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El caso de Andrea Cortés Guarín, la primera patrullera trans en la historia de la Policía Nacional colombiana, tuvo una nueva resolución en su caso. Un juzgado dejó en firme la decisión de destituirla e inhabilitarla por 11 años de su cargo luego de que, el año pasado, se le acusara de haber cometido un hurto. La mujer denunció que se le estaban vulnerando los derechos al debido proceso, sin embargo, la autoridad confirmó que eso no sucedió. El juzgado aseguró que en ningún momento hubo vulneración de sus derechos fundamentales y que estos fueron plenamente garantizados por la oficina de control disciplinario interno de la Policía Metropolitana de Bogotá.
Es así entonces que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ratifica la decisión de un juez que negó por improcedente la tutela que había instaurado la patrullera Andrea Cortés Guarín, en contra de la Policía Metropolitana de Bogotá. Ella pretendía revocar la sanción que le había sido impuesta. La uniformada fue acusada de haberse llevado una crema de una droguería del Centro Comercial Titán Plaza, en el norte de la capital del país, sin pagar.
“No hay incongruencias entre lo dicho y visto en los videos (...) Se identifica que la funcionaria de la Policía (la patrullera Cortés), en un descuido de la señora (la encargada de la farmacia), toma la crema del contorno de ojos y la mete en una bolsa (...) y se retira sin pagarla”, se concluyó en el juicio disciplinario.
Cortés había impugnado la decisión del Juzgado 38 de Bogotá bajo el argumentó, además, de una presunta discriminación por parte de la autoridad por su género y si identidad. “No vale la pena seguir luchando en una institución que a una mujer trans la ve como antinatural. La gente no se imagina por todo lo que me ha pasado”, destacó en un video para sus redes sociales.
“Ahora bien, conforme al recuento citado previamente sobre el proceso disciplinario que se adelantó en contra de la señora Andrea Cortes Guarín, encuentra la Sala que la tutela no cumple con los presupuestos para entrar a estudiar sobre los pretendido por el accionante, el cual tiene por objeto que se declare la nulidad del acto que rechazó la recusación, no obstante, este es un acto de trámite dentro de un proceso que ya culminó con una sentencia condenatoria sobre la cual responsabilizó disciplinariamente e impuso la destitución e inhabilidad por un tiempo de 11 años a la disciplinada”, se lee en la consideración del magistrado.
Fue en una audiencia llevada a cabo el 4 de octubre de 2021 cuando el jefe de la oficina asesora jurídica de la Policía profirió sentencia de primera instancia. Allí declaró responsabilidad disciplinaria en contra de Andrea Cortés Guarín, por haber robado la ya mencionada crema facial. El fallo en contra de la mujer destacaba que la entonces uniformada había tomado una crema de contorno de ojos que ascendía a los ”141.000 pesos para su beneficio propio”. Cortés, por aquellos días, se defendió y manifestó que había pagado todos los productos que había tomado el establecimiento, es decir, una caja de gasas y unas pastillas para el dolor de cabeza, todo con un costo de 13.000 pesos.
“Le digo que sí, que me la llevo. Entonces ella (la vendedora), me pasa una bolsa para que yo empaque los productos cancelados. No sé si por razones del covid ella no empacó, yo soy la que guardo en la bolsa el Migrinon y la crema, pago y me retiro del establecimiento”, aseguró en la diligencia judicial, en la que no aceptó los cargos. Para el diario El Tiempo, el equipo de defensa de la patrullera aseguró que pondrían el caso en conocimiento de la Procuraduría porque, de acuerdo con ella, hubo acciones transfóbicas, homofóbicas y racistas en contra de Cortés.
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