Justicia uruguaya condenó a nueve militares retirados por torturas ocurridas durante la dictadura

Todos fueron encontrados culpables de reiterados delitos de privación de libertad, abuso de autoridad y lesiones graves; entre las víctimas estaba el médico Vladimir Roslik, el último asesinado de la dictadura

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Nueve militares condenados por el
Nueve militares condenados por el caso Roslik (APU)

Nueve militares uruguayos fueron condenados a penas de entre 11 y 15 años de cárcel por torturas cometidas durante la última dictadura militar del país (1973-1985). Fueron juzgados por causas conexas al asesinado del médico de San Javier Vladimir Roslik, que fue muerto en tortura en 1984 y fue el último crimen de la dictadura.

San Javier es una localidad del departamento del Río Negro, que tiene costa hacia el Río Uruguay y es limítrofe de Argentina. Por este motivo la audiencia judicial de este lunes fue en Fray Bentos, la capital departamental. La instancia se llevó a cabo a sala repleta. El juez Claudio de León leyó la sentencia durante más de cuatro horas y también pidió perdón, en nombre del Estado, por lo hecho durante la dictadura uruguaya.

Las condenas fueron para Óscar Mario Roca, Dardo Ivo Morales y Abel Pérez, que fueron sentenciados a 15 años y seis meses de prisión, como consignó El Observador. Héctor Caubarrerre y Jorge Soloviy fueron condenados a 14 años y seis meses. Daniel Castellá y Rodolfo Costas a 13 años y seis meses. Luis Estebenet a 11años y seis meses.

Audiencia el caso Roslik, que
Audiencia el caso Roslik, que juzgó la actuación de nueve militares en la dictadura uruguaya (APU)

Se les atribuyeron reiterados delitos de privación de libertad, abuso de autoridad y lesiones graves.

El médico militar Eduardo Saiz fue condenado también a 13 años de prisión. Se lo encontró culpable de haber participado de las sesiones de tortura, al controlar el estado de los detenidos y la posibilidad de seguir recibimiento tormentos.

El juez Claudio de León aceptó el pedido del fiscal especializado en Crímenes de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe, al establecer las sentencias. El magistrado analizó las descripciones de cada uno de los métodos de tortura relatados por los testigos y las consecuencias para determinar su tipificación, consignó la crónica de La Diaria.

“Los hechos relatados por la Fiscalía fueron sobradamente probados”, dijo el juez en la audiencia judicial. De León rechazó los argumentos que planteaban que los militares estaban siendo juzgados por el cargo que cumplían sin relación directa entre los acusados y los hechos investigados, y destacó las pruebas que habían en su contra.

El juez Claudio de León
El juez Claudio de León al leer la sentencia del caso Roslik en Uruguay (APU)

Es casi imposible pensar que el jefe de un batallón no supiera quiénes eran los detenidos que se encontraban en el batallón”, expresó el magistrado, en referencia a Rocca, uno de los militares condenados. A Caubarrere, en tanto, lo identificó como el responsable del comando que llevó adelante el operativo de 1984. En cuanto al médico Saiz, describió que su participación “fue crucial” para la represión y planteó que el delito imputado no podría haberse cometido sin su participación.

Las conductas desplegadas por los imputados constituyen crímenes de lesa humanidad”, señaló el juez al leer la sentencia.

Esta causa abarcó dos olas represivas contra ciudadanos de ese pueblo de Río Negro. El primero fue en 1980, en el marco de la convocatoria a un plebiscito impulsado por los dictadores que pretendían una reforma constitucional para legitimarse. Montaron la trama de que existía en San Javier una célula comunista con vínculos con el Partido Comunista y la Unión Soviética. Unos 20 habitantes de la localidad fueron detenidos y torturados.

Otro operativo que se investigó en esta causa judicial ocurrió en abril de 1984, cuando los militares crearon el relato de que existía un submarino que trasladaba armas rusas a San Javier y señalaban como líder de esa célula al médico Roslik, que fue asesinado el 16 de abril de 1984.

El asesinato de Roslik no fue juzgado en esta causa porque en 2021 la Suprema Corte de Justicia de Uruguay consideró que su causa no podía reabrirse en el ámbito penal porque ya había sido laudado en la Justicia Militar.

Un Tribunal de Apelaciones definirá ahora si cumplen prisión efectiva o van a prisión domiciliaria.

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