
El director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), Luis Carlos Reyes, les recordó a los colombianos que queda menos de una semana para que se pasen al Régimen de Tributación Simple. Este mecanismo permite que emprendedores, comerciantes y profesionales puedan realizar sus trámites tributarios de una manera más sencilla, y que dependiendo lo declarado, puede acceder a ciertos descuentos y beneficios. La entidad dispuso un simulador para que las personas puedan hacer el cálculo de lo que deben pagar correspondiente a sus responsabilidades fiscales.
El Régimen Simple de Tributación, explica la DIAN, es un sistema para el pago de impuestos que se declara anualmente, que y se paga con anticipos bimestrales a través de sistemas electrónicos. A este pueden acceder de forma voluntaria, tanto personas naturales como personas jurídicas que cumplan con requisitos como:
- Personas naturales que desarrollen empresa incluyendo profesionales liberales, o personas jurídicas de naturaleza societaria, cuyos socios o accionistas sean personas naturales residentes en Colombia.
- Que en el año gravable anterior hubieren obtenido ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios, inferiores a 100.000 UVT. En el caso de las empresas o personas jurídicas nuevas, la inscripción en el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – SIMPLE estará condicionada a que los ingresos del año no superen estos límites. Las particularidades del cálculo de este valor lo encuentran en el artículo 905 del Estatuto Tributario.
- Que cumplan las obligaciones tributarias de carácter nacional y local.


28 de febrero será la fecha límite para pasarse al Régimen Simple de Tributación
Luis Carlos Reyes, director de la DIAN, recordó que el último día del mes de febrero es la fecha límite para que los colombianos se pasen al Régimen Simple de Tributación, para esto lo único que se debe hacer es actualizar el registro único tributario (RUT):

Desde la Dian detallan que el régimen beneficia mucho a las empresas, empezando por que las hace más competitivas, y dependiendo del volumen de ventas o actividades pueden acceder a ciertos descuentos y beneficios.
El primer beneficio va dirigido a tiendas pequeñas, minimercados, micro mercados y peluquerías que ejerzan su actividad de manera única o exclusiva. Estas no serán responsables del impuesto sobre las ventas.
Otro de los beneficios busca incentivar la bancarización, por el ejemplo, 0.5% de los pagos recibidos por el empresario, a través de tarjetas débito o crédito u otros mecanismos de pagos electrónicos, se descuentan del impuesto a pagar del Régimen Simple de Tributación.
Incluso se descontará el impuesto del 4x1.000, haciendo la salvedad que este no será acumulable con el descuento por pagos electrónicos.
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