
Una mujer fue condenada por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n.° 3 de la Capital Federal como autora de un robo cometido a través de un perfil falso en la aplicación Tinder. La investigación acreditó que la víctima citó en su departamento de Palermo Hollywood a la acusada, esta lo drogó y luego usó su tarjeta bancaria para realizar compras y transferencias de dinero, en conjunto con una cómplice que también fue considerada culpable.
El hecho sucedió en noviembre de 2021, cuando la víctima, un hombre de 29 años, contactó mediante Tinder a una usuaria que se presentaba como "Pilar", que no era su verdadero nombre. El encuentro se concretó en un departamento sobre la calle Bonpland, donde, de acuerdo al fallo, la víctima perdió el conocimiento tras consumir una bebida suministrada por la acusada presumiblemente con escopolamina —conocida como “burundanga”—, un compuesto que puede anular la voluntad y la memoria en quien la ingiere.
Mientras la víctima se encontraba indefensa, de acuerdo con la reconstrucción judicial, la autora del robo sustrajo tarjetas bancarias, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos, documentos personales y cierta suma de dinero.

Con las tarjetas y dispositivos en su poder, la acusada se retiró del lugar y, junto a una cómplice, intentó realizar compras y transferencias desde las cuentas del damnificado. El análisis de los movimientos bancarios y las comunicaciones digitales permitió identificar una serie de operaciones fraudulentas, que incluyeron adquisiciones en distintos comercios y transferencias a cuentas ajenas. Parte de estas transacciones no se concretaron gracias a que el titular de los medios de pago logró reportar el ilícito a tiempo, lo que propició la intervención de los sistemas de seguridad financiera.
El tribunal subrayó el riesgo para la salud al que fue expuesta la persona damnificada por el uso de una sustancia que afecta la conciencia y la memoria. Los informes médicos incluidos en la causa mencionan que este tipo de compuestos puede provocar pérdida total de control por varias horas, y su detección resulta muy difícil después de consumido.
Ambas condenadas admitieron su intervención en los hechos y aceptaron la calificación legal propuesta, lo que permitió la resolución mediante juicio abreviado. La mujer a quien la víctima había citado fue condenada a dos años y tres meses de prisión en suspenso por los delitos de robo y tentativa de defraudación. Lo mismo ocurrió con su cómplice, pero, como tenía una condena anterior, se le impuso una pena única de tres años de prisión en suspenso.
Además de la privación de la libertad en suspenso, se ordenó la fijación de domicilio, el control judicial durante tres años y el pago de las costas procesales. En la sentencia se consideró como agravante la magnitud económica del perjuicio y el modo elegido para consumar el robo.

El fallo acreditó que la maniobra criminal se planificó a través de la utilización de un perfil falso en una aplicación de citas y la coordinación entre ambas mujeres, que asignaron roles precisos para concretar el delito.
Los detalles de la sentencia
Según surge de la sentencia judicial, una de las imputadas gestionó la comunicación y fabricación del perfil ficticio, facilitando la cita, mientras que la otra ejecutó el encuentro presencial y el desapoderamiento de los bienes.
Durante el encuentro, la víctima fue drogada sin advertirlo, situación que posibilitó el acceso sin resistencia a tarjetas bancarias, teléfonos y diversos objetos de valor. Los registros de cámaras de seguridad, junto con informes periciales y documentación bancaria, fueron fundamentales para reconstruir la secuencia de hechos y atribuir responsabilidades a las condenadas.
En la etapa de instrucción, se constató que las sospechosas intentaron realizar múltiples operaciones no autorizadas tanto en comercios físicos como en plataformas digitales utilizando los datos obtenidos. Varias transacciones resultaron frustradas gracias a la intervención oportuna de la víctima, una vez que pudo alertar a su banco y bloquear las cuentas.
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