La Corte Constitucional de Ecuador anuló la aplicación del estado de excepción en las cárceles del país

El tribunal argumentó que el Gobierno no justificó de manera suficiente en el decreto original la necesidad de declarar el estado de excepción en las cárceles ni en ese municipio

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Fotografía de archivo de un
Fotografía de archivo de un escuadrón de policías al proteger la entrada principal de la sede de Corte Constitucional del Ecuador, en Quito (EFE/José Jácome)

La Corte Constitucional de Ecuador dejó sin efecto la aplicación del estado de excepción en las cárceles del país, anulado dentro de la prórroga decretada este martes por el presidente Daniel Noboa. El fallo del máximo tribunal de garantías también recortó el alcance geográfico de la medida, que ahora solo se mantiene en Quito y siete provincias del país.

El estado de excepción más reciente había sido expedido el 12 de abril por 60 días. El martes, Noboa firmó su prórroga por 30 días adicionales, sin embargo, en cumplimiento del fallo emitido por la Corte el 26 de mayo —divulgado esta semana—, el Ejecutivo excluyó a los centros penitenciarios y al municipio de Camilo Ponce Enríquez, un enclave de minería ilegal en el sur andino que figura como uno de los principales focos de violencia vinculada al crimen organizado.

El tribunal argumentó que el Gobierno no justificó de manera suficiente en el decreto original la necesidad de declarar el estado de excepción en las cárceles ni en ese municipio. “El objetivo final del estado de excepción es garantizar el orden público, la paz social y la convivencia pacífica de los ciudadanos”, señaló la Corte en su resolución.

“Por ello, las actuaciones de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas deben respetar el ordenamiento jurídico aplicable, incluyendo los derechos humanos de toda la población”, remarcó.

Noboa firmó su prórroga por
Noboa firmó su prórroga por 30 días adicionales (REUTERS/Karen Toro)

La decisión judicial también declaró inconstitucional la suspensión del derecho a la libertad de reunión y cuestionó el uso del estado de excepción para autorizar operaciones conjuntas entre militares y policías. Según el tribunal, las reformas legales recientes permiten esa cooperación sin necesidad de recurrir a medidas extraordinarias.

Desde enero de 2024, cuando Noboa declaró al país en “conflicto armado interno” contra las bandas criminales, el Ejecutivo ha renovado en varias ocasiones los estados de excepción, medida que la Corte ha calificado como un uso reiterado y desproporcionado de una herramienta extraordinaria. En un fallo anterior, el tribunal ordenó la creación de un comité técnico para evaluar la necesidad de mantener el régimen, pero el Ejecutivo no cumplió con esa instrucción.

La exclusión de las cárceles del nuevo decreto ocurre mientras las prisiones siguen siendo epicentro de la crisis de seguridad. Más de 500 reclusos han muerto en enfrentamientos entre bandas desde 2021. El Gobierno ordenó la militarización de los centros penitenciarios tras la captura de líderes del crimen organizado y el estallido de motines y atentados a nivel nacional.

La exclusión de las cárceles
La exclusión de las cárceles del nuevo decreto ocurre mientras las prisiones siguen siendo epicentro de la crisis de seguridad (EFE/Jonathan Miranda)

La nueva prórroga solo se aplica a Quito y a siete provincias: Guayas, Los Ríos, Manabí, Santa Elena, El Oro, Orellana y Sucumbíos. En estas regiones, continúa la suspensión de derechos como la inviolabilidad del domicilio y la correspondencia, y se mantiene el toque de queda nocturno en varios municipios.

El Ejecutivo impulsa una legislación complementaria para apoyar la ofensiva contra el crimen. El sábado, la Asamblea Nacional aprobó una ley que permite otorgar “indultos anticipados” a militares y policías procesados por su actuación en el contexto del conflicto contra bandas que el Gobierno califica como “terroristas”, incluyendo grupos disidentes de las FARC.

(Con información de EFE)

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