
En un movimiento sin precedentes, la Audiencia de Sevilla ha decidido trasladar el caso de los ERE fraudulentos al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), al plantear cuatro cuestiones prejudiciales que cuestionan directamente la doctrina establecida por el Tribunal Constitucional (TC). Según informa El País, esta decisión marca un nuevo episodio en el pulso mantenido esta primavera entre ambas instancias judiciales, después de que los magistrados sevillanos decidieran no acatar las diez sentencias del Constitucional que anularon las condenas a los expresidentes andaluces José Antonio Griñán y Manuel Chaves.
La Audiencia justifica su actuación por el “riesgo sistémico de impunidad” que, a su juicio, se produciría si se acatara el criterio del TC. Por ello, ha suspendido la tramitación del caso hasta que el tribunal europeo, con sede en Luxemburgo, aclare las dudas sobre la adecuación al derecho europeo de las sentencias dictadas por el Constitucional hace un año. “Buscamos evitar un riesgo sistémico de impunidad futura en escenarios similares (...) y salvaguardar los intereses financieros de la UE”, reza el auto judicial, recoge El País.
Choque con la Fiscalía
La Fiscalía Anticorrupción se ha opuesto a la decisión, considerando que el TC “no se extralimitó” en sus competencias y que simplemente ofreció una “interpretación alternativa” de los hechos. En esta postura coincidió con las defensas de los ex altos cargos andaluces. Sin embargo, la Audiencia impuso su propio criterio, respaldado por el Partido Popular, personado como acusación particular en la causa.
En su auto de 61 páginas, los jueces critican que el Constitucional “vulneró” el principio de legalidad penal al imponer una lectura restrictiva del derecho penal ordinario en delitos relacionados con la corrupción. Consideran que esta interpretación contradice la doctrina del TJUE en casos como el Euro Box Promotion de 2021, lo que según la Audiencia “genera un evidente espacio de impunidad en la persecución de la corrupción”.
En el núcleo de su argumentación, los magistrados denuncian que las decisiones del TC crean un “ámbito de impunidad” que socava la seguridad jurídica y el marco legal europeo. Señalan que las leyes presupuestarias andaluzas que sustentaron el sistema de los ERE —con una dotación de 680 millones entre 2000 y 2009— respondían a un “fin fraudulento, prohibido y contrario a las normas de la UE”. Aplicar la doctrina del TC supondría, según la Audiencia, una “desprotección del patrimonio público” y el menoscabo de “la actividad patrimonial del Estado y su manejo de fondos públicos”. Asimismo, implicaría la infracción de “la normativa europea de lucha contra la corrupción política, el fraude o la actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la Unión”.

A juicio del tribunal sevillano, seguir el criterio del TC pondría a España en situación de incumplimiento de sus obligaciones europeas. Además, censuran que el Constitucional “podría haber suplantado” funciones propias del Tribunal Supremo al intervenir en la interpretación de aspectos objetivos de los delitos, invadiendo así competencias exclusivas del Poder Judicial.
Cuatro preguntas a Europa
La primera de las cuestiones prejudiciales presentadas ante el TJUE interroga si el TC ha traspasado los límites de su función de control al asumir una interpretación normativa reservada a jueces ordinarios, no siendo parte del Poder Judicial. La Audiencia destaca que el tribunal de garantías ofreció una lectura alternativa sobre elementos técnicos como la prevaricación, la malversación o la valoración de la prueba, aspectos previamente analizados por la Audiencia y ratificados por el Supremo, pero anulados por el Constitucional.
La segunda cuestión plantea si las sucesivas leyes presupuestarias andaluzas que dieron forma al sistema de pago de los ERE entre 2002 y 2009 generaron “una merma para el patrimonio del Estado” y si vulneraron los principios del Tratado de la Unión Europea, la Carta de Derechos Fundamentales y el reglamento del Consejo Europeo.
La tercera duda se centra en si dichas normas autonómicas contradicen la normativa comunitaria y los compromisos internacionales en materia de lucha contra la corrupción, el fraude y la protección de los intereses financieros de la UE. Los jueces sevillanos preguntan si, al aprobar este marco legislativo, los responsables políticos obstaculizaron la prevención y sanción efectiva de la corrupción.
Por último, la Audiencia plantea si es legítimo que un tribunal ordinario como el suyo evite aplicar los fallos del Constitucional cuando considera que legitiman actuaciones políticas que impidieron el control presupuestario. Según la última cuestión elevada, el criterio del TC vulnera “las exigencias internacionales para luchar contra la corrupción” y afecta negativamente “a los intereses financieros de la Unión, el combate de la corrupción y la aplicación de sanciones eficaces y disuasorias contra las infracciones”.
La causa ERE, una década en los tribunales
Desde el origen del caso en 2011, la instrucción se prolongó siete años y culminó en 2019 con la condena de 19 ex altos cargos andaluces, entre ellos Griñán y Chaves, por prevaricación y malversación. La sentencia fue confirmada en 2022 por el Tribunal Supremo. Sin embargo, el pasado año el Tribunal Constitucional anuló parcialmente las condenas y ordenó reformular las sentencias. En respuesta, la Audiencia sevillana, con el impulso del PP, optó por desobedecer la orden del TC y recurrir a la justicia europea.
Tal como señala El País, esta “rebelión judicial” se gestó hace cuatro meses y, pese a las dudas iniciales sobre la posibilidad de acudir al TJUE, finalmente el Constitucional no obstaculizó el recurso. Ahora, la resolución del complejo caso de los ERE queda en manos del tribunal de Luxemburgo, que probablemente tardará años en pronunciarse.
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