Retoma del Palacio de Justicia: la JEP fija fechas de audiencia del general (r) Jesús Armando Arias Cabrales

Determinarán si sus declaraciones satisfacen las exigencias para mantener su sometimiento ante la JEP y el Sistema Integral para la Paz

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Este miércoles 8 de junio,
Este miércoles 8 de junio, la Jurisdicción Especial para la Paz negó una revisión de la condena contra el general (r) Jesús Armando Arias Cabrales por el caso del Palacio de Justicia. FOTO: Colprensa

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas citó para los días 23, 24 y 25 noviembre de 2022 al general (r) Jesús Armando Arias Cabrales a una audiencia única para hacer un aporte temprano y exhaustivo de verdad de manera presencial.

La JEP explicó que esa audiencia, que será pública, se garantizará la participación de las víctimas tanto presencial como virtualmente.

Una vez se lleve a cabo esta audiencia, la Sala deberá evaluar los aportes de verdad del general retirado sobre los hechos concernientes con la retoma del Palacio de Justicia y determinar si los mismos satisfacen las exigencias para mantener su sometimiento ante la JEP y el Sistema Integral para la Paz”, expuso la JEP.

Es importante recordar que en julio del 2022 la Sección de Apelación revocó el beneficio provisional de libertad otorgado inicialmente al general retirado Arias Cabrales y condicionó el mantenimiento de su sometimiento en la JEP a un aporte inmediato a la verdad plena.

Para la realización de esta audiencia la Sala, cumpliendo una orden de la Sección de Apelación de la JEP, creó la Subsala Especial F, con los magistrados Claudia Rocío Saldaña (ponente), José Miller Hormiga y Camilo Andrés Suárez (en movilidad desde la Sección de Primera Instancia para Casos de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad).

Esta decisión se tomó en vista de que, tras dos años de hacer su sometimiento a la JEP y concedérsele la libertad, el general no ha cumplido con su obligación de esclarecer los hechos relacionados con la retoma del Palacio de Justicia ni atendió el llamado que le hiciera en dos ocasiones la Comisión de la Verdad”, declararon desde la Jurisdicción Especial para La Paz - JEP -.

<b>En contexto</b>

En 2014 el general (r) Jesús Armando Arias Cabrales fue condenado a 35 años de prisión por la desaparición forzada de Carlos Augusto Rodríguez Vera, Bernardo Beltrán Hernández, Luz Mary Portela León, David Suspes Celis e Irma Franco Pineda.

De acuerdo con la demanda aceptada por la JEP, al encontrarse nuevos hechos como la aparición de los restos, es necesario revisar la condena. Arias Cabrales era el comandante de la Brigada XIII del Ejército Nacional que tuvo a su cargo el desarrolló de la operación militar en la que murieron más de un centenar de personas entre el 6 y el 7 noviembre de 1985.

El general Arias Cabrales fue el primer mando militar condenado por la toma del Palacio de Justicia, acción que fue adelantada por la guerrillera del M-19 y que fue denominada: “Operación Antonio Nariño por los Derechos del Hombre” y tenía como fin hacerle un juicio mediático al presidente Belisario Betancur, a quien este grupo responsabilizaba por haber roto la tregua pactada un año antes en el marco del proceso de paz que el gobierno adelantaba con los grupos guerrilleros.

El Ejército Nacional, con el fin de liberar a los rehenes y retomar el palacio, atacó el lugar durante las siguientes 28 horas a la toma. En medio de los combates, murieron 33 guerrilleros, 13 miembros de la fuerza pública y 43 civiles, entre quienes se cuentan 10 magistrados de la Corte Suprema de Justicia y su presidente, Alfonso Reyes Echandía.

Desde el 10 de octubre de 2008 Arias Cabrales permanece privado de la libertad. Según la Corte Suprema de Justicia, que dejó en firme la condena en 2019, las órdenes de Arias Cabrales demostraban que él fue el conductor del operativo y dominador de la acción, dispuso y ordenó la retención y custodia de los retenidos, de aquellos que salieron vivos del Palacio de Justicias, en medio de una acción que él personalmente dirigió conforme al ‘Plan Tricolor’ y al convenio de sus superiores.

Fuente: JEP

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