Paso a paso para solicitar el permiso temporal de migrantes venezolanos en Colombia

En marzo de 2023, el Permiso Especial de Permanencia (PEP) perderá su validez, por lo cual los ciudadanos venezolanos que aún no cuenten con el estatus deberán solicitarlo

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En el Colegio General Santander
En el Colegio General Santander se atendieron a jóvenes migrantes que cursan grado 11 para que obtengan título de bachiller y el Permiso de Protección Temporal. Foto vía @EdnaBonillaSeba

En marzo de 2023, el Permiso Especial de Permanencia (PEP) dejará de tener validez, por esta razón los ciudadanos venezolanos que se encuentren radicados en el país deberán tramitar el nuevo documento, llamado Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV).

El PEP fue el permiso especial de residencia para los ciudadanos de origen venezolano radicados en Colombia, su objetivo era permitir el tránsito de migrantes venezolanos que se encontraban en el país, este documento tenía una validez por periodos de dos años.

Con el fin de garantizar los derechos de la población venezolana, el PEP fue remplazado por el ETPV, que transita del régimen de protección temporal a uno de carácter migratorio ordinario. Esto significa que, los migrantes que soliciten esta opción podrán residir en el territorio nacional por hasta 10 años, mientras se solicita la visa de residentes.

Este estatus jurídico se encuentra destinado a los venezolanos en situación migratoria irregular que haya ingresado al país por un puesto de control migratorio antes del 31 de enero de 2021, aquellos que ingresaron de forma regular entre el 31 de enero de 2021 y el 28 de mayo de 2023, o aquellos que cuenten con algunos de estos documentos:

  • PIP (Permiso de Ingreso y Permanencia de Tránsito Temporal)
  • PTP (Permiso de Protección Personal)
  • PEP (Permiso Especial de Permanencia)
  • PEP-FF (Permiso Especial de Permanencia para el Fomento de la Formalización)
  • El salvoconducto SC-2, en el caso de estar en proceso de reconocimiento como refugiados

Para solicitar el ETPV se deben seguir los siguientes pasos:

  1. Solicitar el Permiso por Protección Temporal (PPT), el cual se solicita en el portal de Migración Colombia, donde se pueden registrar hasta cuatro personas por familia.
  2. Descargar la constancia de prerregistro
  3. Agendar cita para el registro biométrico presencial
  4. Asistir puntualmente a la cita que le fue asignada, en donde se tomaran las huellas dactilares, reconocimiento facial y del iris
  5. Finalizado este proceso, en un plazo máximo de 90 días Migración Colombia analizará la solicitud y será notificado de la respuesta. En caso de ser positiva deberá presentarse en alguno de los puntos designados donde se realizará un nuevo registro biométrico.

Entre los beneficios que adquieren las personas venezolanas que adquieren este estatuto jurídico, se encuentra: Garantía a sus derechos fundamentales, acceso al servicio de salud (tanto en el régimen subsidiado como contributivo), posibilidad de afiliación al sistema de pensiones, educación (en todos los niveles), así como a la oferta del sector financiero.

También, el estado colombiano se compromete a: la protección integral y prevención de vulneraciones de niños, niñas y adolescentes; libre circulación a lo largo del territorio nacional; acceso en condición de igualdad a la oferta laboral, convalidación de títulos profesionales ante el Ministerio de Educación y tramitar las tarjetas profesionales necesarias para ejercer su profesión.

Para el Estado colombiano es importante poder establecer un registro exacto de los ciudadanos venezolanos que ingresan al país, pues con esta información se generan políticas públicas, programas de integración y asimilación a los migrantes y mejores estrategias de seguridad para la población.

A este respecto, la Cancillería recordó que el objetivo del EPTV es el de regularizar a los más de 2,4 millones de venezolanos migrantes en nuestro país y proteger así los derechos humanos, especialmente de mujeres, niñas, niños y adolescentes migrantes.

Así mismo, vale recordar que este es un mecanismo complementario al régimen de protección internacional de refugiados, que permite llenar los vacíos existentes en este régimen, con base en la realidad migratoria y la capacidad de respuesta que tiene el país en materia institucional, social y económica.

Y como quedó establecido desde un principio, este Estatuto Temporal de Protección tendrá una vigencia de diez años, teniendo en cuenta que la implementación de estas medidas requiere de esfuerzos, económicos, técnicos, físicos y tecnológicos significativos.

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