![Amado Yáñez argumentó que el](https://www.infobae.com/resizer/v2/OQRXOHMBBRHKJOHMGTOL2S3LCM.jpg?auth=8a25fa5ed5c67675216a681fd5c9567ddb3f12eda2c0e413650202f5b742a82a&smart=true&width=350&height=197&quality=85)
Una jueza federal ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR) dejar sin efecto el proceso penal por el cual se inculpaba a Amado Yáñez Osuna, dueño de Oceanografía, por su presunta responsabilidad en el delito de defraudación fiscal.
El empresario argumentó que el ilícito ya había prescrito, pues, a pesar que el Ministerio Público Federal computó el plazo de seis años a partir del 25 de mayo del 2016, Yáñez afirmó que éste habría iniciado el 30 de abril del 2013 - fecha en la cual se cometió el acto.
El magnate calificó de desacertado el hecho de que se considerara la fecha del emisión del dictamen del Servicio de Atribución Tributaria (SAT) como punto de partida del plazo para la prescripción de la acción penal.
De esa manera, Luz María Ortega Tlapa, jueza Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal, concedió la protección de justicia al magnate; una resolución que, de igual modo, deja sin efecto la dictada el 7 de septiembre del 2020.
Asimismo, la magistrada determinó que se vulneraron los derechos del imputado, por lo cual ordenó la emisión de un nuevo fallo, debidamente fundado y motivado.
![La jueza ordenó presentar un](https://www.infobae.com/resizer/v2/UL3OG3FHGJHIJJARUTBVUE7SP4.jpg?auth=300e2e2aed83689afdbd936b83720fa66a1ee87e1ef1e78f61e899666eb30463&smart=true&width=350&height=197&quality=85)
El máximo órgano de justicia mexicano señala a Amado Yáñez por reportar ingresos menores a los obtenidos en la declaración anual del 2012, estimándose una evasión de 117 millones 7444 mil 669 pesos.
Cabe señalar que en marzo del 2021, Yáñez Osuna obtuvo una suspensión provisional contra la vinculación a proceso por la misma incidencia, pero por un monto de 150 millones de pesos.
Ante ello, el Juzgado solicitó a las autoridades un informe justificado sobre el acto reclamado: el auto de vinculación a proceso del 2 de diciembre del 2020, el cual deberá rendir en 15 días a partir de que se reciba el oficio del acuerdo, informó La Jornada.
Además, pidió que todas las partes reportaran si el agraviado ha promovido distintos juicios de amparo que se vinculen con el acto reclamado y que derive de la carpeta judicial o de investigación, así como comunicar “oportunamente” cuando hayan terminado los efectos de los actos reclamados o se actualice una causa de improcedencia.
![Se presume que en 2012,](https://www.infobae.com/resizer/v2/BLC3UIZAGJGNLCKHYX5JVCPIA4.jpeg?auth=e8de02c99859ed52dd65d2beca1bcebb0ae592fbfc69434ee980375ce970c23e&smart=true&width=350&height=233&quality=85)
El entonces principal accionista de Oceanografía, empresa que solamente tenía a Petróleos Mexicanos (Pemex) como su único cliente, fue acusado por la Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF) de defraudación fiscal equiparada.
El empresario declaró alrededor de 68 millones de pesos por ingresos acumulables cuando, de acuerdo con la indagación, obtuvo ingresos de aproximadamente 395 millones de pesos.
Fue así que un juez de control, con sede en el Reclusorio Sur, lo vinculó a proceso en diciembre del 2020 por causar perjuicio al fisco federal. Como medidas cautelares se le impuso la presentación periódica trimestral y una garantía económica de casi 300 mil pesos.
No obstante, el magistrado le concedió la protección de la justicia con el objetivo de que el juez de control se abstenga de dictar la resolución de apertura de la etapa oral, hasta que sea notificado sobre la sentencia del juicio de amparo.
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