
La Cámara Federal porteña ordenó hoy liberar al médico Pablo Atchabahian y dispuso el cese del arresto domiciliario que se le había impuesto en el caso ANDIS, al descartar la existencia de motivos que justifiquen esa medida.
La decisión fue de los camaristas Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico, quienes ordenaron el cese del arresto domiciliario que había impuesto el juez del caso, Sebastián Casanello, según la resolución a la que tuvo acceso Infobae.
El médico urólogo estaba con prisión domiciliaria en su casa de Mendoza y ahora quedará en libertad.
“La medida adoptada sólo respecto de Atchabahian dejó de ser proporcional, y otras restricciones menos lesivas y similares a las adoptadas respecto de los restantes imputados se presentan suficientes para garantizar el regular curso de este proceso”, concluyó el Tribunal de Apelaciones.
Argumentos sin respaldo
La decisión se tomó luego de una audiencia en la cual la semana pasada el abogado defensor de Atchabahian, Mariano Fragueiro Frías, cuestionó la decisión y descartó la existencia de riesgos procesales.
En el fallo se recordó ahora que la defensa puso “énfasis” en que una “alegada falta de comparecencia” por parte del imputado como motivo para detenerlo “resulta incoherente” si se repara que Atchabahian “no había sido citado ni requerido en el expediente, a la vez que las presunciones construidas en derredor de las conversaciones telefónicas interceptadas se encuentran tergiversadas, exponiendo su correcto sentido”.
El Tribunal explicó que “el examen de las constancias obrantes en la causa impide refrendar el pronunciamiento” vinculado al arresto domiciliario.
“A excepción de aquel indicador objetivo que proviene de la amenaza de pena que enfrenta el imputado a tenor de la imputación que se le ha dirigido”, como supuesto jefe de asociación ilícita, “los restantes argumentos utilizados para reforzar la presunción de riesgos no se encuentran a la fecha respaldados”, advirtió la Cámara.
En concreto, el Tribunal de Apelaciones mencionó que la detención basada en el “cuadro adverso en derredor de Atchabahian a partir de las ‘serias dudas sobre el arraigo y certezas sobre las facilidades para permanecer oculto’ derivado de los intentos infructuosos de hallarlo y las constataciones de domicilio negativas, fueron acciones realizadas en ese momento “inicial” de la investigación cuando -como expresamente se reconoce- no existía una convocatoria a su respecto”.
“Asimismo, tampoco se advierten las razones por las cuales, sólo en su caso, existe peligro de entorpecimiento a partir de la etapa en que se encuentra la instrucción y de la fuerte ascendencia del imputado sobre otras personas, a la vez que no se identifica ni se advierte -tal como admitió el Ministerio Público Fiscal ante esta instancia- de qué modo el arresto domiciliario excluye esa posibilidad”, continuó la resolución judicial.
Por todo ello y “en el escenario actual, la medida adoptada sólo respecto de Atchabahian dejó de ser proporcional, y otras restricciones menos lesivas y similares a las adoptadas respecto de los restantes imputados se presentan suficientes para garantizar el regular curso de este proceso”, concluyó la Cámara.
Por ello se dispuso el cese de la prisión domiciliaria y se ordenó que el médico quede libre con la “inmediata fijación” de alternativas menos lesivas para asegurar que esté a derecho.
La causa
El médico urólogo se negó a declarar el 14 de noviembre pasado ante el juez Casanello y el fiscal Franco Picardi y ese mismo día quedó detenido con arresto domiciliario en su casa de Luján de Cuyo, Mendoza.
Su defensor había expuesto en una audiencia oral ante la Cámara que el médico “estuvo siempre en el mismo lugar”, en el domicilio de su DNI.
“Nunca hubo ningún riesgo procesal”, agregó Fragueiro Frías en esa audiencia ante los camaristas la semana pasada y remarcó que el médico “necesita defenderse, no se va a profugar. No va a eludir la acción de la Justicia, él necesita declarar. La decisión es declarar y explicar lo que tenga que explicar con la salvedad de que hay cosas que no existen”.
Atchabahian fue funcionario de la Agencia Nacional de Discapacidad durante 2018 y está señalado por el fiscal Picardi en su dictamen acusatorio como presunta “pieza central de una estructura que operó decisiones administrativas, contrataciones y pagos direccionados desde fuera de la agencia”.

Ante el juez se negó a declarar, al igual que lo vienen haciendo los demás convocados a declaración indagatoria, entre ellos el ex titular de ANDIS Diego Spagnuolo y el supuesto lobbista Miguel Ángel Calvete.
Este último está preso pero por otra causa penal, condenado por explotación de la prostitución ajena.
Cuando Diego Spagnuolo fue designado al frente del organismo en 2024, la fiscalía sostiene que Atchabahian, sin ocupar ningún cargo formal, habría dado órdenes directas.
La semana pasada la Cámara Federal porteña ordenó investigar el origen de los audios atribuidos a Spagnuolo, que fueron el puntapié de la investigación por supuesto pagos de sobornos y direccionamiento de contrataciones por parte de droguerías para vender medicamentos a ANDIS.
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