Embajada de EE. UU. alertó sobre casos en los que se debe reagendar citas para visas

De acuerdo con la oficina consular, las personas que hayan pagado antes del 1 de octubre de 2022 tienen plazo hasta el 30 de septiembre 2023 para realizar los cambios

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La oficina consular del país norteamericano en Colombia confirmó el 30 de septiembre como el plazo para agendar la cita de las personas que pagaron antes del primero de octubre de 2022 - crédito usembassybogota / Instagram

La Embajada de Estados Unidos en Colombia dio a conocer información de interés a tener en cuenta si está esperando la renovación o la cita para la solicitud de la visa con la que puede ingresar al país norteamericano. Aunque en el pasado habían compartido algunas recomendaciones para no demorar el proceso, esta vez confirmó las fechas de plazo para reprogramar citas solicitadas antes del 1 de octubre de 2022.

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A través de un video en su cuenta de Instagram, la oficina consular norteamericana explicó que como consecuencia de la pandemia por covid-19, la embajada había extendido la validez de los pagos de la visa, pero la medida será retirada, por lo que solicitantes deben tener en cuenta la fecha de aplicación.

De acuerdo con la información que compartió la embajada, los solicitantes que comenzaron el proceso antes del 1 de octubre de 2022 deberán programar la cita antes del 30 de septiembre, fecha en la que caduca el pago realizado.

Desde la oficina consular explicaron que las personas que pagaron los estipendios para la solicitud o renovación y que programaron sus citas antes del vencimiento del pago, podrán asistir a la cita aunque se haya programado para una fecha posterior al 30 de septiembre de 2023.

30 de septiembre de 2023
30 de septiembre de 2023 es la fecha máxima para agendar la cita de los solicitantes que pagaron antes del primero de octubre de 2022 - crédito Getty Images

En qué caso revisan las redes sociales de los solicitantes

Desde 2019 es obligatorio compartir información de las redes sociales de los solicitantes, pues en dos casos específicos estas serán revisadas. El hecho de dar a conocer en el momento de la solicitud las cuentas personales de los solicitantes no es un capricho del consulado, sino, todo lo contrario, un requisito a considerar en el momento de autorizar o no la aprobación y emisión del documento.

La medida fue aprobada en 2019 durante el periodo presidencial del republicano Donald Trump. En ese momento, la revisión de las redes sociales fue implementada para algunas personas que eran investigadas por viajar a “zonas terroristas” o “controladas”.

Aunque Estados Unidos ha recibido críticas porque desde varios sectores se plantea que la medida viola la intimidad de las personas, el país norteamericano considera importante mantener la estrategia para verificar los datos de los interesados en ingresar a su territorio.

Al momento de completar el formulario DS-160, los solicitantes del documento deben completar la información requerida sobre las redes sociales y compartir si son usuarios de redes como LinkedIn, Facebook, Instagram, Twitter, Reddit, entre otras.

Si no se completa este paso con total sinceridad, el hecho de omitir esta información puede provocar que el documento sea negado, y, por lo tanto, no poder ingresar a Estados Unidos, pero, aunque no tenga sus cuentas activas, debe especificar si ha contado con perfiles en alguna red social.

Con estas medidas, el Gobierno de Estados Unidos espera verificar que las personas que intentan ingresar al país no hayan publicado contenido que pueda afectar su seguridad como nación y demostrar que no deben ser considerados como un peligro para los ciudadanos estadounidenses.

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