Gobierno extiende el plazo para el traspaso de vehículo en Colombia, conozca la fecha

Una nueva oportunidad surge para quienes vendieron su vehículo sin formalizar el traspaso. La extensión del plazo busca evitar sanciones y proteger el patrimonio

Guardar
El trámite permite a antiguos
El trámite permite a antiguos dueños desvincularse legalmente de vehículos vendidos sin traspaso formal - crédito Wikipedia

Si usted vendió su carro o moto hace años, nunca formalizó el traspaso y hoy no sabe dónde está ni quién lo conduce, todavía tiene una oportunidad para desvincularse legalmente de ese problema. El Ministerio de Transporte prorrogó por cuatro meses el plazo para adelantar el trámite de traspaso a persona indeterminada, una figura que permite al propietario registral dejar constancia de que ya no tiene relación con el automotor.

La nueva fecha límite será el 6 de diciembre de 2025, según confirmó la Secretaría de Movilidad de Bogotá, que recordó que este proceso “reduce riesgos legales en caso de accidentes o usos indebidos del vehículo”.

Ahora puede seguirnos en Facebook y en nuestro WhatsApp Channel

El Ministerio de Transporte amplió
El Ministerio de Transporte amplió hasta diciembre de 2025 el plazo para el traspaso a persona indeterminada - crédito Colprensa

La decisión se tomó después de revisar las cifras del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT). Desde que la resolución 44765 de 2022 entró en vigencia, se han registrado 292.600 trámites de este tipo, lo que, en palabras de la cartera de Transporte, evidencia la alta demanda y necesidad de ampliar el tiempo. “Se considera pertinente otorgar un plazo adicional de cuatro meses a la ciudadanía y grupos de interés para realizar y culminar los trámites”, señala la resolución 20253040030725, expedida el 5 de agosto.

¿Cómo funciona y quién puede hacerlo?

Para acceder al trámite, el interesado debe declarar bajo juramento que no ha tenido contacto con el vehículo ni con su poseedor en los últimos tres años, estar a paz y salvo por comparendos e impuestos, y acreditar que el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat) y la revisión técnico-mecánica están vigentes. Además, el automotor no puede tener medidas cautelares activas.

El costo es de $217.000 para carros, maquinaria y remolques, y de $119.800 para motocicletas. El trámite se realiza presencialmente en cualquiera de las 19 sedes de la Ventanilla Única de Servicios.

Para acceder al proceso, el
Para acceder al proceso, el propietario debe cumplir requisitos como paz y salvo en impuestos y Soat vigente - crédito iStock

Más allá de poner en orden la situación patrimonial, el beneficio más evidente es la tranquilidad jurídica puesto que, se evita que el antiguo dueño sea responsable de multas, impuestos o embargos por un bien que ya no controla. También protege el historial crediticio y evita que una deuda desconocida termine en cobro coactivo.

La Secretaría de Movilidad insistió en que no hay que esperar a diciembre. “La invitación a la ciudadanía es a avanzar en el proceso del trámite con antelación… para evitar contratiempos”, advirtió la entidad.

¿Quién lo paga?

La normativa de los organismos de movilidad en Colombia no establece de forma explícita quién debe asumir el pago del traspaso de un vehículo. Por lo general, esta responsabilidad se define mediante un acuerdo entre comprador y vendedor. No obstante, el impuesto de retención en la fuente sí recae directamente sobre el vendedor, dado que este valor debe ser incluido en su declaración de renta.

El costo del traspaso varía de acuerdo con la ciudad. En Medellín, el valor es de 148.000 pesos; en Cali asciende a 226.000; en Bucaramanga es de 243.767; y en Bogotá, para automóviles, se fija en 217.000 pesos, según datos de la Secretaría de Movilidad de la capital.

El traspaso protege al antiguo
El traspaso protege al antiguo dueño de multas, impuestos y embargos por vehículos que ya no controla - crédito Colprensa

Para realizar el trámite, ambas partes deben acudir al organismo de tránsito de la ciudad o municipio donde el vehículo está matriculado y diligenciar el formulario único de trámites del Registro Nacional Automotor. Es requisito indispensable que tanto personas naturales como jurídicas estén registradas en el Registro Único Nacional de Tránsito (Runt). Si el proceso lo adelanta un tercero, este debe estar inscrito en el Runt y presentar un poder especial, general o un contrato de mandato otorgado por el propietario.

Es importante tener en cuenta que el traspaso no se podrá llevar a cabo si el vehículo está vinculado a procesos judiciales o administrativos, medidas cautelares, órdenes judiciales, accidentes de tránsito sin resolver, abandono o inmovilización por infracciones. Estos casos bloquean el trámite hasta que la situación legal o administrativa del automotor quede completamente resuelta.