
La jueza de Catarroja (Valencia) que investiga la causa de la dana ha acordado, a petición de una acusación particular y la popular que ejerce Compromís, requerir la identificación para sus posteriores citaciones como testigos de los escoltas y el chófer asignados al presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, el 29 de octubre de 2024 entre las 15.00 y las 21.00 horas.
La magistrada considera necesario si dichos testigos "efectivamente pudieron oír algunas de las llamadas o los comentarios a raíz de ellos", en alusión al jefe del Consell y a la entonces consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, investigada en la causa, al igual que el que fuera si 'número 2', Emilio Argüeso.
Entiende la instructora que es extrapolable a estos testigos los argumentos recogidos en el auto de la Audiencia Provincial que ordenó la práctica de la testifical de la periodista Maribel Vilaplana, que comió el día de la dana con el presidente de la Generalitat.
En el auto, facilitado este viernes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), la jueza señala como "hecho indiscutible" la "voluntad" de Salomé Pradas "de mantener contacto con el presidente de la Generalitat".
"Este punto lo refrenda el acta notarial aportada por la defensa de Pradas, que establece cuatro categorías en las llamadas, partiendo, no solo de sus manifestaciones, sino también del cotejo con las que constan en el teléfono y las subsiguientes impresiones de las llamadas", apunta.
Así, en el acta notarial se dice que se recogen las llamadas entrantes y salientes del teléfono de Pradas y se especifica: "Con indicación de día (29 de octubre de 2024), horas, si es entrante o saliente, duración, si es cancelada (no se pudo realizar la conexión) o perdida (no se respondió)."
"Es decir, --explica la magistrada-- se diferencia claramente entre la última categoría (no se respondió) lo que efectivamente haría referencia a que no se contestó por el receptor, frente a la denominada llamada cancelada, en la que la investigada no pudo realizar la conexión, le fue imposible".
Para la instructora, el hecho de que fuera la propia Pradas quien optara voluntariamente por cancelar las llamadas "no se desprende en modo alguno del acta y lo que es igualmente relevante, una de las dos últimas llamadas canceladas, la de las 19:10, se produjo precisamente en un intervalo temporal de 37 minutos (entre las 18:57 h y las 19:34 h) sin ningún tipo de comunicación del president con ninguna persona".
"Llamada cancelada y verificada en el acta notarial durante dicho periodo, lo que puede derivar igualmente de que el teléfono esté apagado, o de que el teléfono esté en modo avión o de que el contacto hubiera sido bloqueado por el receptor. No hay constancia de ninguna imposibilidad técnica para efectuar las llamadas entre el presidente y quien fue su consellera", apostilla.
Asimismo, prosigue la resolución judicial, a las 19:34 h se reanuda la comunicación del president, pero no con Salomé Pradas, "quien efectuó una llamada a las 19:36 horas, pero en el listado de llamadas está cancelada, en definitiva, que no pudo tampoco realizar la conexión".
"La posibilidad de que la misma Salomé Pradas hubiera cancelado esas llamadas que aparecen como 'canceladas' con Carlos Mazón no se corresponde con la clasificación expresada de las llamadas que se efectúa en el acta notarial aportada por la defensa", incide.
La jueza Nuria Ruiz Tobarra hace notar, además, que, "a medida que avanzaban las horas, la necesidad de actuación se habría convertido en más imperiosa para la señora Salomé Pradas, dado el largo tiempo en la toma de decisión de la alerta, y el mismo criterio ha de aplicarse respecto de la voluntad de contactar con el presidente, lo que efectivamente no pudo realizarse hasta en tres ocasiones".
De esa "voluntad de contactar dan buena fe las llamadas a las 16:29, 19:10 y las 19:36 horas, las cuales aparecen como 'llamadas canceladas' en el acta notarial". "A las 19:43 horas se efectúa una llamada por el presidente a la consellera y se produce una llamada del president a la consellera a las 20:10 horas, un minuto antes de materializarse el envío del sistema Es-Alert".
"INFORMARSE SOBRE EL ENVÍO INMINENTE DEL ES-ALERT"
En este punto, dice que hay que tener en cuenta que el envío del mensaje Es-Alert tardó en realizarse por el técnico "en solo 2 minutos y 35 segundos", por lo que el hecho de que Carlos Mazón "pudiera informarse sobre el envío inminente del Es-Alert, es perfectamente plausible".
"El estudio de dichos extremos, las circunstancias que se estaban produciendo en esos momentos cruciales y la posibilidad de que dicho chófer o escoltas pudieran oír al president de la Generalitat al comunicarse telefónicamente con la entonces consellera de Justicia e Interior o los comentarios que el president pudiera hacer a raíz de dichas conversaciones, es perfectamente posible y hace plenamente necesaria dicha prueba", justifica.
Lo anterior, apunta la magistrada, implica que se lleve a cabo un previo requerimiento a la Mesa de Les Corts al objeto de que remitan los datos que identifiquen a dichos testigos, chófer y escoltas, en los términos solicitados por la representación de Compromís.
Por contra, la instructora cree que no procede la citación como testigos de los bedeles del Palau de la Generalitat, dado que la posibilidad de que pudieran haber oído algún tipo de comunicación es "muy escasa".
Por otra parte, recuerda, ya se ha acordado la obtención de imágenes de la entrada de Carlos Mazón al Centro de Coordinación de Emergencias, con constancia de la hora de su llegada.
Junto a este auto se ha dictado una diligencia de ordenación en la que la letrada de la Administración de Justicia (LAJ) da cuenta de la recepción y traslado a las partes de diversos informes remitidos por la Conselleria de Emergencias en contestación a requerimientos judiciales.

