
La representación legal del exministro José Luis Ábalos ha centrado su recurso ante el Tribunal Supremo en los vínculos personales, familiares y profesionales del exdirigente socialista, como argumento para solicitar la revisión de su situación de prisión provisional en el contexto de la causa ‘caso Koldo’. De acuerdo con información de Europa Press, la defensa subraya que Ábalos reside habitualmente en España, donde su domicilio es ampliamente conocido, y mantiene relaciones laborales estables y obligaciones familiares, incluida la custodia de su hijo menor durante los fines de semana. En este marco, el recurso reclama que la Sala de lo Penal del alto tribunal conceda la libertad al exministro, al considerar que no existe un riesgo real de fuga vinculable a la proximidad del juicio por presuntas irregularidades en la adjudicación de contratos públicos para la adquisición de material sanitario en el Ministerio de Transportes.
El documento presentado por la defensa y citado por Europa Press sostiene que la privación de libertad con carácter cautelar debe observar un principio de excepcionalidad. La defensa afirma que se debe priorizar el estudio de medidas menos restrictivas que el encarcelamiento. Indica que pasar de alternativas a la prisión provisional basándose en “vaguedades y excusas procesales” equivale a vulnerar lo dispuesto en el artículo 17 de la Constitución española, que protege el derecho a la libertad personal. Además, resalta que el riesgo de fuga, motivo alegado para justificar esta medida, debe ser una posibilidad constatable y evidente para cualquier persona, incluso que no tenga conocimientos jurídicos.
Según el recurso difundido por Europa Press, los abogados de Ábalos consideran que la adopción de la prisión provisional en estas condiciones representa un “uso irrazonable del derecho”. Según ellos, el magistrado instructor, Leopoldo Puente, ha tomado una decisión alejada de la ponderación y los límites racionales que deben guiar la restricción de derechos fundamentales. El texto del recurso plantea que cuando una medida judicial se aparta de los límites del sentido común, se produce un ejercicio inadecuado de la potestad jurisdiccional.
Europa Press reportó que, el pasado jueves, el juez Puente ordenó la prisión provisional sin posibilidad de fianza tanto para el exministro como para el que fue su asesor, Koldo García. El instructor justificó la decisión alegando la existencia de un riesgo “extremo” de fuga relacionado con el inminente inicio del juicio y con la gravedad de los hechos investigados, entre los que figura la presunta manipulación de concursos públicos del Ministerio de Transportes durante la pandemia. La petición del fiscal alcanza hasta 30 años de prisión para Ábalos, dato que el juez consideró determinante para valorar el riesgo de que el acusado intentara evitar el procedimiento judicial.
El recurso recogido por Europa Press insiste en que las condiciones personales de Ábalos contrastan con el argumento utilizado por el juez para justificar la prisión provisional. El letrado defiende que el arraigo social y familiar del exministro, junto a la escrutabilidad pública de su localización, disminuyen cualquier posibilidad real de fuga. El exdirigente socialista fue enviado a prisión en el marco de la investigación sobre adjudicaciones irregulares de contratos públicos para la compra de material sanitario en la primera etapa de la pandemia, una causa que implica a varios cargos y exfuncionarios del Ministerio de Transportes. La defensa solicita la excarcelación inmediata de Ábalos, resaltando que toda medida restrictiva de la libertad debe estar debidamente motivada y no resultar desproporcionada en relación a los fines perseguidos.
El escrito, según describe Europa Press, pide al Tribunal Supremo que examine de manera urgente la legalidad y la proporcionalidad de la prisión provisional. Argumenta que el peligro de fuga citado por el juez carece de fundamento objetivo, dada la situación profesional, domiciliaria y familiar del exministro. De acuerdo con la defensa, medidas cautelares alternativas resultarían suficientes para garantizar la presencia de Ábalos ante la justicia, en caso de que resulten necesarias para la instrucción o para el desarrollo del juicio oral.
Además, el recurso denuncia que la privación de libertad ha sido motivada por una interpretación amplia y subjetiva de las normas procesales, sin que se haya demostrado con hechos concretos un riesgo substancial de que el exministro evada la acción de la justicia. La defensa llama la atención sobre la obligación de respetar los derechos fundamentales de las personas investigadas, incluso durante la tramitación de procedimientos penales de especial trascendencia social o mediática.
Las diligencias judiciales por las que Ábalos permanece en prisión responden a una investigación sobre adjudicaciones de contratos relativos a material sanitario, con sospechas de faltas administrativas graves y posible corrupción. El proceso judicial ha alcanzado a altos cargos del sector público y generado un debate respecto al uso de la prisión provisional en casos de corrupción política, según apunta Europa Press. Tanto la defensa como sectores jurídicos han incidido en la importancia de respetar la presunción de inocencia y la proporcionalidad de las medidas cautelares, en especial cuando los acusados presentan arraigo y condiciones que, en principio, deberían excluir la prisión como regla general antes del juicio.
Europa Press indica que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo deberá decidir si modifica la situación procesal de Ábalos tras valorar los argumentos presentados por su representación legal y el contexto global del procedimiento. El caso permanece bajo seguimiento en la opinión pública, a la espera de la respuesta del Alto Tribunal y del avance de la instrucción sobre los supuestos delitos relacionados con la compra de material sanitario.

