
La provincia de Mendoza avanzó este martes con la aprobación de una reforma al estatuto del Empleado Público y modificará la forma en la que se contratará personal en el Estado. Tras un empate en la Cámara de Senadores, la vicegobernadora Hebe Casado desempató y dio luz verde al proyecto que había enviado el gobernador Alfredo Cornejo.
En ese sentido, la votación entre los senadores terminó con 19 votos afirmativos y la misma cantidad de negativos. De esta manera, se validó la reforma parcial del Estatuto General del Empleado Público, vigente desde 1973, que ya contaba con media sanción de la Cámara de Diputados.
En síntesis, la propuesta oficial tiene como fundamento la necesidad de actualizar el marco regulatorio vigente desde hace más de 50 años. Según diversas explicaciones oficiales, las sucesivas transformaciones en áreas como salud, educación y seguridad, junto a reformas jurisprudenciales impulsadas tanto por la Suprema Corte de Justicia de Mendoza como por la Corte Suprema de la Nación, generaron superposiciones y contradicciones que dificultaban la interpretación y aplicación uniforme de la normativa para el empleo estatal.

En el tratamiento del proyecto, Walther Marcolini, presidente de la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, sostuvo que la iniciativa busca actualizar, clarificar y ordenar una normativa con más de cinco décadas de antigüedad, en respuesta a “interpretaciones erróneas o intentos de desinformación”, según explicó durante el debate legislativo.
Durante el debate, la vicegobernadora Hebe Casado tuvo un rol central al decidir el avance definitivo del proyecto. El empate en la Cámara de Senadores, con 19 votos a favor y 19 en contra, reflejó la paridad y la controversia en torno a la iniciativa. Los votos positivos provinieron del bloque oficialista, encabezado por Natacha Eisenchlas, mientras que los rechazos fueron encabezados por Ariel Pringles, Flavia Manoni y Germán Vicchi (Unión Mendocina), Dugar Chappel (Partido Verde), Armando Magistretti (Partido Demócrata-Libertad Avanza) y Adriana Cano (bloque Justicialista). El cierre de las exposiciones estuvo a cargo de Eisenchlas, quien detalló los principales cambios técnicos introducidos por la reforma.
Qué cambios se aplicarán para los empleados públicos en Mendoza
Uno de los puntos más relevantes del nuevo régimen es la modernización de los artículos iniciales del Decreto Ley 560/73, extendiendo su alcance y garantizando un marco uniforme para quienes hasta ahora estaban excluidos de la carrera administrativa. Además, se reconoce jurídica y expresamente la figura del personal de planta interino, hasta ahora relegada a la práctica administrativa y sin respaldo legal claro. Esta nueva categoría está amparada por una “estabilidad impropia”, similar a lo que prevé la Ley de Contrato de Trabajo para el sector privado, aunque distinta de la protección plena que mantiene el personal efectivo que ha concursado y accedido a la planta permanente.
Marcolini aclaró en el recinto que, bajo la nueva normativa, quienes accedan a cargos vacantes como interinos estarán protegidos hasta tanto se realicen los concursos correspondientes. Los agentes ya concursados conservan la estabilidad y los derechos previstos. En materia de estabilidad, la diferenciación resulta más marcada: los efectivos tienen derecho a reincorporación tras suspensiones o sanciones revertidas, mientras que para contratados e interinos, esa garantía desaparece, estableciéndose derechos y límites precisos para cada condición.

El texto sancionado también modificó las indemnizaciones, que previamente podían llegar al 150% del salario anual para quienes superaban los 10 años de servicio y al 200% para quienes superaban los 20, ahora pasan a calcularse de forma uniforme: un 100% de la remuneración por cada año de antigüedad, con un tope de 30 días para su liquidación. El cálculo de la antigüedad será exclusivamente sobre los años bajo relación de dependencia y aportes previsionales, excluyendo prestaciones bajo locaciones de servicios o figuras autónomas.
La protección ante sanciones también experimenta cambios sustanciales. El régimen disciplinario refuerza el derecho de defensa en acciones graves como cesantías y exoneraciones, pero impide la judicialización de sanciones leves, lo que, según los defensores de la reforma, busca evitar la saturación del sistema con reclamos de baja gravedad. En la misma línea, se simplifican los mecanismos de recursos y se derogan procedimientos recursivos considerados obsoletos. Ahora, regirá el procedimiento administrativo común previsto por la Ley 9003 y se mantiene el acceso a las vías administrativas y judiciales solo ante el agotamiento de esos procesos internos.
Otro aspecto relevante es la derogación del artículo 90 del Estatuto anterior, que permitía, según constaba, la existencia de “cargos hereditarios”. Esta práctica, obsoleta pero aún vigente en la letra de la norma, habilitaba la incorporación de familiares directos —viuda o hijos— en caso de fallecimiento del agente estatal titular de un cargo. Con esta eliminación, se pretende fortalecer la igualdad de acceso a la función pública y evitar privilegios incompatibles con los principios constitucionales.
A estas reformas se encontraron rechazos de sectores gremiales, que manifestaron que la reforma afecta derechos adquiridos y flexibiliza el régimen de estabilidad de los empleados públicos. Los dirigentes sindicales sostuvieron durante la jornada que la nueva figura del personal interino puede dar lugar a situaciones de mayor precarización, y cuestionaron la eliminación de privilegios indemnizatorios y de reincorporación que históricamente protegían a los trabajadores frente a decisiones administrativas y desvinculaciones.
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