Fiscalía contradijo a la Cidh y sostuvo que el magistrado Urán no salió con vida del Palacio de Justicia: negó medida de aseguramiento

La decisión reabrió el debate sobre las versiones oficiales de la muerte del magistrado Carlos Horacio Urán Rojas, cuyo caso ha sido objeto de decisiones nacionales e internacionales desde la toma del Palacio de Justicia

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El magistrado Urán falleció durante
El magistrado Urán falleció durante la toma y retoma del Palacio de Justicia, el 7 y 8 de noviembre de 1985 - crédito Colprensa/Archivo

La Fiscalía General de la Nación confirmó la decisión de primera instancia de abstenerse de imponer medida de aseguramiento preventiva contra el general (r) Jesús Armando Arias Cabrales, dentro de la investigación por la muerte del magistrado Carlos Horacio Urán Rojas durante la toma y retoma del Palacio de Justicia, ocurrida el 7 y 8 de noviembre de 1985.

La resolución mantiene la versión de que el magistrado no salió con vida del edificio, contradiciendo el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Cidh), que acreditó lo contrario.

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El documento conocido por El Espectador detalla que la Fiscalía resolvió los recursos de apelación interpuestos por los abogados Eduardo Carreño y Víctor Velásquez, representantes de Ana María Bidegain y Helena Urán Bidegain, así como por las defensas de los generales (r) Arias Cabrales y Rafael Hernández López. Los recursos fueron presentados contra la decisión del 24 de julio de 2024, emitida por la Fiscalía Primera Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, que había determinado no imponer la medida de detención preventiva.

La investigación se centra en los hechos del 7 de noviembre de 1985, cuando testigos y registros audiovisuales habrían mostrado al magistrado Urán saliendo con vida del Palacio, aunque posteriormente su cuerpo fue hallado dentro de las instalaciones con un impacto de bala. Sin embargo, la Fiscalía sostiene que su muerte ocurrió en el interior del edificio, durante el operativo militar.

“El magistrado Carlos Horacio Urán fue uno de los rehenes que permaneció, desde el 6 de noviembre y hasta que finalizó el asalto, en el baño del tercer piso (...). La muerte de Carlos Horacio Urán Rojas ocurrió al interior del baño, y el levantamiento de su cuerpo se realizó dentro del Palacio a las 16:00 horas del 7 de noviembre”, se lee en el expediente de la primera instancia.

Alegatos de las víctimas y pruebas no consideradas

La Cidh estableció que Urán
La Cidh estableció que Urán salió con vida del Palacio bajo custodia de agentes estatales y posteriormente fue ejecutado - crédito Europa Press

Las representantes de las víctimas cuestionaron que la Fiscalía no haya valorado pruebas documentales y testimoniales que indicarían que el magistrado sí salió con vida del edificio. En su apelación, la defensa de Ana María Bidegain de Urán señaló que no se tuvo en cuenta su declaración sobre un video encontrado en la residencia del coronel (r) Plazas Vega, en el cual reconoció a Urán entre las personas que salían del Palacio. “Sobre el video que fue encontrado en la residencia del coronel (r) Plazas Vega, y que le fue exhibido, reconoció a Urán Rojas como una de las personas que salió con vida del Palacio de Justicia. De hecho, afirmó que esas imágenes fueron reproducidas en varios medios de comunicación”, indicó la apelación.

También se citó el testimonio de la periodista Julia Alba Navarrete, que afirmó: “Vimos salir al magistrado auxiliar Carlos Urán, él salió cojeando y dos militares lo llevaban apoyándolo, y detrás venía otro apuntándole. Si mal no recuerdo, los tres periodistas gritábamos ‘él es magistrado’”.

De igual forma, el magistrado Nicolás Pájaro declaró que estuvo con Urán en el baño del tercer piso y que ambos salieron juntos del lugar.

Fundamentos de la decisión de segunda instancia

La Fiscalía confirmó su decisión
La Fiscalía confirmó su decisión de no imponer medida de aseguramiento al general (r) Jesús Armando Arias Cabrales - crédito JEP

La defensa de Helena Urán Bidegain recordó que la Cidh determinó, con base en pruebas allegadas al proceso, que el magistrado fuerescatado del Palacio de Justicia, pero luego desaparecido, torturado y ejecutado extrajudicialmente”. Según la apelación, la primera instancia realizó un análisis limitado al afirmar que la muerte ocurrió dentro del baño, lo que —de acuerdo con la defensa— impidió examinar los delitos de desaparición forzada y tortura.

La segunda instancia, no obstante, delimitó el alcance de su análisis a los fundamentos jurídicos de la medida de aseguramiento. “El debate que debe darse en esta instancia únicamente puede versar sobre los argumentos o razones que condujeron a la fiscal del caso a abstenerse de imponer medida de aseguramiento de detención preventiva (...) El despacho no hará un pronunciamiento de fondo sobre tales supuestos”, indicó el fallo.

De esta forma, la Fiscalía se concentró únicamente en evaluar la necesidad de la medida restrictiva de libertad. La defensa del general (r) Arias Cabrales argumentó que la medida era improcedente, pues el oficial se ha presentado a todas las diligencias judiciales y ya se encuentra privado de la libertad cumpliendo una condena de 35 años. “Los representantes de las víctimas no acreditaron de qué forma el general Arias Cabrales (...) no comparecerá al proceso o alterará el material probatorio”, sostuvo su defensa.

La decisión fue confirmada por
La decisión fue confirmada por el vicefiscal general Gilberto Javier Guerrero - crédito Archivo/Colprensa

El vicefiscal Gilberto Javier Guerrero confirmó la resolución del 24 de julio de 2024 emitida por la Fiscalía Primera Delegada, que se abstuvo de imponer medida de aseguramiento a Arias Cabrales y Rafael Hernández López. En esta decisión, la Fiscalía mantuvo la hipótesis de que el magistrado Urán nunca salió del Palacio de Justicia y murió dentro de sus instalaciones.

La postura contradice el fallo de la Cidh, que concluyó que “Carlos Horacio Urán Rojas salió con vida del Palacio de Justicia en custodia de agentes estatales, luego de lo cual no fue liberado (...). En virtud de lo anterior, es posible concluir que el señor Carlos Horacio Urán Rojas fue desaparecido forzadamente”.

La decisión de la Fiscalía, al mantener la tesis contraria, reitera su negativa de asumir como prueba judicial las conclusiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso del magistrado Urán.

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