Los horarios permitidos por ley para hacer ruido por arreglos en casas en conjuntos residenciales y edificios

Aunque la ley establece horarios específicos, las normas también se pueden ajustar dependiendo la necesidad de cada conjunto residencial

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Una remodelación en un apartamento
Una remodelación en un apartamento frecuentemente genera tensiones en conjuntos residenciales de Colombia, especialmente a causa del ruido - crédito ajover.com

El inicio de una remodelación en un apartamento frecuentemente genera tensiones en conjuntos residenciales de Colombia, especialmente a causa del ruido originado por herramientas eléctricas durante horarios no permitidos.

La regulación de estas actividades busca proteger la tranquilidad de los vecinos y se sustenta en un marco legal que delimita tanto los horarios como los niveles de ruido aceptados.

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La Ley 1801 de 2016 prohíbe demoler, construir o reparar en zonas residenciales entre las 6:00 p. m. y las 8:00 p. m., incluyendo días festivos. Esta norma es obligatoria a nivel nacional, pero se complementa con la Ley 675 de 2001, que otorga a las copropiedades la facultad de imponer reglas internas adicionales y más estrictas a través de sus reglamentos de convivencia.

En la práctica, los reglamentos internos suelen restringir aún más los horarios, fijando jornadas típicamente entre las 9:00 a.m. y las 4:00 p.m. en días laborables, prohibiendo trabajos los sábados por la tarde o estableciendo periodos de silencio absoluto en fines de semana y festivos. Cada conjunto puede adaptar estas reglas a sus necesidades, siempre bajo el marco legal nacional.

Una de las mayores quejas
Una de las mayores quejas corresponde al ruido derivado del uso de herramientas eléctricas - crédito Freepik

Las autoridades locales también intervienen. En Bogotá, por ejemplo, las obras en zonas residenciales solo se autorizan entre las 10:00 a.m. y las 7:00 p.m. en días laborables, horario más estricto que el mínimo legal nacional, para reforzar la protección al descanso.

El tema del ruido cuenta con regulación específica en la Ley 90 de 1993, que establece un máximo de 65 decibeles en horario diurno: 6:00 a. m. a 10:00 p. m. y 45 decibeles en horario nocturno: 10:00 p. m. a 6:00 a. m. Herramientas y maquinaria de construcción suelen sobrepasar estos límites, lo que motiva la restricción de su uso fuera de los lapsos permitidos.

Antes de emprender alguna remodelación bajo régimen de propiedad horizontal, es esencial revisar el reglamento interno del edificio o conjunto: este puede contener horarios más severos y prohibiciones específicas para determinados momentos. Comunicar previamente la obra a los vecinos afectados también ayuda a prevenir quejas y facilita la convivencia diaria.

Incluso cuando se cumplen los horarios, es importante evitar ruidos excesivos que puedan afectar el descanso de los demás residentes. Se recomienda utilizar materiales aislantes y programar pausas durante las obras para mitigar molestias.

Actuablemente hay normas nacionales que
Actuablemente hay normas nacionales que regulan el ruido por obras en los conjuntos - crédito Abel Cárdenas

Si un vecino realiza trabajos fuera del horario autorizado o excede los límites de ruido, se aconseja primero dialogar directamente. Si no hay solución, se debe acudir a la administración y, de persistir el inconveniente, presentar queja ante la inspección de policía con pruebas del incumplimiento.

En cuanto a las obras en áreas comunes de los conjuntos residenciales, tradicionalmente gestionadas por la administración, suelen regirse por el mismo horario establecido para los arreglos dentro de los apartamentos o casas individuales.

Este horario, pensado para respetar el descanso y la convivencia, puede modificarse si así lo determinan el reglamento del conjunto o acuerdos consensuados entre los residentes. Estos ajustes buscan adaptar las normas a las particularidades y necesidades de cada comunidad, siempre mediante mecanismos internos de decisión colectiva.

Junto a la regulación de horarios, existe una directriz fundamental orientada a preservar la armonía en la vida comunitaria: se aconseja minimizar cualquier tipo de ruido que pueda perturbar la tranquilidad de los vecinos.

En Bogotá, las obras en
En Bogotá, las obras en zonas residenciales solo se autorizan entre las 10:00 a.m. y las 7:00 p.m. en días laborables - crédito Freepik

Este principio aplica de forma amplia, sin distinguir el origen de las molestias sonoras. Por lo tanto, tanto los sonidos generados por remodelaciones, el uso de música, tareas de aseo o actividades privadas realizadas dentro de los hogares, deben ejecutarse con sentido de respeto hacia quienes comparten el entorno.

La regulación del ruido y los horarios en remodelaciones persigue conciliar el derecho de los propietarios a modificar sus inmuebles con la preservación de la tranquilidad comunitaria. El sistema combina leyes nacionales, reglamentos internos y normas locales, por lo que se recomienda verificar el manual de convivencia de cada conjunto para evitar inconvenientes.