Deniegan el internamiento cautelar de 44 de los migrantes localizados en un armador que los trasladó a Lanzarote

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La magistrada del Juzgado de Instrucción Número 3 de Arrecife (Lanzarote) ha denegado este lunes el internamiento cautelar de 44 de los 49 inmigrante que fueron localizados en un armador, que los trasladó hasta el puerto de la capital de Lanzarote. Asimismo ha ordenado su inmediata puesta en libertad, con la "única obligación" de designar un domicilio a efectos de notificaciones.

En un auto dictado por la magistrada-jueza Silvia Muñoz, ha ordenado "su inmediata puesta en libertad" de estas 44 personas, después de que hayan prestado declaración, y tras considerar que no concurren las circunstancias legales para su internamiento en un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) en respuesta al oficio presentado por la Subdelegación del Gobierno en Las Palmas.

En la resolución judicial se destaca que los inmigrantes han solicitado asilo político, por lo que de conformidad con el artículo 19 de la Ley de Asilo, no se permite la adopción de esta medida en este supuesto, salvo por cuestiones de salud pública o seguridad.

Si bien subraya que estas personas se encuentran en situación irregular, apunta que esto "no es óbice para considerar que no exista otra medida más adecuada para asegurar" la ejecución de la sanción administrativa que le pudiera recaer, tales como el control policial de la ubicación del interesado o la designación de un domicilio a efectos de notificaciones.

Además, matiza, que se debe tener en cuenta las circunstancias concurrentes del caso, ya que "se ha tratado de un rescate humanitario, en el que siquiera esta acreditada la voluntad de entrada ilegal en territorio español", porque "bajo la bandera de Países Bajos Zwever 3 se observó un remolque de un pontón en el que viajaban 49 personas anclados a un cable por motivos de supervivencia".

La embarcación, según se recoge en el oficio y cita el auto, partió el 29 de julio desde el puerto de Dakar (Senegal), siendo su destino final el Puerto de Antewerpen, en Bélgica. Por ello, se entiende que la medida de internamiento "no será la más adecuada para llevar a cabo la resolución administrativa dictada, existiendo otras medidas más acordes".

La decisión no es firme y contra ella se pueden interponer recursos de reforma y apelación en los tres días siguientes a su notificación, tanto por el interesado como por el Ministerio Fiscal.

Hay cinco personas que no han pasado a disposición judicial porque uno se encuentra en el hospital, mientras que dos han pedido asilo en frontera y otros dos son menores, según ha informado la oficina de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).