El expresidente Álvaro Uribe Vélez comunicó el lunes 25 de agosto de 2025 su intención de renunciar a la prescripción en el proceso penal que enfrenta por soborno a testigos y fraude procesal.
La misiva enviada al Tribunal Superior de Bogotá generó diferentes reacciones en el país. Mientras que algunos aseveran que esta decisión del exmandatario tiene relación con el inicio de la campaña electoral en el país, otros exaltaron la postura del exjefe de Estado y lo califican como un acto de gallardía.
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Ese fue el caso de la organización denominada Grupo de los 38 que, por medio de un comunicado a la opinión pública, lo calificaron como un buen gesto que busca garantizar una revisión exhaustiva y de fondo de las pruebas, más allá de los tecnicismos procesales.

Este colectivo de juristas subrayó que la acción del exmandatario implica el sacrificio de una garantía procesal en favor de otra igualmente esencial: el derecho a un debido proceso y a un juicio justo.
“Se trata del sacrificio de una garantía procesal para procurar otra igualmente fundamental, como es el respeto pleno del derecho al debido proceso y a un juicio justo; concretamente a que su condena de primera instancia pueda ser efectivamente revisada en forma completa e integral por el Tribunal Superior de Bogotá. Lo dicho, constituye la esencia del derecho a la doble instancia establecido en la Constitución y en los tratados internacionales de Derechos Humanos”, indicaron los juristas en el comunicado.
Así mismo, enfatizaron que la renuncia a la prescripción debe entenderse como una medida que permite al tribunal realizar una revisión integral y completa del acervo probatorio, tal como exige la doble instancia consagrada en la Constitución y en los tratados internacionales de derechos humanos.

Además, explicaron que, con esta decisión, habría disponibilidad de tiempo para examinar la apelación a la decisión emitida por la jueza Sandra Liliana Heredia, que a finales de julio, lo condenó a doce años en prisión domiciliaria.
“La obligación del Tribunal no se limita al examen de los recursos y los documentos presentados por los sujetos procesales para efectos de resolver la segunda instancia, sino que también implica hacer un estudio de fondo frente a los puntos de inconformidad, lo que incluye naturalmente el examen de las numerosas pruebas practicadas durante el juicio, que se prolongó durante más de setenta días y comprendió aproximadamente noventa testigos", afirmaron.
En su análisis, el Grupo de los 38 citó el artículo 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que establece garantiza el “derecho de recurrir del fallo ante juez o tribunal superior”, lo que implica que el tribunal debe realizar “un examen comprensivo e integral de todas las cuestiones debatidas y analizadas en el tribunal inferior”, según ha establecido la Corte Interamericana.

Los juristas señalaron que la justicia requiere tiempo y medios adecuados para que los jueces puedan dictar sentencias fundamentadas en derecho, con un análisis crítico de las pruebas y sin presiones externas.
Esta medida, según el grupo, no debe confundirse con una estrategia dilatoria, sino que “constituye una garantía para que la segunda instancia disponga de las condiciones temporales necesarias para emitir un fallo resultado de un análisis sereno e integral de la prueba”.
Para el Grupo de los 38, la autonomía del tribunal permanece intacta, “ya que la decisión del expresidente no impone la obligación de postergar irrazonablemente la resolución del caso. La Sala Penal conserva la facultad de determinar el tiempo que considere adecuado, en función del volumen de la sentencia, los recursos y el expediente en general, para dictar la decisión correspondiente en derecho”.

Renuncia de Uribe a la prescripción
En su misiva divulgada a la opinión pública el lunes 25 de agosto, Álvaro Uribe subrayó que, aunque la prescripción del caso se produciría el 16 de octubre de 2025, no pretende acogerse a ese beneficio jurídico.
El exmandatario enfatizó: “nunca ha buscado ni ha querido beneficiarse de la prescripción de la acción penal”, y solicitó expresamente que el tribunal acepte su renuncia a ese derecho, conforme al artículo 85 del Código Penal. Además, pidió que la decisión se adopte únicamente en función de lo probado en juicio, de acuerdo con la ley y la justicia.

El exjefe de Estado argumentó que, pese a que la ley le ofrece una vía rápida para concluir el proceso, no puede aceptarla, ya que considera injusta la condena y mantiene su compromiso con la verdad.
En su comunicación al tribunal, manifestó: “A pesar de que la ley me otorga un camino corto y sencillo para salir de este tortuoso proceso, no puedo aceptarlo, pues, aún con el peso de la injusta condena y estando mi libertad en juego, no puedo declinar el camino de la verdad”.
Adicionalmente, el expresidente calificó su decisión como un acto de coherencia ética. “Servir a Colombia ha sido el máximo honor que he recibido en mi vida. La confianza depositada en mí, por la patria y mis compatriotas, me impone dar ejemplo y optar por el camino que, por más difícil o riesgoso, es correcto y coherente con lo que he defendido a lo largo de mi vida: la verdad”, afirmó.
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