
La cadena de almacenes Falabella dio a conocer que se defenderá por la multa que le impuso la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) por un monto de 153 salarios mínimos mensuales legales vigentes, equivalentes a $177.480.000, debido al incumplimiento en los tiempos de entrega de durante los días sin IVA y en el periodo de aislamiento social de la pandemia por covid-19.
La empresa indicó que la sanción impuesta por la SIC hace referencia al segundo y tercer día sin IVA de 2020, cuando se presentaron inconvenientes en la plataforma de ventas digitales ya que la página web no soportó tantas interacciones al tiempo.
“La venta de nuestro canal de e-commerce excedió las expectativas por cuenta de la alta demanda que generaron las condiciones de salud pública que enfrentaba el país por la pandemia”, declaró la cadena de almacenes a través de un comunicado.
La reconocida marca de origen chileno indicó que respeta la decisión comunicada este 18 de julio por Juan Pablo López, director de investigaciones de protección al consumidor de la Supercomercio, pero que acudirá a los recursos legales para demostrar su inocencia en el caso.
“Esperamos que nuestros argumentos y elementos probatorios sean tenidos en cuenta por la autoridad al resolver los recursos que presentaremos y que nos otorga la ley (...) El respeto por el ordenamiento jurídico y las instituciones colombianas es irrestricto para la compañía y, por lo tanto, seguirá contribuyendo a que las autoridades tomen decisiones en derecho”, sentenció el comunicado emitido por Falabella.
La empresa espera que sus clientes sigan confiando en la efectividad de sus canales digitales de compra y atención, puesto que los problemas presentados durante la pandemia y los días sin IVA ya fueron solucionados.
Los hechos
De acuerdo con la Superindustria, Falabella violó las normas establecidas en el Estatuto del Consumidor, que tienen que ver con las fechas de entrega e incumplió con las órdenes de impartidas por el día sin IVA, que buscaban favorecer a los consumidores y evitar que se les causara daños o perjuicios durante la fecha establecida para incentivar la reactivación económica durante la pandemia del covid-19.
“Falabella de Colombia S.A. fue sancionada por infringir el artículo 6 de la Ley 1480 de 2011 al demostrarse el incumplimiento en los tiempos establecidos e informados para la entrega de los productos adquiridos por los consumidores. De igual manera, la sociedad investigada fue sancionada por no atender las órdenes que le fueron impartidas en relación con la protección del consumidor en el día sin IVA”, sentenció la Superintendencia de Industria y Comercio.
Según la entidad, en la fecha mencionada recibió e investigó varias denuncias relacionadas con incumplimientos en las fechas de entrega de los productos solicitados a través de los canales virtuales de Falabella, además de continuas reprogramaciones, cancelaciones en entregas a los compradores e irregularidades en los canales de atención al cliente en la página web de la cadena de almacenes.
Por otra parte, la SIC indicó que la empresa no informó correctamente a los clientes sobre los derechos que tenían sobre la reversión del pago y tampoco dio a conocer con claridad la disponibilidad de los productos seleccionados por los clientes en las plataformas digitales.
El 10 de junio del 2020, la Superindustria le ordenó a Falabella la implementación de un plan de mejoramiento, que pudiera garantizar la continuidad del negocio en condiciones de calidad. Entre los compromisos que debía asumir la empresa estaban la optimización se su sitio virtual de compras, el ajuste en las fechas de entrega y el fortalecimiento en los canales de atención a peticiones, quejas y reclamos.
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