro de votación.
El Gobierno Nacional enfatiza la importancia de estas medidas para asegurar un proceso electoral transparente y libre de influencias indebidas, permitiendo a los ciudadanos ejercer su derecho al voto de manera segura y confiable. Con la emisión del decreto 1702 de 2023, Colombia se prepara para un proceso electoral fundamental para su democrática.
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