TEPJF prohibió a AMLO difundir propaganda en “las mañaneras” durante el periodo electoral

Las conferencias matutinas del presidente no se suspenderán durante las elecciones 2021, aunque el TEPJF fijó los criterios para concesionarias de radio y televisión

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El presidente López Obrador ha
El presidente López Obrador ha expresado en más de una ocasión su informidad con que se le "limite" de opinar de las campañas (Foto: Cuartoscuro)

Durante las campañas electorales y hasta el día de la jornada electoral, el próximo 6 de junio, tanto el presidente Andrés Manuel López Obrador como los gobiernos de cualquier nivel y sus funcionarios, tienen prohibido difundir propaganda gubernamental por cualquier medio o modalidad de comunicación social. Así lo informó este miércoles el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

A través de un comunicado, el órgano especializado agregó que, por estar el proceso electoral en curso, tampoco se podrá dar entrevistas, conferencias de prensa, en ninguna de las 15 entidades federativas donde se elegirá gobernador o gobernadora.

Sesión virtual del TEPJF (Foto:
Sesión virtual del TEPJF (Foto: Twitter/TEPJF_informa)

Sin embargo, el TEPJF señaló que sí se podrán hacer difusión en algunas excepciones constitucionales de propaganda gubernamental como son servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia, entre otros.

No se suspenderán las mañaneras

En este sentido, las conferencias matutinas del jefe del Ejecutivo no se suspenderán durante las elecciones 2021, resolvió el TEPJF, aunque fijó los criterios para concesionarias de radio y televisión y funcionarios públicos, para que limiten los mensajes que se transmitan y eviten la difusión de propaganda de gobierno y otro contenido electoral.

Foto: @lopezobrador_ / Twitter.
Foto: @lopezobrador_ / Twitter.

“La información generada durante las conferencias de prensa, organizadas por funcionarios públicos, en todo momento deberá tener fines informativos, por lo que no está permitida la exaltación, promoción o justificación de algún programa o logro obtenido en los gobiernos local o federal o de alguna administración específica”, se lee en el comunicado.

En caso de no respetar dicha resolución, las y los magistrados concluyeron que, el mandatario, así como las concesionarias de radio y TV que difundan las mañaneras, corren el riesgo de violar el artículo 41 de la Constitución, que ordena suspender en periodo electoral la difusión en medios de propaganda gubernamental.

Durante la sesión pública, el magistrado ponente de la sentencia, Felipe Alfredo Fuentes Barrera, dijo que las violaciones a la ley electoral y a la voluntad popular de elegir gobernantes destruyen la democracia.

Revisaran sanciones por Spots en Hidalgo y Coahuila

(Foto: Twitter/TEPJF_informa)
(Foto: Twitter/TEPJF_informa)

Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Federación TEPJF, revocó las sanciones impuestas a concesionarias por la transmisión íntegra en radio y televisión, en 2019 y 2020, de conferencias matutinas del presidente de la República en entidades en las que se estaba efectuando un proceso electoral.

Medios públicos como el Canal Once y el Sistema Público de Radiodifusión, impugnaron la decisión de la Sala Regional Especializada, que los sancionó por difundir de manera íntegra las mañaneras de López Obrador, ello durante procesos electorales locales.

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