
Una nueva ley promulgada por el Congreso determina que los comités de autodefensa sean reconocidos, armados y entrenados por las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional para “desarrollar actividades de autodefensa en el centro poblado, distrito y provincia declarados en estado de emergencia” como parte de los intentos por luchar contra la inseguridad ciudadana, el terrorismo y el tráfico de drogas.
La norma publicada en El Peruano tiene como particularidad que no tiene la firma del presidente José Jerí. Solo tiene las de Fernando Rospigliosi y Waldemar Cerrón como representantes del Congreso.
Comités serán armados por la PNP y Fuerzas Armadas
Según el texto promulgado, a partir de ahora los comités de autodefensa (CAD) recibirán escopetas de un solo cañón o mono-tiro por parte de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, quienes además deberán capacitar y entrenar a sus integrantes en el uso adecuado de este tipo de armamento.
“Las armas y municiones de los comités de autodefensa y desarrollo rural (CAD) son proporcionadas por los comandos militares, previa autorización expresa del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas”, se indica en la norma publicada esta mañana.
Esto cambia la forma en la que cada Comité obtiene sus armas, pues desde el junio del 2022, una ley -también promulgada por insistencia por el Congreso- indicaba que estas agrupaciones podrían armarse por medio de la compra o donación de armamento de uso civil por parte del Estado o de particulares.
En ambos casos se ha indicado que la Sucamec será la institución encargada de generar un registro de todo el armamento que poseen los integrantes de los comités de autodefensa y regular su uso. Por disposición de la ley, ahora este tipo de armas solo podrá ser utilizado dentro de la jurisdicción del centro poblado, distrito o provincia al que pertenezcan estas organizaciones.
Sin embargo, aunque se reconoce que la conformación de estos grupos de autodefensa es espontáneo, también se indica que son transitorios y su reconocimiento -además de la dotación de armas- solo se producirá si la provincia, distrito o centro poblado son declarados en emergencia por el Estado.

“Los comités de autodefensa y desarrollo rural (CAD) se ubican en zonas declaradas en estado de emergencia; para su reconocimiento son acreditados y reconocidos por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y registrados en la respectiva municipalidad”, se indica en el texto.
Servicio militar “no acuartelado”
La ley establece que los comités de autodefensa y desarrollo rural (CAD), en coordinación con los comandos militares, pueden seleccionar a ciudadanos en edad militar para integrarse durante un año a estas organizaciones.
Según la norma promulgada, el periodo de servicio en los CAD se reconoce como cumplimiento del servicio militar voluntario no acuartelado, siguiendo la legislación vigente. Este sistema permite que los ciudadanos contribuyan a la seguridad y autodefensa de su localidad durante el tiempo estipulado, sin necesidad de realizar el servicio en centros de instrucción o cuarteles. Al finalizar el año de participación, el cumplimiento equivale formalmente a haber realizado el servicio militar voluntario bajo la modalidad no acuartelada.



