
El presidente de la Corte Constitucional, Jorge Enrique Ibáñez, estaría analizando la posibilidad de convocar una sesión extraordinaria para abordar la inminente emergencia económica que el Gobierno de Gustavo Petro planea declarar, según informó en sus redes sociales el periodista Ricardo Ospina de Blu Radio.
Esta medida otorgaría facultades excepcionales al Ejecutivo para expedir decretos con fuerza de ley y establecer nuevos impuestos sin la intervención del Congreso.
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Esta discusión cobra relevancia ante el riesgo de que el presupuesto nacional para 2026, estimado en 516 billones de pesos, quede desfinanciado por un déficit de 16,3 billones, según el argumento central del Gobierno.
A pesar de la urgencia, fuentes cercanas a los magistrados consultadas por La Silla Vacía consideran poco probable que la Corte Constitucional sesiones antes del 10 de enero de 2026, fecha en la que concluye la vacancia judicial.

De confirmarse este calendario, el Gobierno podría mantener vigente el decreto de emergencia económica y sus reglamentaciones entre uno y cuatro meses, mientras el tribunal delibera sobre su constitucionalidad.
El comunicador informó que el magistrado Ibañez evalúa citar a la sala plena de la Corte la próxima semana, siempre que el gobierno expida el decreto correspondiente.
Ricardo Ospina detalló en su cuenta de X: “El presidente de la @CConstitucional Jorge Enrique Ibañez estaría evaluando citar a una sala plena extraordinaria la próxima semana para comenzar con urgencia el trámite de la discusión de la emergencia económica, en caso de que el gobierno expida el decreto correspondiente”.
El anuncio de la emergencia económica fue realizado por el ministro de Hacienda, Germán Ávila, que confirmó la decisión del presidente Petro en una rueda de prensa.
Desde entonces, han circulado borradores de los decretos reglamentarios que contemplan medidas como el aumento del impuesto al patrimonio para quienes posean más de $2 mil millones de pesos, la reducción del umbral mínimo para el pago de este gravamen, la aplicación del IVA a los juegos de azar digitales, el incremento de impuestos a cervezas, licores y cigarrillos, la implementación de 5 x 1.000 y un impuesto extraordinario a la extracción de hidrocarburos.
El control de la Corte Constitucional sobre la emergencia económica es automático, pero el estudio de fondo podría retrasarse debido al receso judicial. La decisión final dependerá de los argumentos que presente el gobierno y del análisis que realicen los magistrados sobre la constitucionalidad de las medidas propuestas.
Presidenta de la Cámara Colombo-Americana advierte sobre límites constitucionales en la emergencia económica
El reciente borrador de decreto sobre emergencia económica presentado por el ministro de Hacienda Germán Ávila ha generado una respuesta inmediata desde el sector empresarial.
María Claudia Lacouture, presidenta de la Cámara Colombo-Americana, advirtió que la iniciativa del Gobierno Petro podría desconocer los límites constitucionales y solicitó a la Corte Constitucional que evalúe el caso con urgencia, incluso proponiendo que el tribunal sesione en días no laborales para abordar el debate.
En su pronunciamiento, Lacouture enfatizó que la emergencia económica no puede declararse por conveniencia política, sino únicamente cuando se cumplen requisitos estrictos establecidos en la Constitución.
Según la líder gremial, el problema fiscal que enfrenta Colombia es grave, pero estructural y previsible, resultado de decisiones de gasto y deuda, y no constituye un hecho sobreviniente ni excepcional. Por tanto, consideró que la situación debe corregirse mediante política fiscal ordinaria y no a través de poderes extraordinarios.
Lacouture argumentó que la pérdida de una ley de financiamiento no representa un choque extraordinario, sino una manifestación de la democracia deliberativa, en el que el Congreso tiene plena potestad para rechazar propuestas del Ejecutivo. En sus palabras: “Perder una ley de financiamiento no es un choque extraordinario, es democracia deliberativa. Y el Congreso tiene toda la potestad de decir no”.
La presidenta de la Cámara Colombo-Americana también cuestionó el supuesto dilema entre aprobar una ley o enfrentar un abismo fiscal, señalando que la Constitución exige un análisis técnico y jurídico, no decisiones tomadas bajo presión.
Subrayó que la figura de emergencia económica es subsidiaria y sólo procede cuando los mecanismos ordinarios resultan insuficientes, algo que, a su juicio, no se ha demostrado, ya que aún existen márgenes para reordenar el gasto y ajustar el presupuesto.

En relación con la administración tributaria, Lacouture sostuvo que todavía hay espacio para mejorar la gestión sin necesidad de recurrir a un estado de excepción. Afirmó que esto requiere una acción coherente y responsable por parte del Gobierno nacional, no la adopción de medidas extraordinarias.
La líder gremial recordó que la Corte Constitucional ha reiterado que los estados de excepción son mecanismos reglados, excepcionales y limitados, y no pueden utilizarse para resolver problemas crónicos o estructurales.
Citó el artículo 215 de la Constitución, que exige que cualquier decreto de emergencia tenga una relación directa y específica con la crisis que se pretende conjurar.
Finalmente, Lacouture planteó que la cuestión de fondo es institucional y no política, preguntándose si realmente existe un hecho sobreviniente y si se han agotado todas las herramientas ordinarias. Concluyó que, bajo los estándares constitucionales, “la respuesta honesta es no”.
Por la relevancia institucional del asunto, solicitó respetuosamente a la Corte Constitucional que, conforme a su reglamento, considere convocar una sesión especial extraordinaria para tratar con prioridad este debate.
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