![El ministro de salud de](https://www.infobae.com/resizer/v2/6KZUHN36NJAPNC4L53JFENJBMQ.jpg?auth=0f4d55683971293e4e7cb63b7c123603c847eada98747eabad70218a6a7baac5&smart=true&width=350&height=233&quality=85)
Tras una segunda ratificación del ministro, durante el programa de acción y prevención de la Presidencia de la República, de no acatar el fallo de tutela que exigía pedir la prueba de COVID-19 a viajeros que lleguen a Colombia, muchos se preguntan si el funcionario podría ir a la cárcel por no cumplir con la decisión del juez 11 de Bogotá.
Según la ley colombiana, y abogados consultados por medios como el diario El Tiempo, por el momento, el ministro no irá a la cárcel, pues tiene un plazo de 96 horas para cumplir el fallo.
De acuerdo con el medio, los expertos señalaron que, aunque el funcionario declaró públicamente que no es posible cumplir el fallo de tutela, aún no se vence el plazo que dictamina la ley para decretar el incumplimiento; por lo cual, solo hasta cuando se cumpla ese plazo, el juez que falló la tutela entrará a resolver el incidente de desacato. Incluso, en el análisis de los expertos, se habló de un posible llamado al ministro Ruíz para rendir cuentas de su actuación y poder explicar sus razones para no poder cumplir el fallo.
El penalista Pedro Nel Escorcia señaló a El Tiempo que, “si no cumple la tutela, es un hecho que entra en desacato y puede enfrentar las consecuencias legales. Pero eso aún no ha ocurrido”.
El representante del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, Francisco Bernate, por su parte, indicó que no solo el Ministerio de Salud debería cumplir con el fallo, sino también todos los funcionarios que se desempeñan en Migración Colombia, quienes son los responsables de verificar los documentos de las personas que ingresan al país.
Otro abogado consultado fue Marlon Fernando Díaz, quien explicó que, de darse el desacato a la acción de tutela, la sanción sería el arresto hasta de 6 meses y una multa de hasta de 20 salarios mínimos mensuales.
“La solicitud de aclaración a un fallo de tutela o su impugnación no suspende el cumplimiento del fallo, el que debe darse dentro de término perentorio fijado por el juez, que normalmente es de horas”, añadió Díaz.
En su análisis, el diario El Tiempo destacó que el caso podría llegar hasta una compulsa de copias a la Fiscalía, para que se investigue un posible delito de fraude a resolución judicial.
Así mismo, dice el medio que, en caso de que el Gobierno haga una impugnación de la sanción impuesta al ministro, la tutela tendría que ser revisada por el superior del juez que dio el fallo. Sin embargo, en medio de ese proceso, el ministro no estaría a salvo de los efectos de la tutela y las órdenes impartidas por el juez.
Durante su intervención, Ruiz aseguró que las órdenes del juzgado generan una afectación sobre la estrategia sanitaria de contención de la epidemia que se ha desarrollado durante todo el año. Además, afirmó que el fallo genera una limitación sobre la autoridad sanitaria, por lo que se toma la decisión de declarar la imposibilidad de cumplimiento.
Por lo tanto, el ministro Ruiz aseguró: “Para las personas que están viajando a Colombia, queremos decirle que mientras está situación surta en todo el proceso legal, podrán seguir viniendo a Colombia sin tomar la prueba PCR y sin tener que ser sometidos a una cuarentena obligatoria de 14 días.”
El presidente Iván Duque también afirmó que es imposible cumplir la orden que considera contraria a la evidencia científica soportada y sustentada. Asegura que obedece, además, a criterios evolutivos del comportamiento de la pandemia.
“Aquí no hay ningún interés distinto al de seguir avanzando en una estrategia que le mantenga al país la protección de la vida y la salud, que mantenga una reactivación segura, acorde con los lineamientos de la OMS, la OPS, y con un criterio epidemiólogo y de infectología”, aseguró el mandatario.
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