
La posibilidad de que los deudores del Icetex accedan a la Ley de Insolvencia en Colombia cobró relevancia ante el aumento de personas que, tras financiar sus estudios superiores, enfrentan dificultades para cumplir con sus obligaciones crediticias.
Miles de colombianos han recurrido a créditos educativos para costear matrículas universitarias, pero la acumulación de cuotas impagables y tasas de interés elevadas ha llevado a muchos a buscar alternativas legales para reorganizar sus finanzas y evitar consecuencias como embargos o reportes negativos.
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La Ley de Insolvencia de Persona Natural No Comerciante constituye un mecanismo legal que permite a quienes no ejercen actividades comerciales y se encuentran en cesación de pagos negociar acuerdos con sus acreedores, entre los que se incluye al Icetex.
Esta figura, regulada por la Ley 1564 de 2012 y la Ley 2445 de 2025, ofrece dos caminos principales: la negociación de deudas y la liquidación patrimonial.

El proceso inicia cuando el deudor, a través de un centro de conciliación autorizado o una notaría habilitada, presenta la documentación requerida y solicita formalmente acogerse a la ley.
Para acceder a este procedimiento, el solicitante debe cumplir ciertos requisitos: ser persona natural no comerciante, haber incumplido el pago de al menos dos obligaciones con dos o más acreedores por más de 90 días, y que el valor total de las deudas en mora represente al menos el 50% del total de sus obligaciones.
Además, no debe haber sido declarado insolvente en los últimos cinco años. Una vez admitida la solicitud, el conciliador convoca a todos los acreedores, incluido el Icetex, a una audiencia para discutir un plan de pagos ajustado a la capacidad real del deudor.
Durante el trámite, se suspenden temporalmente los embargos y los procesos de cobro coactivo, lo que otorga al deudor un margen de maniobra para negociar.
El objetivo principal es alcanzar un acuerdo de pago que puede contemplar la reestructuración de la deuda, la reducción de intereses o la ampliación de plazos.
Si no se logra un acuerdo o si el deudor incumple lo pactado, el proceso avanza a la etapa de liquidación patrimonial, en la que los bienes del deudor —como vivienda o vehículo— pueden ser vendidos para cubrir las deudas hasta donde sea posible.
En el contexto de la insolvencia, el Icetex es considerado un acreedor más y debe participar en la negociación. No obstante, las deudas con esta entidad tienen la particularidad de ser clasificadas como créditos de primera clase, lo que les otorga prioridad en el orden de pago durante la liquidación patrimonial, sólo por detrás de las obligaciones laborales y los costos del proceso. A pesar de esta prioridad, la deuda con el Icetex puede ser objeto de negociación y, en caso de liquidación, saldada con los bienes del deudor.

El propio Icetex reconoce la posibilidad de que sus beneficiarios morosos se acojan a este proceso. En su documento oficial sobre Gestión de Insolvencia de Personas Naturales No Comerciantes, la entidad establece que “el Icetex, a través de la Dirección de Cobranza, se presentará a las audiencias de negociación de deudas (…) promovidas por beneficiarios aceptados al trámite de insolvencia”.
Esto implica que, si un estudiante o egresado inicia el procedimiento formal y es admitido por un juez o notario, el Icetex debe ser citado y participar en la negociación del acuerdo de pago.
Es fundamental comprender que acogerse a la ley no implica la condonación automática de la deuda ni exime al codeudor, si lo hay, de su responsabilidad.
Si el deudor incumple el nuevo acuerdo, el proceso puede declararse fallido y derivar en la liquidación patrimonial, lo que podría afectar sus bienes y su historial crediticio. La principal ventaja de este trámite es la protección judicial frente a embargos y reportes negativos mientras dura la negociación, así como la posibilidad de acordar plazos más flexibles o reducción de intereses. Sin embargo, los expertos en derecho financiero advierten que se trata de una herramienta excepcional y no de un “perdón de deudas”.
Además de la vía judicial, el Icetex ofrece alternativas como refinanciaciones, ampliaciones de plazo y condonaciones parciales en casos específicos. En su portal oficial, la entidad informa que los deudores pueden solicitar reestructuración sin necesidad de acudir a instancias judiciales, siempre que cumplan con los requisitos y presenten la solicitud formal.
En ocasiones, se han habilitado planes de condonación parcial de capital e intereses para beneficiarios que demuestren dificultades económicas comprobadas o que hayan participado en programas sociales determinados.
La Ley de Insolvencia se presenta así como una herramienta legal a la que pueden recurrir los deudores del Icetex que enfrentan una situación económica crítica, permitiendo la reorganización de sus obligaciones bajo condiciones específicas y con la intervención de un conciliador autorizado.
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