
El Ministerio de Educación (Minedu) estableció nuevos montos para la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) de la primera escala magisterial de la Carrera Pública Magisterial, la remuneración mensual de profesores contratados bajo la Ley N° 30328 y el incremento de la asignación por jornada de trabajo adicional para cargos directivos y jerárquicos docentes.
Las medidas se formalizaron mediante el Decreto Supremo N° 277-2025-EF, refrendado por la ministra de Economía y Finanzas, Denisse Azucena Miralles Miralles, y el ministro de Educación, Jorge Eduardo Figueroa Guzmán. De esta manera, se da cumplimiento a la Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto 2025, que autoriza incrementos salariales para el magisterio en dos tramos: marzo y noviembre.
Carrera Pública Magisterial: profesores contratados recibirán S/3.500,70 mensuales
De acuerdo a la norma publicada, la RIM por hora de trabajo semanal-mensual para la primera escala magisterial se fijó en S/116,69. Este valor funciona como base de cálculo para las siguientes escalas de la carrera.
Para los profesores contratados según la Ley N° 30328, la remuneración mensual por una jornada de 30 horas se establece en S/3.500,70 para los niveles de educación inicial, primaria y secundaria en Educación Básica Regular, Educación Básica Especial, Educación Básica Alternativa y Educación Técnico Productiva.
Además, los coordinadores en el Programa No Escolarizado de Educación Inicial (PRONOEI), la Oficina Nacional Diocesana de Educación Católica (ONDEC) y la Oficina Diocesana de Educación Católica (ODEC) recibirán una remuneración de S/4.667,60 mensuales.
- Jornada de 30 horas semanales (todas las modalidades y niveles): S/3.500,70 mensuales.
- Profesores contratados que laboran menos de la jornada establecida reciben remuneración proporcional a las horas contratadas.
- Profesores contratados como Coordinadores PRONOEI o Docentes Coordinadores en ONDEC/ODEC: S/4.667,60 mensuales.

Asignaciones adicionales para directivos en la Carrera Pública Magisterial aumentan, según Minedu
El decreto también dispone un incremento de la asignación para quienes ocupan cargos directivos, jerárquicos o de especialista en educación. Para un docente de 30 horas en la primera escala, la asignación por jornada adicional será de S/1.166,90, mientras que en la octava escala la cifra llegará a S/2.450,49.
Estos montos aplican para los encargados de instituciones multigrado, polidocentes, así como para directores de instituciones unidocentes en los niveles inicial y primaria.
Asignación por Jornada de Trabajo Adicional (profesor de 30 horas):
- Octava escala: S/2.450,49
- Sétima escala: S/2.217,11
- Sexta escala: S/2.042,08
- Quinta escala: S/1.750,35
- Cuarta escala: S/1.516,97
- Tercera escala: S/1.400,28
- Segunda escala: S/1.283,59
- Primera escala: S/1.166,90

Compensación extraordinaria docente se mantiene vigente
La norma dispone que la implementación de los incrementos se financiará con recursos previstos por el Decreto Legislativo N° 1440 y la Ley N° 32498, de acuerdo con la opinión favorable de la Unidad de Planificación y Presupuesto del Minedu y la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas.
Esta última unidad del Minedu actualizará de oficio los nuevos montos en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP).
Finalmente, el decreto supremo también deroga los artículos 1, 2 y 3 del Decreto Supremo N° 049-2025-EF y precisa que la compensación extraordinaria transitoria, creada por la Ley N° 29944 y dirigida a los docentes, no se encuentra sujeta a cargas sociales ni tiene carácter pensionario, resultando aplicable mientras el docente permanezca en el cargo y escala designada.


