
La concesionaria Rutas de Lima S.A.C. acató la orden judicial y anunció la suspensión inmediata del cobro de peaje en las unidades de Villa y Punta Negra, tras recibir la notificación de una orden judicial emitida por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Pachacámac.
A través de un comunicado, mencionaron que el cobro, reanudado el domingo 2 de noviembre a las 00 horas, volverá a ser suspendido tras la nueva decisión judicial, la cual consideraron que “añade aún mayor arbitrariedad al trato recibido por parte del Estado peruano”.
Aclararon que la operación de peajes en otras estaciones a cargo de Rutas de Lima, como Huaylas, San Pedro, Arica y Quebrada Seca, continuará desarrollándose con normalidad, debido a que no existe resolución judicial en su contra.
En ese sentido, solicitaron la intervención de la fuerza pública para garantizar la integridad y seguridad de sus trabajadores y del personal asignado “ante posibles movilizaciones o conmoción social en estas unidades”. “La empresa y sus accionistas se reservan todos sus derechos frente a los actos del Estado peruano”, concluyeron.

En respuesta a la decisión judicial, la Municipalidad Metropolitana de Lima emitió este miércoles un pronunciamiento en el que reafirma la validez de la medida adoptada por el Poder Judicial y rechaza los argumentos de la concesionaria, al considerar que desacató la orden al reanudar los cobros el pasado 2 de noviembre.
“Rutas de Lima se valió de una apelación para desconocer la sentencia que reconoció la existencia de una vulneración a la libertad de tránsito de los ciudadanos, en contra de las leyes vigentes, en perjuicio de los derechos y el legítimo reclamo de los vecinos”, subrayó la MML.

El conflicto entre la empresa concesionaria y el Estado ha escalado en las últimas semanas, a raíz de la disputa jurídica sobre la validez de los contratos de concesión, el monto de las tarifas y el alcance de los peajes urbanos en la ciudad de Lima. De acuerdo con información accedida por Infobae, el proceso judicial responde a una demanda de habeas corpus interpuesta por la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, que obtuvo una sentencia favorable de primera instancia.
¿Por qué se ordenó la suspensión inmediata?
La suspensión inmediata del cobro de peajes en Villa y Punta Negra por parte de Rutas de Lima S.A.C. se ordenó porque el Juzgado de Investigación Preparatoria de Pachacamac consideró que se cumplían los requerimientos legales para aplicar la “actuación inmediata” de la sentencia conforme al artículo 26 del Nuevo Código Procesal Constitucional.
El juzgado analizó que la suspensión no genera una situación irreversible, ya que, si la decisión judicial se revoca, el cobro puede restablecerse. Además, determinó que el perjuicio económico alegado por Rutas de Lima S.A.C. no constituye una afectación grave a sus derechos fundamentales, en comparación con la restricción inconstitucional al derecho de tránsito que sufren los ciudadanos por la inexistencia de una vía alterna adecuada.
El fallo señala que la Constitución reconoce la ejecución inmediata de sentencias favorables de primera instancia como garantía procesal para el justiciable, aun si la sentencia fue apelada. Frente a la solicitud formal de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar y bajo estos fundamentos jurídicos y jurisprudenciales, la jueza ordenó la suspensión inmediata del cobro de peajes para evitar un daño mayor por la dilación del proceso y proteger el derecho fundamental a la libertad de tránsito.



