
La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) continúa repatriando urnas desde distintos países de manera gratuita para los deudos, esto es una forma de apoyar a las familias mexicanas que han perdido un ser querido en el extranjero.
Desde julio de 2020, ante el elevado número de decesos por COVID-19, se instrumentaron los mecanismos especiales de repatriación de urnas, con los que se han trasladado 491 urnas de manera gratuita en beneficio de familias mexicanas de escasos recursos, señaló la cancillería
La semana pasada, la directora general de Protección Consular y Planeación Estratégica, Maki Teramoto, entregó 23 urnas a representantes de gobiernos estatales para trasladarlas al interior de la república y entregarlas a los deudos.
Esas 23 urnas procedentes de Estados Unidos y Noruega tuvieron como destino la Ciudad de México, Durango, Guanajuato, Hidalgo, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Veracruz y Yucatán.

La SRE destacó que con el apoyo de las representaciones consulares, de enero a abril de 2022 han traído a nuestro país a un total de 39 de personas mexicanas fallecidas en el exterior y precisó que además de Estados Unidos y Noruega, las urnas han procedido de Perú y Brasil.
El gobierno mexicano expuso que a través de sus consulados y embajadas, seguirá brindando asistencia consular a las familias de las personas mexicanas que han fallecido en el extranjero y desean repatriar sus restos.
Qué debo hacer para repatriar los restos de un ser querido desde EEUU

Para trasladar restos humanos a México primero deben contratarse los servicios de una funeraria en Estados Unidos quien llevará a cabo el proceso.
La SRE recomienda considerar la cremación de los restos, lo cual puede reducir el costo de los gastos funerarios hasta en un 75%
La cancillería recomienda ponerse en contacto con en el departamento de protección consular con la finalidad de revisar con las opciones que existen. Para recibir esta orientación se debe enviar un correo electrónico a proteccionsea02@sre.gob.mx.
Los familiares del fallecido deben definir una sola persona responsable de llevar el trámite, la cual deberá ser el punto de contacto con el consulado y dar seguimiento al trámite con la funeraria elegida.
Visado para el ingreso a territorio nacional
A efecto de facilitar el traslado o internación de un cuerpo o cenizas humanas a México, es necesario visar y certificar los siguientes documentos en el Consulado de México que corresponda al domicilio del/la finado/a o de la funeraria, para ser presentados ante las autoridades sanitarias mexicanas:
- Acta de defunción que especifique la causa de muerte y lugar de destino final correcto. Si la causa está pendiente/diferida, se debe presentar la carta del forense certificando si la muerte no fue ocasionada por enfermedad contagiosa. (el acta de defunción debe estar apostillada) https://www.sos.ca.gov/notary/request-apostille
- Permiso de traslado internacional otorgado por el Departamento de Salud, especificando el nombre y ubicación de la funeraria que recibe el cuerpo o cenizas, o bien, nombre y ubicación del lugar de disposición final del cuerpo o cenizas.
- Certificado de embalsamamiento o cremación, firmado por el embalsamador o cremador, con su número de licencia. Si existe un “aka” (also known as)también debe aparecer en el certificado de cremación o embalsamamiento.
- Acta de defunción apostillada
- Permiso de tránsito de cadáver y/o cenizas expedido por la autoridad de salud del estado
- Certificado de embalsamamiento (no es necesario en caso de cremación)
- Certificado de no enfermedades contagiosas (no es necesario en caso de cremación)
- Certificado de cremación (solo en caso de cremación)
Una vez que la funeraria entregue la documentación revisada en original, el consulado la devolverá lista con visados al siguiente día hábil. Los tiempos de traslado, dependerán totalmente del servicio funerario contratado, aclara la SRE.
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