![El decreto 2242 de 2022](https://www.infobae.com/resizer/v2/MEXLGJ6U65G2DI3RZQMQQFASZE.jpg?auth=5d1588b3f4e800f1630ee1336bd2ecbcb7b6dcadfb4917dc770f6df9e7c3fb2d&smart=true&width=350&height=233&quality=85)
A mediados de diciembre de 2022 llegó al Consejo de Estado una demanda interpuesta por el representante a la Cámara del Centro Democrático, José Jaime Uscátegui, contra la expedición del decreto 2242 de 2022, el cual permitió la creación de una Comisión Intersectorial para estudiar los casos de jóvenes detenidos en protestas que podrían ser liberados y designados como gestores de paz.
Sin embargo, este martes 3 de enero se conoció que el alto tribunal rechazó dicho recurso interpuesto por el congresista opositor. En los argumentos expuestos, el magistrado Roberto José Serrato, que está a cargo del despacho encargado de revisar el documento, determinó que este no contaba con todos los requisitos para ser estudiado.
Al respecto, el togado precisó que el accionante no involucró como partes demandadas “a todas las entidades que suscribieron el acto acusado ni a sus representantes” y tampoco es clara al determinar si esa demanda va en contra de todo el decreto o solamente sobre algunas de sus disposiciones.
La respuesta del Consejo de Estado también pone de manifiesto que, pese a que la demanda expone las infracciones que estaría cometiendo este decreto, no hay un pleno desarrollo de los argumentos por los cuales esa reglamentación debe declararse en nulidad.
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Sobre esto, la respuesta del tribunal dice que “no formula ni desarrolla en debida forma los cargos y el concepto de violación (…) en tanto que de la lectura de la demanda se advierte que los planteamientos fundamentalmente se encuentran orientados a cuestionar la constitucionalidad de Ley 2272 de 2022”.
Cabe mencionar que el recurso elevado por el integrante de la bancada opositora pide que ese decreto sea anulado bajo el argumento de que es inconstitucional.
Dicha figura, así como la Comisión Intersectorial para la Promoción de Paz, la Reconciliación y la Participación Ciudadana, permite a la rama ejecutiva el estudio de casos de jóvenes que fueron detenidos en el marco del paro nacional de 2021, y su posterior liberación para después designarlos como voceros de paz para la resolución de conflictos a nombre del Gobierno nacional.
Finalmente, el Consejo de Estado le dio un plazo máximo de 10 días a Uscátegui para que revise su demanda y haga las correcciones pertinentes. Dicho periodo empezará a regir tan pronto la Rama Judicial vuelva de su vacancia; es decir, el miércoles 11 de enero. De no cumplir con esa condición, la demanda será rechazada.
Cabe recordar que el pasado 14 de diciembre, el congresista dio a conocer la presentación de esta demanda sobre la inconstitucionalidad, según él, de la Paz Total establecida como política de Estado.
“Confiamos en que la Corte Constitucional nos dé la razón porque el trámite de la ley estuvo mal hecho, se cometieron vicios graves, no contábamos con el concepto del Consejo Superior de Política Criminal que era una exigencia legal obligatoria, y esperamos que la Corte en unos meses nos dé la razón”, dijo Uscátegui.
Acto seguido, se pronunció justamente sobre la demanda presentada ante el Consejo de estado, entendida como “una suspensión temporal de ese decreto que expidió el presidente de la República, de forma también ilegal”. En dicho anuncio, sostuvo que el ministro de Justicia, Néstor Osuna, “actuó de mala fe” y hasta dijo que lo denunciaría por prevaricato.
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